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Solicitud de Nacionalidad y casado con sin papeles

2 Comentarios
 
Solicitud de nacionalidad y casado con sin papeles
20/06/2012 15:55
Hola, he solicitado mi nacionalidad Española por residencia hace dos años, pero en el transcurso de ese tiempo me casé con mi pareja de toda la vida que esta sin papeles aún en España, cuando lleve los papeles a la Policía (cuando te llaman para pedirte casi los mismos documentos) me preguntaron si había cambiado mi dirección o estado civil y les enseñe mi acta de matrimonio etc, me pidieron el NIE de mi pareja y por su puesto no lo tenía. Yo tengo un empleo fijo, pago mis impuestos y tengo el resto de la cosas en orden. Puede afectar eso negativamente mi solicitud de Nacionalidad??
20/06/2012 18:03
Hola.

1.- Los requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia, vienen marcados en el Código Civil. Si los cumplía íntegramente al momento de presentar la solicitud, no tiene que preocuparse, porque la solicitud será resuelta favorablemente. Pero, claro, tendrá que esperar, porque se despacha en riguroso orden de entrada.

2.- Usted está obligada a comunicar los cambios que se hubieran producido de su estado civil a:

A) Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia (existe un impreso oficial):

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Modelos_comunicaciones/COMUNICACION-CAMBIO-SITUACION.pdf

B) Si estuviera tramitando la nacionalidad española, como es el caso, debe comunicarlo, tanto al Registro Civil del municipio donde inició el procedimiento, como a la Dirección General de Registros y del Notariado (Subdirección de Nacionalidad y Estado Civil), del Ministerio de Justicia.

C) Debe comunicarlo, igualmente, al Consulado de su país acreditado en España, para que se dé cumplimiento de lo que pudiera prever la ley de su país, en lo relativo a la inscripción del matrimonio en el Registro Civil de su país.

D) Debe comunicar, igualmente, su cambio de estado civil a la Administración de la Seguridad Social (su cónyuge pasa a ser beneficiario suyo) y también a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

3.- No afecta a su solicitud el hecho de haber contraído matrimonio, ni tampoco que la persona con la que se ha casado sea extranjero en situación irregular, porque el derecho a contraer matrimonio, es un derecho fundamental de la persona, que no puede ser limitado, ni restringido, debiendo, en todo caso, ajustarse a las exigencias del Derecho vigente en el país donde pretenda casarse, en este caso, España. Y si se ha casado en España, es porque el Encargado del Registro Civil, durante la tramitación del expediente previo, no halló impedimentos y autorizó la celebración del matrimonio, fue porque lo consideró plenamente conforme a Derecho.

No hay, por ello, nada ilícito en el hecho de haber contraído matrimonio, ni en que la persona que ahora es su cónyuge, esté en España en situación irregular.

Lo importante, siempre, para que prospere la solicitud de nacionalidad española por residencia, es que quede acreditado suficientemente, que cumple con los requisitos legales:

- Tiempo de residencia, según su situación.

- Que la residencia haya sido legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

- Buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española.

Un cordial saludo.
20/06/2012 19:14
Gracias por vuestra amable respuesta, sois excelentes. He esperado durante estos dos años la resolución de mi solicitud con duda por ese motivo, pero ahora me siento con mas tranquilidad.
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Solicitud de nacionalidad y casado con sin papeles
20/06/2012 15:55
Hola, he solicitado mi nacionalidad Española por residencia hace dos años, pero en el transcurso de ese tiempo me casé con mi pareja de toda la vida que esta sin papeles aún en España, cuando lleve los papeles a la Policía (cuando te llaman para pedirte casi los mismos documentos) me preguntaron si había cambiado mi dirección o estado civil y les enseñe mi acta de matrimonio etc, me pidieron el NIE de mi pareja y por su puesto no lo tenía. Yo tengo un empleo fijo, pago mis impuestos y tengo el resto de la cosas en orden. Puede afectar eso negativamente mi solicitud de Nacionalidad??
20/06/2012 18:03
Hola.

1.- Los requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia, vienen marcados en el Código Civil. Si los cumplía íntegramente al momento de presentar la solicitud, no tiene que preocuparse, porque la solicitud será resuelta favorablemente. Pero, claro, tendrá que esperar, porque se despacha en riguroso orden de entrada.

2.- Usted está obligada a comunicar los cambios que se hubieran producido de su estado civil a:

A) Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia (existe un impreso oficial):

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Modelos_comunicaciones/COMUNICACION-CAMBIO-SITUACION.pdf

B) Si estuviera tramitando la nacionalidad española, como es el caso, debe comunicarlo, tanto al Registro Civil del municipio donde inició el procedimiento, como a la Dirección General de Registros y del Notariado (Subdirección de Nacionalidad y Estado Civil), del Ministerio de Justicia.

C) Debe comunicarlo, igualmente, al Consulado de su país acreditado en España, para que se dé cumplimiento de lo que pudiera prever la ley de su país, en lo relativo a la inscripción del matrimonio en el Registro Civil de su país.

D) Debe comunicar, igualmente, su cambio de estado civil a la Administración de la Seguridad Social (su cónyuge pasa a ser beneficiario suyo) y también a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

3.- No afecta a su solicitud el hecho de haber contraído matrimonio, ni tampoco que la persona con la que se ha casado sea extranjero en situación irregular, porque el derecho a contraer matrimonio, es un derecho fundamental de la persona, que no puede ser limitado, ni restringido, debiendo, en todo caso, ajustarse a las exigencias del Derecho vigente en el país donde pretenda casarse, en este caso, España. Y si se ha casado en España, es porque el Encargado del Registro Civil, durante la tramitación del expediente previo, no halló impedimentos y autorizó la celebración del matrimonio, fue porque lo consideró plenamente conforme a Derecho.

No hay, por ello, nada ilícito en el hecho de haber contraído matrimonio, ni en que la persona que ahora es su cónyuge, esté en España en situación irregular.

Lo importante, siempre, para que prospere la solicitud de nacionalidad española por residencia, es que quede acreditado suficientemente, que cumple con los requisitos legales:

- Tiempo de residencia, según su situación.

- Que la residencia haya sido legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

- Buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española.

Un cordial saludo.
20/06/2012 19:14
Gracias por vuestra amable respuesta, sois excelentes. He esperado durante estos dos años la resolución de mi solicitud con duda por ese motivo, pero ahora me siento con mas tranquilidad.