Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Subida salarial por promoción -subida ipc

0 Comentarios
 
Subida salarial por promoción -subida ipc
27/12/2022 16:42
Hola! Para el año 2022, el comité de la empresa en la que trabajo ha pactado un incremento del 3%. Este incremento se firmó en octubre y lo pagaron de forma retroactiva en noviembre.
Cuando alguien es promocionado o tiene una subida salarial suelen incluir una clausula en la que indican que la posible subida anual queda absorbida (cosa que no acabo de entender y dudo de si es legal). Ahora bien, en mi caso y de dos compañeros más, en abril del 2022 nos promocionaron con la consiguiente subida salarial, pero olvidaron la coletilla de que la subida por ipc quedaba absorbida. Hablamos de entrada con el comité y confirmaron con RRHH q como se habían olvidado aplicarían el incremento, pero cual ha sido nuestra sorpresa cuando solo nos han pagado los atrasos de enero a marzo con el antiguo salario, pero no al nuevo con la promoción. Esto es legal? Si hubiésemos sabido que el incremento compañía iba a ser de un 3% habríamos negociado un incremento mayor por la promoción y no un incremento de 700€ anuales (los 3 hemos pasado a gestionar equipo). Alguien podría asesorarme?
Subida salarial por promoción -subida ipc | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Subida salarial por promoción -subida ipc

0 Comentarios
 
Subida salarial por promoción -subida ipc
27/12/2022 16:42
Hola! Para el año 2022, el comité de la empresa en la que trabajo ha pactado un incremento del 3%. Este incremento se firmó en octubre y lo pagaron de forma retroactiva en noviembre.
Cuando alguien es promocionado o tiene una subida salarial suelen incluir una clausula en la que indican que la posible subida anual queda absorbida (cosa que no acabo de entender y dudo de si es legal). Ahora bien, en mi caso y de dos compañeros más, en abril del 2022 nos promocionaron con la consiguiente subida salarial, pero olvidaron la coletilla de que la subida por ipc quedaba absorbida. Hablamos de entrada con el comité y confirmaron con RRHH q como se habían olvidado aplicarían el incremento, pero cual ha sido nuestra sorpresa cuando solo nos han pagado los atrasos de enero a marzo con el antiguo salario, pero no al nuevo con la promoción. Esto es legal? Si hubiésemos sabido que el incremento compañía iba a ser de un 3% habríamos negociado un incremento mayor por la promoción y no un incremento de 700€ anuales (los 3 hemos pasado a gestionar equipo). Alguien podría asesorarme?