En primer lugar indicarle que la modificación sustancial del contrato de trabajo no prevé la denuncia, sino la demanda.
Esa garantía de indemnidad de la que habla es más presunta que expresa. Es decir, el hecho de que demande por esa modificación sustancial no impide a la empresa, como impedimento real, que le despida si quiere. Cuestión diferente es que a la empresa le salga más caro, pero lo cierto es que el despido en España, si bien no es gratuito, sí es libre.
Tenga además en cuenta que la empresa puede despedirle durante este procedimiento y puede alegar que, estando vivo el procedimiento de modificación de medidas, no hay resolución judicial y, por tanto, no le han dado a usted la razón tampoco, de forma que cabe la duda sobre si la empresa ha modificado el contrato de manera irregular o correcta.
Es preciso que para este tipo de cosas contacte con un abogado laboralista que le lleve el procedimiento, que es quien le puede asesorar durante el mismo.
Le facilito nuestros datos de contacto para cuanto precise.
951 71 50 41 www.lariosabogados.es
Un cordial saludo.
Sobre la tutela judicial efectiva / garantía de indemnidad
Hola, Voy a presentar denuncia contra mi empresa por modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Tengo claro que, en cuanto la empresa se dé por enterada de la denuncia, estaré cubierto por una garantía de indemnidad contra despido y que se extenderá mientras la denuncia esté "viva". Entiendo que esta garantía se extenderá un tiempo después de que se dicte sentencia. Mi duda es ¿Cuanto tiempo puedo esperar que dure esa garantía después de que se celebre el juicio? He estado buscando por la web, pero no encuentro nada concreto. Muchas gracias por vuestras respuestas.