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Subidas salariales por convenio

12 Comentarios
 
Subidas salariales por convenio
09/04/2012 17:42
Hola! Yo quería hacer una consulta a ver si me podéis ayudar. Resulta que yo empecé a trabajar en mi empresa en enero del 2008 y ese año caducó el convenio que había. Hasta el año pasado no se firmó el nuevo, con lo que seguí con las mismas condiciones. Al firmarse el nuevo convenio venían subidas salariales todos los años y con efecto retroactivo, pero no me han pagado la parte correspondiente a los meses anteriores a la firma del nuevo convenio. Mirando las nóminas mes a mes, veo que la parte que me tienen que pagar es menor de la parte absorvible que aparece en la nómina. Mi duda es si pueden compensarlo así o me tendrían que pagar todo lo atrasado. Gracias
09/04/2012 17:45
Absorbible (con b) es precisamente eso, que al estar cobrando por encima de convenio, las posibles subidas de éste absorben ese complemento.
Así que, me temo, lo están haciendo bien.
09/04/2012 17:56
Pero pueden restarlo de los meses anteriores que ya he cobrado?
09/04/2012 17:59
Eso ya me parece más raro. No te sé decir aquí y sin ver las nóminas.
A ver si contesta alguien con más conocimientos.
Suerte.
09/04/2012 18:01
Ok, gracias
09/04/2012 20:17
11Marta11

Al ser reclamaciones de cantidades puedes demandar hasta 1 año atrás.
Eso sí, a partir de la Sentencia te regularizarán las nóminas, absorbiendo/reduciendo el plus voluntario en las nuevas nóminas, pero lo anterior a 12 meses lo puedes recuperar.

Ejemplo:
1.000 €uros salario base
200 €uros plus voluntario

Aumento s/convenio 2011 = 50 €uros ( Salario base = 1.050 €uros )

Si actualmente sigues recibiendo la nómina por 1.000 € de salario base y la demanda la haces este mes de Abril, tendrás derecho a reclamar los 50 €uros x mes, desde Abril 2011 a Marzo 2012 ( 50 € x 12 ) + los meses que se adicionen hasta la fecha del Juicio/Sentencia, si así procediera + el aumento de convenio de Enero 2012, si así correspondiera.

Obviamente, la Empresa, tan pronto reciba la Demanda pasará a rectificarte las nóminas presentes, a:

Ejemplo:
1.050 €uros salario base
150 €uros plus voluntario

Esta es una opción, pero supongo que imaginas la reacción de tu Empresa.....
09/04/2012 20:34
Y con lo anterior al año no puedo hacer nada? Porque el convenio nuevo lo firmaron en enero del 2011 y cuando pregunté por él, me dijeron que no estaban obligados a aplicarlo y que no lo aplicaban. Lo empezaron a aplicar en junio, pero como me lo descontaban de lo otro, no me enteré hasta enero y cuando les pregunté por el convenio que estaban aplicando, me costó mucho que me lo dijeran, no sé si se hacían los tontos o qué. Entonces les dije que me faltaban las subidas anteriores desde enero del 2009 y que en 2012 no me habían hecho la subida y me dijeron que me lo regularizarían en febrero, pero en febrero sólo me añadieron lo de enero. Total, que desde enero del 2009 hasta mayo del 2011, no me pagaron las subidas que me correspondían y tengo la duda de si se pueden acoger a que se compensa con la parte absorbible. Como hablar con ellos no me sirve de nada porque la mitad de las veces ni me contestan, pues antes de hacer nada, quería saber si realmente me correspondía o tenían algo con lo que escaquearse
09/04/2012 20:52
Y con lo anterior al año no puedo hacer nada? NO, NO PUEDES HACER NADA.

Porque el convenio nuevo lo firmaron en enero del 2011 y cuando pregunté por él, me dijeron que no estaban obligados a aplicarlo y que no lo aplicaban. Lo empezaron a aplicar en junio ....
SI A PARTIR DE LA NÓMINA DE JUNIO DE 2011 COMPENSARON EL AUMENTO DE CONVENIO CON EL PLUS ABSORBIBLE, LOS MESES DE JUNIO A DIC. 2011 YA NO CORRESPONDE RECLAMARLOS, YA QUE EL SALARIO BASE LO DEBES TENER EN REGLA.

