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Subida 2% ipc

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
12/05/2022 13:07
Perdón quería decir que a buen entendedor, pocas palabras bastan

"
12/05/2022 13:04
Gracias por contestar a todos.
Me ha llamado hoy y me ha dicho que el mes que viene ya me pagará la subida.
No habla español demasiado bien y dice que no entiende que es el ipc.
Como tramitamos el alquiler por una inmobiliaria, le he dicho que vaya alli para que se lo expliquen, porque por telefono y sin hablar el idioma demasiado bien, me he visto incapaz de explicárselo.
Se ve que no sabia que el alquiler lo normal es que suba cada año ese poquito porcentaje.
Aunque ya no me fio mucho de algunasl personas, que haciendose los tontos van consiguiendo lo que quieren.
(A buen entendedor pocas oajabras bastan)
12/05/2022 07:33
Con o sin vulnerabilidad le impondran las costas y terminara saliendo.
11/05/2022 23:52
El problema es si pide la vulnerabilidad y tienen un hijo.
Llamaré al avalista para ver si el se hace cargo.
Volví a mandar wasap a la inquílina y no me ha contestado.
11/05/2022 22:19
Coincido con lo dicho pero hay que tener en cuenta que si el inquilino no paga esos 7 euros la acción que corresponde es la de desahucio por falta de pago, que dará lugar a una demanda en la que casi, casi seguro que el consultante gana las costas con lo que la jugada le saldrá gratis.
Si se transmite este "mensaje" al inquilino de forma "adecuada" (como por ejemplo un burofax del abogado) es posible que se lo piense. Y si no se lo piensa pues a juicio y que apechugue con las costas.
11/05/2022 21:59
Gracias por contestar.
Claro, es mayor el coste que el beneficio.
Pero llamare al avalista para ver que me dice.
Que caradura tiene la gente.
¿ y cuando termine el contrato se puede coger ese dinero dejado de pagar de la fianza?
11/05/2022 19:28
Trasto1964
Buenas tardes:

En efecto, al comunicarlo en Abril la actualización es exigible desde Mayo. En su caso, el problema es que si su inquilino no paga voluntariamente dicha subida habría que acudir a la vía judicial, cuyos costes y tiempo es muy improbable probable que logre compensar debido al importe a reclamar (7 euros) y la duración máxima del contrato( 4 años).

Un saludo.
10/05/2022 18:41
El wasap se lo mandé el día 26 de abril.
El contrato es de 9 abril 2021, entiendo que ya la renta de mayo tiene que ser con la subida.
10/05/2022 18:19
Trasto1964
Buenas tardes:

Presupongo que le comunicó a su inquilino la subida en Abril de 2022 por whatsapp. En ese caso, es en la renta de mayo 2022 cuando se aplicaría la actualización.

Si la comunicación ha sido en Mayo, la renta actualizada deberá ser abonada en Junio de 2022.

Lo comento porque su consulta es el 1 de Mayo de 2022 y en ella dice: "¿Es válido el aviso por wasap de la subida del 2% del ipc o habría que mandar un burofax?Es que al decirselo por wasap ya ha puesto pegas."

Un saludo.
10/05/2022 15:28
Hola, les actualizo el tema, el inquilino no ha pagado la subida de 7 euros que le pedimos, ha ingresado en el banco el mismo importe de siempre.
Si sigue sin pagar el aumento, no se si vale la pena poner demanda, ya que lo que nos costaría abogado y procurador supera con creces lo que nos dejaria de pagar incluso en los 4 años que quedan de contraro.
Que se vaya haciendo a la idea es de que dentro de 4 años no se le renovará contrato y si se va antes mejor.
En el contrato firmó una amiga como avalista, ¿debería de llamarla para pedirle a ella el dinero?
04/05/2022 12:19
Zahora
Buenos días:

La respuesta es afirmativa, tal y como le ha comentado el compañero leonjbr.

Un saludo.
04/05/2022 08:17
Si, puede hacerse de la misma manera. No hay problema.
04/05/2022 01:28
Gracias.

Y cuando se trata de actualizar acumulados de IPC´s de varios años anteriores no actualizados
¿ también se puede hacer la comunicación de la misma manera reflejándolo en recibo o factura precedente?

Un saludo
03/05/2022 11:54
Trasto1964
Buenos días:

Coincido con las respuestas anteriores. Al tratarse de una comunicación que no requiere un plus de fehaciencia, el realizarla a través de whatsapp no le resta validez.

Un saludo.
03/05/2022 11:48
Zahora
Buenos días:

La respuesta a su pregunta es afirmativa.

Un saludo.
02/05/2022 22:25
Hoplon
De acuerdo, gracias.

En mi caso se trata de un local y yo le envío una factura en pdf por correo electrónico, ¿tiene la misma consideración que un recibo? ¿sería también correcto hacerle la anotación de variación de IPC en la factura precedente?.


Un saludo.
02/05/2022 20:47
Si que lo es, pero en este caso no hay tal intercambio de recibo, porque el consultante ha explicado que le pagan por ingresos bancarios.
02/05/2022 20:34
Hoplon
¿ No es válida " la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente" tal como indica el art. 18 de la L.A.U ?

Un saludo
01/05/2022 22:47
Gracias, esperaremos para ver cuanto paga ahora en mayo, y si no paga los 387 le mandaremos el burofax.
01/05/2022 22:24
El burofax con acuse de recibo y certificación de texto cuesta 39 €.

