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Subcontrata Ayuntamiento

2 Comentarios
 
Subcontrata ayuntamiento
19/02/2014 22:53
Buenas noches,aunque no ejerzo,soy Licenciado en Derecho,por eso mis amigos y familiares se "aprovechan"de mi en este sentido,pero la verdad es que me pierdo en temas laborales.Os comento:

Un familiar trabaja para una empresa que presta sus servicios al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera,Cádiz,desde hace 14 años.Este servicio ha sido subcontratado por el ayuntamiento en diferentes empresas con la subrogación del personal que lo realiza,con las correspondientes altas y bajas en cada empresa concesionaria,y este último año,a su vez,la empresa que tenía el servicio concedido,lo ha subcontratado en otra empresa,con la subrogación de personal correspondiente.

El tema es que el contrato vence el 28 de febrero,y por un lado,esta última empresa no va a seguir con el mismo,y además el concurso va a quedar vacío y es muy posible que el Ayuntamiento deje de mantener este servicio.Las dudas son:

1-.la empresa actual dice que paga a los trabajadores el finiquito,sólo en función del último año trabajado.¿puede dejar la empresa el servicio sin que se haya concedido a otra empresa?
2-.¿a qué empresa le corresponde hacer frente a la indemnización de los trabajadores en función de su antigüedad,en el caso de mi familiar los 14 años que lleva?¿sería responsable último el Ayuntamiento?¿Se reparte entre todas las empresas que han prestado el servicio en las diferentes concesiones(no creo)?
3-.entiendo que no,pero,el hecho de coger el finiquito de su empresa actual,por el último año,¿le quitaría el derecho al cobro,en caso de haberlo,sobre el resto de años trabajados?
No se sí me podéis ayudar,de cualquier forma,muchas gracias.
20/02/2014 01:21
Ay el mundo de las subrogaciones, las verdad es que el verdadero problema reside en la desaparición del cto o del servicio pero en principio eso que dice la empresa que se hace cargo del último año, o semestre o la última semana y si les dejamos hasta la última hora, si subrogas un servicio lo asumes con todas las consecuencias así que si un trabajador tiene una antigüedad de 14 años en su nómina debe venir reflejada esa antigüedad y por tanto pagar el despido de acuerdo a esa antigüedad digan ellos lo que digan, la otra cuestión a dilucidar es que ellos dicen no es un despido es que se acaba el servicio y por tanto yo sólo abono un finiquito, vale yo estoy en la empresa "Perico los palotes SA" termina un servicio porque ellos mismos no siguen pues entonces deben de quedarse con los trabajadores y reubicarlos en otros puestos de la empresa o pagar la indemnización correspondiente por despido.
La siguiente cuestión que se plantea es quien es responsable, bien responsable es la empresa que ahora tiene el servicio pero responsable último es el ayuntamiento que es el cliente y como es un ayuntamiento, y las plazas son plazas públicas que no se pueden adquirir sino por oposición, (aunque esto últimamente por la política del pelotazo parece ser que deja mucho que desear), pues bien el responsable último es el ayuntamiento.
Lo de repartir entre el resto de empresas va a ser que no, no recuerdo bien y tendría que mirarlo pero creo que la responsabilidad entre empresas en un subcontrato es de 2 año, es decir a la hora de exigir responsabilidades habiendo una subrogación por medio se reclamaría ante ambas empresas (entrante y saliente) con una vigencia de dos años luego ya solo sera responsable la empresa actual, con la salvedad de que siempre el último responsable es el cliente, en este caso el ayuntamiento.
Sobre la última cuestión planteada, resulta que las empresas para que el trabajador cobre su finiquito ponen la coletilla de "con el pago de estas cantidades queda resulta la relación entre empresa y trabajador y exime a esta de posibles reclamaciones posteriores", bueno esto o algo similar, bien pues yo en principio firmo con un no conforme pero aunque firmase normalmente, en principio no habría problema porque existe una norma o una máxima del derecho del trabajo de que los trabajadores no pueden renunciar a sus derechos, pero luego como esto es cosa de los jueces y cada uno interpreta la legislación como mejor le viene en gana y hay jueces que dicen que si firmas es por que estas de acuerdo yo simplemente firmaría con un no conforme y si entonces deciden no pagarme pues me aguanto ya me lo pagaran todo junto mas adelante.
Por último, deberá reclamar o presentar la reclamación para que alguien asuma el servicio y por tanto los empleos (que no creo que prospere pero hay que intentarlo), y sino como subsidiario el despido improcedente a ambas empresas empresa actual y ayuntamiento para que sobre quien recaiga la responsabilidad tenga que pagar las indemnizaciones correspondientes, ya sea de forma subsidiaria o solidaria, (la primera paga una si la otr4a no paga, la segunda pagan ambas solidariamente es decir una responde de todo y luego puede reclamar a la otra la parte que le corresponda).
20/02/2014 09:04
Muchísimas gracias.Perfectamente aclarado¡¡¡¡¡
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Subcontrata ayuntamiento
19/02/2014 22:53
Buenas noches,aunque no ejerzo,soy Licenciado en Derecho,por eso mis amigos y familiares se "aprovechan"de mi en este sentido,pero la verdad es que me pierdo en temas laborales.Os comento:

