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STS sobre responsabilidad de la Admón. por accidente

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Sts sobre responsabilidad de la admón. por accidente
11/10/2006 11:32
Resumen:

Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2006

La caída de un viajero tras tropezar con una maleta en un aeropuerto no es responsabilidad de la Administración
El Tribunal Supremo ha declarado la inexistente responsabilidad de la Administración por la caída de un viajero en un aeropuerto. El hecho se califica como un accidente ocurrido junto a la cinta transportadora de maletas y producido por el tropiezo del recurrente con una maleta que estaba en el suelo.

No se ha acreditado fehacientemente la relación causal entre el daño producido y el comportamiento antijurídico imputado a la Administración. En primer lugar, porque las únicas pruebas aportadas por el perjudicado y su esposa tienen un interés evidente en mantener una versión favorable a sus pretensiones. En segundo lugar, porque aparecen contradicciones relevantes, pues en la primera versión del perjudicado, el accidente derivaba de un tropiezo con una maleta que estaba en el suelo, mientras que dos años después, el accidente se habría producido al ser golpeado por una maleta que sale disparada de la cinta transportadora.

STS sobre responsabilidad de la Admón. por accidente | PorticoLegal
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STS sobre responsabilidad de la Admón. por accidente

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Sts sobre responsabilidad de la admón. por accidente
11/10/2006 11:32
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Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2006

La caída de un viajero tras tropezar con una maleta en un aeropuerto no es responsabilidad de la Administración
El Tribunal Supremo ha declarado la inexistente responsabilidad de la Administración por la caída de un viajero en un aeropuerto. El hecho se califica como un accidente ocurrido junto a la cinta transportadora de maletas y producido por el tropiezo del recurrente con una maleta que estaba en el suelo.

No se ha acreditado fehacientemente la relación causal entre el daño producido y el comportamiento antijurídico imputado a la Administración. En primer lugar, porque las únicas pruebas aportadas por el perjudicado y su esposa tienen un interés evidente en mantener una versión favorable a sus pretensiones. En segundo lugar, porque aparecen contradicciones relevantes, pues en la primera versión del perjudicado, el accidente derivaba de un tropiezo con una maleta que estaba en el suelo, mientras que dos años después, el accidente se habría producido al ser golpeado por una maleta que sale disparada de la cinta transportadora.