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Subida y finalización contrato

3 Comentarios
 
03/01/2018 17:12
Elsa74
Según la información que me da me ratifico en lo ya dicho:
1.- Ud. tiene un nuevo contrato que durará 3 años salvo que Ud. se vaya (lo cual puede hacer después de los primeros 6 meses).
2.- La renta durante esos 3 años es de 570 euros. Sólo ha habido una subida, no puede haber más.
02/01/2018 23:30
leonjbr
Muchas gracias por su atención.
La carta lo único que pone es que el contrato finalizaba y si queriamos seguir la nueva renta pasaria de 550 a 570 . No decía nada de acordar una subida anual , ni nada .No hemos firmado ningún contrato posterior a 2012 . Ni la carta específica nada de cuanto tiempo se amplia el contrato. Si finalizó el de 5 años en 2017 , ¿en que punto estamos ahora? No tenemos que firmar otro? Estoy perdida .
Muchas gracias por su tiempo.
Un saludo
02/01/2018 21:10
Elsa74
Habría que leer la carta que le enviaron, pero a partir de junio del 2013 la única forma de subir la renta es mediante pacto al respecto. En su caso el pacto es tácito, es decir, que Ud. acepta tácitamente el régimen de subidas que se le explica en la carta. Por eso digo que habría que leer esa carta para poder darle una respuesta correcta, pero todo parece indicar lo siguiente:
1.- Ud. ha celebrado un nuevo contrato de arrendamiento y al ser posterior a junio del 2013 Ud. tiene derecho a permanecer en la vivienda otros 3 años.
2.- Como ya le he dicho después de junio del 2013 la única forma de subir la renta es mediante pacto claro al respecto. En su caso parece que la única subida es la de 20 euros del año pasado, pero probablemente no se haya dicho nada sobre la de este. Por tanto es como si no tuviera eficacia y debe tenerse por inoficiosa. En plata: que Ud. no tiene por qué aceptar la subida de este año.
Subida y finalización contrato
02/01/2018 16:59
Buenas tardes!
Tenemos una casa alquilada desde Febrero de 2012 . El año pasado recibimos una carta certificada, nos decía que el contrato finalizaba y en caso de estar interesados en continuar , nos subía de 550 a 570. Nosotros decidimos continuar , pero no firmamos nada . Este año lo mismo, recibimos una carta certificada con una nueva subida de 20 euros . Sé que es legal que de año en año nos suba , el contrato que firmamos en 2012 ponía:
" se podrá revisar la renta anualmente, aplicando la variación interanual experimentada por el índice de la vivienda en alquiler que pública el INE .Tomando como referencia el último índice publicado para el mes anterior a la formalización del contrato, o fecha de revisión aplicándose siempre sobre la renta acumulada "
Mi duda es
¿ no hace falta firmar un nuevo contrato o anexo?
¿ la subida es correcta?.
Nosotros el único contrato que tenemos es el que firmamos en 2012 y pone (S/LAU29/94 título ll suplet.C.C.) No sé si tendríamos que firmar uno nuevo y si están haciendo las cosas bien.
Muchas gracias por su tiempo. Un saludo
Subida y finalización contrato | PorticoLegal
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03/01/2018 17:12
Elsa74
Según la información que me da me ratifico en lo ya dicho:
1.- Ud. tiene un nuevo contrato que durará 3 años salvo que Ud. se vaya (lo cual puede hacer después de los primeros 6 meses).
2.- La renta durante esos 3 años es de 570 euros. Sólo ha habido una subida, no puede haber más.
02/01/2018 23:30
leonjbr
Muchas gracias por su atención.
La carta lo único que pone es que el contrato finalizaba y si queriamos seguir la nueva renta pasaria de 550 a 570 . No decía nada de acordar una subida anual , ni nada .No hemos firmado ningún contrato posterior a 2012 . Ni la carta específica nada de cuanto tiempo se amplia el contrato. Si finalizó el de 5 años en 2017 , ¿en que punto estamos ahora? No tenemos que firmar otro? Estoy perdida .
Muchas gracias por su tiempo.
Un saludo
02/01/2018 21:10
Elsa74
Habría que leer la carta que le enviaron, pero a partir de junio del 2013 la única forma de subir la renta es mediante pacto al respecto. En su caso el pacto es tácito, es decir, que Ud. acepta tácitamente el régimen de subidas que se le explica en la carta. Por eso digo que habría que leer esa carta para poder darle una respuesta correcta, pero todo parece indicar lo siguiente:
1.- Ud. ha celebrado un nuevo contrato de arrendamiento y al ser posterior a junio del 2013 Ud. tiene derecho a permanecer en la vivienda otros 3 años.
2.- Como ya le he dicho después de junio del 2013 la única forma de subir la renta es mediante pacto claro al respecto. En su caso parece que la única subida es la de 20 euros del año pasado, pero probablemente no se haya dicho nada sobre la de este. Por tanto es como si no tuviera eficacia y debe tenerse por inoficiosa. En plata: que Ud. no tiene por qué aceptar la subida de este año.
Subida y finalización contrato
02/01/2018 16:59
Buenas tardes!
Tenemos una casa alquilada desde Febrero de 2012 . El año pasado recibimos una carta certificada, nos decía que el contrato finalizaba y en caso de estar interesados en continuar , nos subía de 550 a 570. Nosotros decidimos continuar , pero no firmamos nada . Este año lo mismo, recibimos una carta certificada con una nueva subida de 20 euros . Sé que es legal que de año en año nos suba , el contrato que firmamos en 2012 ponía:
" se podrá revisar la renta anualmente, aplicando la variación interanual experimentada por el índice de la vivienda en alquiler que pública el INE .Tomando como referencia el último índice publicado para el mes anterior a la formalización del contrato, o fecha de revisión aplicándose siempre sobre la renta acumulada "
Mi duda es
¿ no hace falta firmar un nuevo contrato o anexo?
¿ la subida es correcta?.
Nosotros el único contrato que tenemos es el que firmamos en 2012 y pone (S/LAU29/94 título ll suplet.C.C.) No sé si tendríamos que firmar uno nuevo y si están haciendo las cosas bien.
Muchas gracias por su tiempo. Un saludo