, pero como me lo descontaban de lo otro, no me enteré hasta enero y cuando les pregunté por el convenio que estaban aplicando, me costó mucho que me lo dijeran, no sé si se hacían los tontos o qué.....
EL CONVENIO QUE TE APLICAN LO DEBES TENER EN CONTRATO. EL QUE TU NO TE HAYAS DADO CUENTA DE LOS "MONTAJES" EN NÓMINA HASTA 6 MESES DESPUÉS, NO DA DERECHO A UNA RECLAMACIÓN DE CANTIDADES, YA QUE NO EXISTE TAL HECHO.

Entonces les dije que me faltaban las subidas anteriores desde enero del 2009 y que en 2012 no me habían hecho la subida y me dijeron que me lo regularizarían en febrero, pero en febrero sólo me añadieron lo de enero.......
EN FEBRERO DE 2012 TE ''AÑADIERON'' MAS SALARIO ???

Total, que desde enero del 2009 hasta mayo del 2011, no me pagaron las subidas que me correspondían y tengo la duda de si se pueden acoger a que se compensa con la parte absorbible......... OLVÍDATE DE ESTE PERIODO. YA NO PUEDES HACER NADA.

Como hablar con ellos no me sirve de nada porque la mitad de las veces ni me contestan, pues antes de hacer nada, quería saber si realmente me correspondía o tenían algo con lo que escaquearse ...
POCO VEO QUE PUEDAS HACER, PORQUE SI A PARTIR DE LA NÓMINA DE FEB 2012 YA LA TIENES ACTUALIZADA AL CONVENIO DE 2012, QUE VAS A RECLAMAR ???

**************** NUESTRA IGNORANCIA LOS HACE LISTOS !
09/04/2012 21:06
Lo de junio del año pasado a ahora no lo quería reclamar, quería reclamar lo anterior, que es lo que no me pagaron. El convenio lo tendré en el contrato, pero no puedo tener cuando van a aplicar el siguiente, es decir, no puedo saber de qué año. En febrero del 2012 me hicieron la subida del 2012 más la subida que correspondía en enero que no me la habían pagado. La nómina la tengo actualizada desde junio del 2011. Lo que no entiendo es como firman un convenio 2 años más tarde de lo que corresponde poniendo que tienen que pagar las subidas de los años anteriores cuando si ya ha pasado más tiempo, no lo tienen que pagar. Bueno, muchas gracias por la información
09/04/2012 21:18
Generalmente, cuando se firma un convenio a tiempo pasado, en el mismo, se indica el plazo para actualizar los atrasos.
Entiendo que tu convenio se firmó en 2011, pero haciendo referencia desde enero 2009 hasta diciembre 2011. Es así?
Estoy convencid@ que el plazo acordado para regularizar todos los atrasos desde 2009 hasta Dic. 2011 o cuando sea, está indicada en el propio convenio y que esta fecha ya debe haber expirado.

Has comprobado todo esto con el nuevo convenio ???
09/04/2012 21:41
He estado mirando el convenio y no encuentro nada del plazo de regularización. El convenio es desde enero del 2009 a diciembre del 2012 y es el de oficinas y despachos de Vizcaya
10/04/2012 15:38
hola, tienes un año para reclamar los salarios desde la fecha en que sale publicado el convenio colectivo.
ahora bien, no entiendo muy bien la cuestión. ¿los años anteriores, del 2009 al 2011, ¿te pagaban por encima del nuevo convenio o no? tienes que comparar cada año con la tabla salarial que aparece publicada en el boletín y si hay diferencias reclamar.
si la cantidad de aumento voluntario, sumada al salario del convenio del 2008 es superior a las nuevas tablas, en general no tendrás derecho a los atrasos.
hay algunos convenios que prohiben la absorción y compensación. No es lo más habitual pero los hay.
saludos
10/04/2012 15:59
Marta,

en este enlace tienes el convenio :
http://www.comfia.net/convenios/html/9879.html

