Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Subida ipc 2010 - 2011

1 Comentarios
 
04/01/2011 18:41
Hola serladon. Debe aplicar el artículo 18 LAU 1994.


Art 18 LAU 1994
Actualización de la renta.
1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.
3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al Boletín Oficial en que se haya publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente."




Reciba un cordial saludo

http://letradosalquileres.es.tl

Email: letradoalquileres@hotmail.com

Email2: armandogarcia@ical.es

Subida ipc 2010 - 2011
04/01/2011 12:37
Buenos días,

Ahora en el 2011 tengo que renovar contrato de alquiler y la pregunta es, con cuanto tiempo debo avisar para decirles que le subiré el IPC.
Renuevan en Febrero..

Gracias.
Subida ipc 2010 - 2011 | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Subida ipc 2010 - 2011

1 Comentarios
 
04/01/2011 18:41
Hola serladon. Debe aplicar el artículo 18 LAU 1994.


Art 18 LAU 1994
Actualización de la renta.
1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.
3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al Boletín Oficial en que se haya publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente."




Reciba un cordial saludo

http://letradosalquileres.es.tl

Email: letradoalquileres@hotmail.com

Email2: armandogarcia@ical.es

Subida ipc 2010 - 2011
04/01/2011 12:37
Buenos días,

Ahora en el 2011 tengo que renovar contrato de alquiler y la pregunta es, con cuanto tiempo debo avisar para decirles que le subiré el IPC.
Renuevan en Febrero..

Gracias.