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Sobre la renuncia acción penal y civil

3 Comentarios
 
Sobre la renuncia acción penal y civil
21/05/2016 13:47
Buenas tardes. Me he encontrado con un tema interesante que les transmito por si pudieran orientarme. El caso es que una persona se ve envuelta en una agresión y sufre puntos de sutura. En su defensa, propina golpes a su atacante que sufre traumatismos y contusiones. Tras una primera citación, las partes hacen las paces y la víctima firma la renuncia de la acción penal y civil por acuerdo extrajudicial entre las partes. Esto sucedió en 2013, donde en el expediente no constaba parte médico de la otra persona ni denuncia. Tras ello, recibe en 2016 una citación como autor de un delito de lesiones contra el que fuera su atacante ya que le comunicaron que el parte lo puso el médico. Mi pregunta es, ¿cómo es posible esto pues si el fiscal lee que se llegó a un acuerdo extrajudicial y la víctima que presentaba puntos de sutura retiró la denuncia, y el atacante que presentaba contusiones no interpuso denuncia, cómo se califica como delito o por qué no ha quedado la causa archivada?. Gracias.
21/05/2016 17:45
Porque es un delito público y se persigue sin necesidad de denuncia por parte del ofendido.
21/05/2016 22:03
Ya, pero si el ofendido es quien retiró la denuncia, ¿cómo es que pasa a ser ahora imputado?. Y si es un delito de lesiones, se supone que deberá tener al menos dos intervenciones médicas, que en este caso la víctima era quien presentaba los puntos de sutura. Por eso, no entiendo que, en este tipo de delitos, si existe acuerdo extrajudicial para retirar la denuncia, y se contempla el perdón del ofendido (al no ser ningún tipo de delito relacionado con violencia de género), y si no hubo denuncia por escrito por parte de los agresores, ¿por qué la víctima que es quien ha retirado la denuncia, pasa a ser ahora el imputado?. Gracias y saludos.
24/05/2016 12:34
En principio, ambos dos, por la denuncia presentada y por el parte de lesiones, aparecen como perjudicados/imputados. El perjudicado/denunciante renuncia a sus acciones, pero las actuaciones se siguen de ofcio a impulso del Fiscal; debiendo tenerse en cuenta que, además, es quién causó las lesiones del otro, que, aunque no presentó denuncia, se investigan también de oficio.
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21/05/2016 13:47
Buenas tardes. Me he encontrado con un tema interesante que les transmito por si pudieran orientarme. El caso es que una persona se ve envuelta en una agresión y sufre puntos de sutura. En su defensa, propina golpes a su atacante que sufre traumatismos y contusiones. Tras una primera citación, las partes hacen las paces y la víctima firma la renuncia de la acción penal y civil por acuerdo extrajudicial entre las partes. Esto sucedió en 2013, donde en el expediente no constaba parte médico de la otra persona ni denuncia. Tras ello, recibe en 2016 una citación como autor de un delito de lesiones contra el que fuera su atacante ya que le comunicaron que el parte lo puso el médico. Mi pregunta es, ¿cómo es posible esto pues si el fiscal lee que se llegó a un acuerdo extrajudicial y la víctima que presentaba puntos de sutura retiró la denuncia, y el atacante que presentaba contusiones no interpuso denuncia, cómo se califica como delito o por qué no ha quedado la causa archivada?. Gracias.
21/05/2016 17:45
Porque es un delito público y se persigue sin necesidad de denuncia por parte del ofendido.
21/05/2016 22:03
Ya, pero si el ofendido es quien retiró la denuncia, ¿cómo es que pasa a ser ahora imputado?. Y si es un delito de lesiones, se supone que deberá tener al menos dos intervenciones médicas, que en este caso la víctima era quien presentaba los puntos de sutura. Por eso, no entiendo que, en este tipo de delitos, si existe acuerdo extrajudicial para retirar la denuncia, y se contempla el perdón del ofendido (al no ser ningún tipo de delito relacionado con violencia de género), y si no hubo denuncia por escrito por parte de los agresores, ¿por qué la víctima que es quien ha retirado la denuncia, pasa a ser ahora el imputado?. Gracias y saludos.
24/05/2016 12:34
En principio, ambos dos, por la denuncia presentada y por el parte de lesiones, aparecen como perjudicados/imputados. El perjudicado/denunciante renuncia a sus acciones, pero las actuaciones se siguen de ofcio a impulso del Fiscal; debiendo tenerse en cuenta que, además, es quién causó las lesiones del otro, que, aunque no presentó denuncia, se investigan también de oficio.