fue publicado el 06.06.11
Subidas salariales por convenio | PorticoLegal
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Subidas salariales por convenio
09/04/2012 17:42
Hola! Yo quería hacer una consulta a ver si me podéis ayudar. Resulta que yo empecé a trabajar en mi empresa en enero del 2008 y ese año caducó el convenio que había. Hasta el año pasado no se firmó el nuevo, con lo que seguí con las mismas condiciones. Al firmarse el nuevo convenio venían subidas salariales todos los años y con efecto retroactivo, pero no me han pagado la parte correspondiente a los meses anteriores a la firma del nuevo convenio. Mirando las nóminas mes a mes, veo que la parte que me tienen que pagar es menor de la parte absorvible que aparece en la nómina. Mi duda es si pueden compensarlo así o me tendrían que pagar todo lo atrasado. Gracias
09/04/2012 17:45
Absorbible (con b) es precisamente eso, que al estar cobrando por encima de convenio, las posibles subidas de éste absorben ese complemento.
Así que, me temo, lo están haciendo bien.
09/04/2012 17:56
Pero pueden restarlo de los meses anteriores que ya he cobrado?
09/04/2012 17:59
Eso ya me parece más raro. No te sé decir aquí y sin ver las nóminas.
A ver si contesta alguien con más conocimientos.
Suerte.
09/04/2012 18:01
Ok, gracias
09/04/2012 20:17
11Marta11

Al ser reclamaciones de cantidades puedes demandar hasta 1 año atrás.
Eso sí, a partir de la Sentencia te regularizarán las nóminas, absorbiendo/reduciendo el plus voluntario en las nuevas nóminas, pero lo anterior a 12 meses lo puedes recuperar.

Ejemplo:
1.000 €uros salario base
200 €uros plus voluntario

Aumento s/convenio 2011 = 50 €uros ( Salario base = 1.050 €uros )

Si actualmente sigues recibiendo la nómina por 1.000 € de salario base y la demanda la haces este mes de Abril, tendrás derecho a reclamar los 50 €uros x mes, desde Abril 2011 a Marzo 2012 ( 50 € x 12 ) + los meses que se adicionen hasta la fecha del Juicio/Sentencia, si así procediera + el aumento de convenio de Enero 2012, si así correspondiera.

Obviamente, la Empresa, tan pronto reciba la Demanda pasará a rectificarte las nóminas presentes, a:

Ejemplo:
1.050 €uros salario base
150 €uros plus voluntario

Esta es una opción, pero supongo que imaginas la reacción de tu Empresa.....
09/04/2012 20:34
Y con lo anterior al año no puedo hacer nada? Porque el convenio nuevo lo firmaron en enero del 2011 y cuando pregunté por él, me dijeron que no estaban obligados a aplicarlo y que no lo aplicaban. Lo empezaron a aplicar en junio, pero como me lo descontaban de lo otro, no me enteré hasta enero y cuando les pregunté por el convenio que estaban aplicando, me costó mucho que me lo dijeran, no sé si se hacían los tontos o qué. Entonces les dije que me faltaban las subidas anteriores desde enero del 2009 y que en 2012 no me habían hecho la subida y me dijeron que me lo regularizarían en febrero, pero en febrero sólo me añadieron lo de enero. Total, que desde enero del 2009 hasta mayo del 2011, no me pagaron las subidas que me correspondían y tengo la duda de si se pueden acoger a que se compensa con la parte absorbible. Como hablar con ellos no me sirve de nada porque la mitad de las veces ni me contestan, pues antes de hacer nada, quería saber si realmente me correspondía o tenían algo con lo que escaquearse
09/04/2012 20:52
Y con lo anterior al año no puedo hacer nada? NO, NO PUEDES HACER NADA.

Porque el convenio nuevo lo firmaron en enero del 2011 y cuando pregunté por él, me dijeron que no estaban obligados a aplicarlo y que no lo aplicaban. Lo empezaron a aplicar en junio ....
SI A PARTIR DE LA NÓMINA DE JUNIO DE 2011 COMPENSARON EL AUMENTO DE CONVENIO CON EL PLUS ABSORBIBLE, LOS MESES DE JUNIO A DIC. 2011 YA NO CORRESPONDE RECLAMARLOS, YA QUE EL SALARIO BASE LO DEBES TENER EN REGLA.

