Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

sobre mi vivienda

4 Comentarios
 
Sobre mi vivienda
06/02/2004 15:04
Hola foreros
Mi duda es la siguiente, mi piso fue adquirido en regimen de VPO y en cooperativa, ¿puede alguno de mis vecinos destinar su vivienda a algun tipo de negocio? decir que en la escritura viene que es destinada a uso como domicilio habitual y uso propio. ¿Habria que poner algo en los estatutos al respecto? Salu2
07/02/2004 20:03
Tan poco interesa lo mio? ruego me conteste alguién
07/02/2004 21:12
Puede poner un despacho profesional, pues no dejaria de ser su domicilio habitual y uso propio, podria mantener las dos cosas.
08/02/2004 21:36
Gracias pero la duda era porque me habian comentado que deberian pedir permiso a la comunidad y que si lo reflejamos en los estatutos de regimen interno no lo pueden poner. Gracias nuevamente
08/02/2004 22:25
Si lo reflejan en los Estatutos, no en las normas de regimen interno, que normalmente son normas de convivencia, y estos estan inscritos en el Registro de la Propiedad, no podrá usted poner un despacho profesional.
Piense que la pregunta al principio es de una forma y ahora usted al contestar me esta diciendo otra cosa, con lo cual la pregunta sería distinta.
sobre mi vivienda | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

sobre mi vivienda

4 Comentarios
 
Sobre mi vivienda
06/02/2004 15:04
Hola foreros
Mi duda es la siguiente, mi piso fue adquirido en regimen de VPO y en cooperativa, ¿puede alguno de mis vecinos destinar su vivienda a algun tipo de negocio? decir que en la escritura viene que es destinada a uso como domicilio habitual y uso propio. ¿Habria que poner algo en los estatutos al respecto? Salu2
07/02/2004 20:03
Tan poco interesa lo mio? ruego me conteste alguién
07/02/2004 21:12
Puede poner un despacho profesional, pues no dejaria de ser su domicilio habitual y uso propio, podria mantener las dos cosas.
08/02/2004 21:36
Gracias pero la duda era porque me habian comentado que deberian pedir permiso a la comunidad y que si lo reflejamos en los estatutos de regimen interno no lo pueden poner. Gracias nuevamente
08/02/2004 22:25
Si lo reflejan en los Estatutos, no en las normas de regimen interno, que normalmente son normas de convivencia, y estos estan inscritos en el Registro de la Propiedad, no podrá usted poner un despacho profesional.
Piense que la pregunta al principio es de una forma y ahora usted al contestar me esta diciendo otra cosa, con lo cual la pregunta sería distinta.