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socio nuevo

4 Comentarios
 
31/10/2006 17:28
En ratificación de lo expuesto por sapalo la compraventa de participaciones va al libro de socio, no se inscribe en el registro Mercantil y está exenta de IAJD.
24/10/2006 16:05
Al notario se le paga en proporcion al importe de la transmision realizada, lo cual no tiene nada que ver con el capital social de la mercantil.
Asi mismo, indicarte que al RM no hace falta comunicarle la compra venta de participaciones de las SL

Diezese, S.L.
asesoria de empresa
diezese@diezese.com
24/10/2006 13:43
Si, pero aunque compre una participación, tendrá que pagar la Notaría y el Registro, además del ITPAJD, lo que sí que supone un coste, en este caso grande, porque es grande el capital social.
21/10/2006 15:50
Hola, ALEXANDRA.

Para ser SOCIO de una SL, ha de ser propietario de al menos UNA participación social (pues son indivisibles).

El hecho de que en el futuro desee "salirse", los demás socios tienen el derecho preferente de adquisición sobre personas ajenas a la SL.

Un saludo.
Socio nuevo
18/10/2006 12:59
Sl, queremos incorporar como socio a un trabajador de la empresa, pero sin que tenga que hacer ninguna aportación, y sin que al marcharse pueda vender las participaciones, que nos las tenga que devolver.
socio nuevo | PorticoLegal
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31/10/2006 17:28
En ratificación de lo expuesto por sapalo la compraventa de participaciones va al libro de socio, no se inscribe en el registro Mercantil y está exenta de IAJD.
24/10/2006 16:05
Al notario se le paga en proporcion al importe de la transmision realizada, lo cual no tiene nada que ver con el capital social de la mercantil.
Asi mismo, indicarte que al RM no hace falta comunicarle la compra venta de participaciones de las SL

Diezese, S.L.
asesoria de empresa
diezese@diezese.com
24/10/2006 13:43
Si, pero aunque compre una participación, tendrá que pagar la Notaría y el Registro, además del ITPAJD, lo que sí que supone un coste, en este caso grande, porque es grande el capital social.
21/10/2006 15:50
Hola, ALEXANDRA.

Para ser SOCIO de una SL, ha de ser propietario de al menos UNA participación social (pues son indivisibles).

El hecho de que en el futuro desee "salirse", los demás socios tienen el derecho preferente de adquisición sobre personas ajenas a la SL.

Un saludo.
Socio nuevo
18/10/2006 12:59
Sl, queremos incorporar como socio a un trabajador de la empresa, pero sin que tenga que hacer ninguna aportación, y sin que al marcharse pueda vender las participaciones, que nos las tenga que devolver.