, pero como me lo descontaban de lo otro, no me enteré hasta enero y cuando les pregunté por el convenio que estaban aplicando, me costó mucho que me lo dijeran, no sé si se hacían los tontos o qué.....
EL CONVENIO QUE TE APLICAN LO DEBES TENER EN CONTRATO. EL QUE TU NO TE HAYAS DADO CUENTA DE LOS "MONTAJES" EN NÓMINA HASTA 6 MESES DESPUÉS, NO DA DERECHO A UNA RECLAMACIÓN DE CANTIDADES, YA QUE NO EXISTE TAL HECHO.

Entonces les dije que me faltaban las subidas anteriores desde enero del 2009 y que en 2012 no me habían hecho la subida y me dijeron que me lo regularizarían en febrero, pero en febrero sólo me añadieron lo de enero.......
EN FEBRERO DE 2012 TE ''AÑADIERON'' MAS SALARIO ???

Total, que desde enero del 2009 hasta mayo del 2011, no me pagaron las subidas que me correspondían y tengo la duda de si se pueden acoger a que se compensa con la parte absorbible......... OLVÍDATE DE ESTE PERIODO. YA NO PUEDES HACER NADA.

Como hablar con ellos no me sirve de nada porque la mitad de las veces ni me contestan, pues antes de hacer nada, quería saber si realmente me correspondía o tenían algo con lo que escaquearse ...
POCO VEO QUE PUEDAS HACER, PORQUE SI A PARTIR DE LA NÓMINA DE FEB 2012 YA LA TIENES ACTUALIZADA AL CONVENIO DE 2012, QUE VAS A RECLAMAR ???

**************** NUESTRA IGNORANCIA LOS HACE LISTOS !
09/04/2012 21:06
Lo de junio del año pasado a ahora no lo quería reclamar, quería reclamar lo anterior, que es lo que no me pagaron. El convenio lo tendré en el contrato, pero no puedo tener cuando van a aplicar el siguiente, es decir, no puedo saber de qué año. En febrero del 2012 me hicieron la subida del 2012 más la subida que correspondía en enero que no me la habían pagado. La nómina la tengo actualizada desde junio del 2011. Lo que no entiendo es como firman un convenio 2 años más tarde de lo que corresponde poniendo que tienen que pagar las subidas de los años anteriores cuando si ya ha pasado más tiempo, no lo tienen que pagar. Bueno, muchas gracias por la información
09/04/2012 21:18
Generalmente, cuando se firma un convenio a tiempo pasado, en el mismo, se indica el plazo para actualizar los atrasos.
Entiendo que tu convenio se firmó en 2011, pero haciendo referencia desde enero 2009 hasta diciembre 2011. Es así?
Estoy convencid@ que el plazo acordado para regularizar todos los atrasos desde 2009 hasta Dic. 2011 o cuando sea, está indicada en el propio convenio y que esta fecha ya debe haber expirado.

Has comprobado todo esto con el nuevo convenio ???
09/04/2012 21:41
He estado mirando el convenio y no encuentro nada del plazo de regularización. El convenio es desde enero del 2009 a diciembre del 2012 y es el de oficinas y despachos de Vizcaya
10/04/2012 15:38
hola, tienes un año para reclamar los salarios desde la fecha en que sale publicado el convenio colectivo.
ahora bien, no entiendo muy bien la cuestión. ¿los años anteriores, del 2009 al 2011, ¿te pagaban por encima del nuevo convenio o no? tienes que comparar cada año con la tabla salarial que aparece publicada en el boletín y si hay diferencias reclamar.
si la cantidad de aumento voluntario, sumada al salario del convenio del 2008 es superior a las nuevas tablas, en general no tendrás derecho a los atrasos.
hay algunos convenios que prohiben la absorción y compensación. No es lo más habitual pero los hay.
saludos
10/04/2012 15:59
Marta,

en este enlace tienes el convenio :
http://www.comfia.net/convenios/html/9879.html

fue publicado el 06.06.11