Esa es la subida de cinco meses y pico. En cómputo anual, le compensa; y además, evita usted el mal precedente de renunciar a la subidas en cuanto le pongan alguna dificultad.
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12/05/2022 13:07
Perdón quería decir que a buen entendedor, pocas palabras bastan

"
12/05/2022 13:04
Gracias por contestar a todos.
Me ha llamado hoy y me ha dicho que el mes que viene ya me pagará la subida.
No habla español demasiado bien y dice que no entiende que es el ipc.
Como tramitamos el alquiler por una inmobiliaria, le he dicho que vaya alli para que se lo expliquen, porque por telefono y sin hablar el idioma demasiado bien, me he visto incapaz de explicárselo.
Se ve que no sabia que el alquiler lo normal es que suba cada año ese poquito porcentaje.
Aunque ya no me fio mucho de algunasl personas, que haciendose los tontos van consiguiendo lo que quieren.
(A buen entendedor pocas oajabras bastan)
12/05/2022 07:33
Con o sin vulnerabilidad le impondran las costas y terminara saliendo.
11/05/2022 23:52
El problema es si pide la vulnerabilidad y tienen un hijo.
Llamaré al avalista para ver si el se hace cargo.
Volví a mandar wasap a la inquílina y no me ha contestado.
11/05/2022 22:19
Coincido con lo dicho pero hay que tener en cuenta que si el inquilino no paga esos 7 euros la acción que corresponde es la de desahucio por falta de pago, que dará lugar a una demanda en la que casi, casi seguro que el consultante gana las costas con lo que la jugada le saldrá gratis.
Si se transmite este "mensaje" al inquilino de forma "adecuada" (como por ejemplo un burofax del abogado) es posible que se lo piense. Y si no se lo piensa pues a juicio y que apechugue con las costas.
11/05/2022 21:59
Gracias por contestar.
Claro, es mayor el coste que el beneficio.
Pero llamare al avalista para ver que me dice.
Que caradura tiene la gente.
¿ y cuando termine el contrato se puede coger ese dinero dejado de pagar de la fianza?
11/05/2022 19:28
Trasto1964
Buenas tardes:

En efecto, al comunicarlo en Abril la actualización es exigible desde Mayo. En su caso, el problema es que si su inquilino no paga voluntariamente dicha subida habría que acudir a la vía judicial, cuyos costes y tiempo es muy improbable probable que logre compensar debido al importe a reclamar (7 euros) y la duración máxima del contrato( 4 años).

Un saludo.
10/05/2022 18:41
El wasap se lo mandé el día 26 de abril.
El contrato es de 9 abril 2021, entiendo que ya la renta de mayo tiene que ser con la subida.
10/05/2022 18:19
Trasto1964
Buenas tardes:

Presupongo que le comunicó a su inquilino la subida en Abril de 2022 por whatsapp. En ese caso, es en la renta de mayo 2022 cuando se aplicaría la actualización.

Si la comunicación ha sido en Mayo, la renta actualizada deberá ser abonada en Junio de 2022.

Lo comento porque su consulta es el 1 de Mayo de 2022 y en ella dice: "¿Es válido el aviso por wasap de la subida del 2% del ipc o habría que mandar un burofax?Es que al decirselo por wasap ya ha puesto pegas."

Un saludo.
10/05/2022 15:28
Hola, les actualizo el tema, el inquilino no ha pagado la subida de 7 euros que le pedimos, ha ingresado en el banco el mismo importe de siempre.
Si sigue sin pagar el aumento, no se si vale la pena poner demanda, ya que lo que nos costaría abogado y procurador supera con creces lo que nos dejaria de pagar incluso en los 4 años que quedan de contraro.
Que se vaya haciendo a la idea es de que dentro de 4 años no se le renovará contrato y si se va antes mejor.
En el contrato firmó una amiga como avalista, ¿debería de llamarla para pedirle a ella el dinero?
04/05/2022 12:19
Zahora
Buenos días:

La respuesta es afirmativa, tal y como le ha comentado el compañero leonjbr.

Un saludo.
04/05/2022 08:17
Si, puede hacerse de la misma manera. No hay problema.
04/05/2022 01:28
Gracias.

Y cuando se trata de actualizar acumulados de IPC´s de varios años anteriores no actualizados
¿ también se puede hacer la comunicación de la misma manera reflejándolo en recibo o factura precedente?

Un saludo
03/05/2022 11:54
Trasto1964
Buenos días:

Coincido con las respuestas anteriores. Al tratarse de una comunicación que no requiere un plus de fehaciencia, el realizarla a través de whatsapp no le resta validez.

Un saludo.
03/05/2022 11:48
Zahora
Buenos días:

La respuesta a su pregunta es afirmativa.

Un saludo.
02/05/2022 22:25
Hoplon
De acuerdo, gracias.

En mi caso se trata de un local y yo le envío una factura en pdf por correo electrónico, ¿tiene la misma consideración que un recibo? ¿sería también correcto hacerle la anotación de variación de IPC en la factura precedente?.


Un saludo.
02/05/2022 20:47
Si que lo es, pero en este caso no hay tal intercambio de recibo, porque el consultante ha explicado que le pagan por ingresos bancarios.
02/05/2022 20:34
Hoplon
¿ No es válida " la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente" tal como indica el art. 18 de la L.A.U ?

Un saludo
01/05/2022 22:47
Gracias, esperaremos para ver cuanto paga ahora en mayo, y si no paga los 387 le mandaremos el burofax.
01/05/2022 22:24
El burofax con acuse de recibo y certificación de texto cuesta 39 €.

Esa es la subida de cinco meses y pico. En cómputo anual, le compensa; y además, evita usted el mal precedente de renunciar a la subidas en cuanto le pongan alguna dificultad.