Un familiar trabaja para una empresa que presta sus servicios al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera,Cádiz,desde hace 14 años.Este servicio ha sido subcontratado por el ayuntamiento en diferentes empresas con la subrogación del personal que lo realiza,con las correspondientes altas y bajas en cada empresa concesionaria,y este último año,a su vez,la empresa que tenía el servicio concedido,lo ha subcontratado en otra empresa,con la subrogación de personal correspondiente.

El tema es que el contrato vence el 28 de febrero,y por un lado,esta última empresa no va a seguir con el mismo,y además el concurso va a quedar vacío y es muy posible que el Ayuntamiento deje de mantener este servicio.Las dudas son:

1-.la empresa actual dice que paga a los trabajadores el finiquito,sólo en función del último año trabajado.¿puede dejar la empresa el servicio sin que se haya concedido a otra empresa?
2-.¿a qué empresa le corresponde hacer frente a la indemnización de los trabajadores en función de su antigüedad,en el caso de mi familiar los 14 años que lleva?¿sería responsable último el Ayuntamiento?¿Se reparte entre todas las empresas que han prestado el servicio en las diferentes concesiones(no creo)?
3-.entiendo que no,pero,el hecho de coger el finiquito de su empresa actual,por el último año,¿le quitaría el derecho al cobro,en caso de haberlo,sobre el resto de años trabajados?
No se sí me podéis ayudar,de cualquier forma,muchas gracias.
20/02/2014 01:21
Ay el mundo de las subrogaciones, las verdad es que el verdadero problema reside en la desaparición del cto o del servicio pero en principio eso que dice la empresa que se hace cargo del último año, o semestre o la última semana y si les dejamos hasta la última hora, si subrogas un servicio lo asumes con todas las consecuencias así que si un trabajador tiene una antigüedad de 14 años en su nómina debe venir reflejada esa antigüedad y por tanto pagar el despido de acuerdo a esa antigüedad digan ellos lo que digan, la otra cuestión a dilucidar es que ellos dicen no es un despido es que se acaba el servicio y por tanto yo sólo abono un finiquito, vale yo estoy en la empresa "Perico los palotes SA" termina un servicio porque ellos mismos no siguen pues entonces deben de quedarse con los trabajadores y reubicarlos en otros puestos de la empresa o pagar la indemnización correspondiente por despido.
La siguiente cuestión que se plantea es quien es responsable, bien responsable es la empresa que ahora tiene el servicio pero responsable último es el ayuntamiento que es el cliente y como es un ayuntamiento, y las plazas son plazas públicas que no se pueden adquirir sino por oposición, (aunque esto últimamente por la política del pelotazo parece ser que deja mucho que desear), pues bien el responsable último es el ayuntamiento.
Lo de repartir entre el resto de empresas va a ser que no, no recuerdo bien y tendría que mirarlo pero creo que la responsabilidad entre empresas en un subcontrato es de 2 año, es decir a la hora de exigir responsabilidades habiendo una subrogación por medio se reclamaría ante ambas empresas (entrante y saliente) con una vigencia de dos años luego ya solo sera responsable la empresa actual, con la salvedad de que siempre el último responsable es el cliente, en este caso el ayuntamiento.
Sobre la última cuestión planteada, resulta que las empresas para que el trabajador cobre su finiquito ponen la coletilla de "con el pago de estas cantidades queda resulta la relación entre empresa y trabajador y exime a esta de posibles reclamaciones posteriores", bueno esto o algo similar, bien pues yo en principio firmo con un no conforme pero aunque firmase normalmente, en principio no habría problema porque existe una norma o una máxima del derecho del trabajo de que los trabajadores no pueden renunciar a sus derechos, pero luego como esto es cosa de los jueces y cada uno interpreta la legislación como mejor le viene en gana y hay jueces que dicen que si firmas es por que estas de acuerdo yo simplemente firmaría con un no conforme y si entonces deciden no pagarme pues me aguanto ya me lo pagaran todo junto mas adelante.
Por último, deberá reclamar o presentar la reclamación para que alguien asuma el servicio y por tanto los empleos (que no creo que prospere pero hay que intentarlo), y sino como subsidiario el despido improcedente a ambas empresas empresa actual y ayuntamiento para que sobre quien recaiga la responsabilidad tenga que pagar las indemnizaciones correspondientes, ya sea de forma subsidiaria o solidaria, (la primera paga una si la otr4a no paga, la segunda pagan ambas solidariamente es decir una responde de todo y luego puede reclamar a la otra la parte que le corresponda).
20/02/2014 09:04
Muchísimas gracias.Perfectamente aclarado¡¡¡¡¡