Hola. No parece que sea el caso pero si esa baja voluntaria fuese en el periodo del año de inscripción exigible (se puede trabajar menos de noventa días en el año previo de inscripción), entonces no tendría derecho a la RAI. Si es anterior al año, como comenta evoIII, cumpliría uno de los requisitos Sobre lo que comentas evoIII de la renuncia, estoy de acuerdo de que para cobrar una RAI debe estar extinguido el derecho (ya sea prestación o subsidio) y, para conseguir esto, la posibilidad de renunciar al derecho está ahí. Lo que pasa es que para renunciar no hay que olvidarse (me imagino que lo sabes) de que el derecho no debe estar suspendido sino activo. No se puede renunciar si no se a reactivado previamente el paro suspendido. Saludos.
La baja voluntaria no impide acceder a la RAI si cumples los requisitos que marca la ley RD1369/2006 me imagino que te refieres a la rai para parados de larga duración ser mayor de 45 años llevar inscrito un año haber percibido alguna prestación carecer de retnas propias superiores al 75% del SMI que las rentas de la unidad familiar no superen el 75% del SMI la única cuestión que tendrías que precisar es si lelgaste a agotar el paro que dices que has cobrado. Si lo interrumpiste y no lo has podido reanudar por tener la baja voluntaria, deberás renunciar a ese paro no agotado, para poder solicitar la rai. renunciar significa que si después trabajas y creas una situación legal de desempleo, no podrás reanudar ese paro. Pero sí la RAI si llegas a interrumpirla por ponerte a trabajar SMO
Buenos días: Desearía hacer la siguiente pregunta. Quiero solicitar la RAI (renta activa inserción) al INEM. Solicité una baja voluntaria en mi último trabajo. Desearía saber si puedo solicitar la RAI, llevo un año inscrito en la oficina del INEM. Con anterioridad ya había cobrado un paro. Gracias.