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SUBROGACIóN EMPRESA LIMPIEZA.

3 Comentarios
 
21/02/2014 19:35
Aquí hay un artículo relacionado:

http://www.arhconsultings.com/blog/subrogacion-del-personal-de-limpieza-de-las-comunidades-de-propietarios/

20/02/2014 22:36
En mi opinión, salvo caso de catástrofe, emergencia o cosas por el estilo, no está permitida la ejecución de un contrato público sin que éste se haya formalizado (art. 156 del RDL 3/2011).

Por tanto estaríamos ante un caso de posible ejecución irregular de contrato público (con la connivencia de la Administración) y de un incumplimiento de las obligaciones, de información a los trabajadores y consultas previas con los representantes, que las empresas cedente y cesionaria tienen que respetar según establece el art. 44 del ET.

En cualquier caso, creo que mientras no se produzca la transmisión los trabajadores siguen contratados por la empresa saliente, salvo que el pliego u otras normas aplicables prevean otra cosa para el caso de extinción del contrato público sin sucesión de contratista.

Un saludo.
20/02/2014 20:31
Bien por el argumento que dice la empresa saliente de que ya recogió la documentación no se trasladan los poderes a la empresa entrante, porque supongo yo que la documentación es para si esta al corriente de pagos y demás por ej saber la antigüedad y demás y esa documentación sirve a la empresa entrante para saber si esta obligada a contratar a el trabajador en cuestión, en cuanto a la firma del cto al no realizarse pues no existe obligación, pero he aquí el final de la historia, dice usted como restandole importancia "Si ha realizado la primera limpieza", pues esto es una aceptación del cto de forma tácita y por tanto asume la responsabilidad del servicio aunque se trate de un sólo día.
SMO.
Subrogación empresa limpieza.
20/02/2014 17:18
Buenas tardes,

El caso es el siguiente:

Empresa de limpieza resuelve el contrato por impago de la comunidad.

Dos meses después la comunidad decide contratar a otra empresa de limpieza.

La empresa entrante comunica tal situación y solicita la documentación necesaria para decidir si subroga a la empleada de la empresa saliente o no.

En en transcurso de estos hechos, surgen desavenencias entre comunidad y empresa entrante y no firma el contrato de prestación de servicios. Si ha realizado la primera limpieza.

Ahora la empresa saliente dice a la entrante que está en la obligación de subrogar a las empleadas ya que la recogida de esta documentación así lo implica.

Yo entiendo que no es así ya que la obligación de subrogación nace con la contratación de una nueva empresa. respecto a la primera limpieza el convenio colectivo establece a mi entender que no produce la subrogación en caso de no firmarse el contrato de mantenimiento.

¿que opinan ustedes a este respecto?

Gracias.
SUBROGACIóN EMPRESA LIMPIEZA. | PorticoLegal
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SUBROGACIóN EMPRESA LIMPIEZA.

3 Comentarios
 
21/02/2014 19:35
Aquí hay un artículo relacionado:

http://www.arhconsultings.com/blog/subrogacion-del-personal-de-limpieza-de-las-comunidades-de-propietarios/

20/02/2014 22:36
En mi opinión, salvo caso de catástrofe, emergencia o cosas por el estilo, no está permitida la ejecución de un contrato público sin que éste se haya formalizado (art. 156 del RDL 3/2011).

Por tanto estaríamos ante un caso de posible ejecución irregular de contrato público (con la connivencia de la Administración) y de un incumplimiento de las obligaciones, de información a los trabajadores y consultas previas con los representantes, que las empresas cedente y cesionaria tienen que respetar según establece el art. 44 del ET.

En cualquier caso, creo que mientras no se produzca la transmisión los trabajadores siguen contratados por la empresa saliente, salvo que el pliego u otras normas aplicables prevean otra cosa para el caso de extinción del contrato público sin sucesión de contratista.

Un saludo.
20/02/2014 20:31
Bien por el argumento que dice la empresa saliente de que ya recogió la documentación no se trasladan los poderes a la empresa entrante, porque supongo yo que la documentación es para si esta al corriente de pagos y demás por ej saber la antigüedad y demás y esa documentación sirve a la empresa entrante para saber si esta obligada a contratar a el trabajador en cuestión, en cuanto a la firma del cto al no realizarse pues no existe obligación, pero he aquí el final de la historia, dice usted como restandole importancia "Si ha realizado la primera limpieza", pues esto es una aceptación del cto de forma tácita y por tanto asume la responsabilidad del servicio aunque se trate de un sólo día.
SMO.
Subrogación empresa limpieza.
20/02/2014 17:18
Buenas tardes,

El caso es el siguiente:

Empresa de limpieza resuelve el contrato por impago de la comunidad.

Dos meses después la comunidad decide contratar a otra empresa de limpieza.

La empresa entrante comunica tal situación y solicita la documentación necesaria para decidir si subroga a la empleada de la empresa saliente o no.

En en transcurso de estos hechos, surgen desavenencias entre comunidad y empresa entrante y no firma el contrato de prestación de servicios. Si ha realizado la primera limpieza.

Ahora la empresa saliente dice a la entrante que está en la obligación de subrogar a las empleadas ya que la recogida de esta documentación así lo implica.

Yo entiendo que no es así ya que la obligación de subrogación nace con la contratación de una nueva empresa. respecto a la primera limpieza el convenio colectivo establece a mi entender que no produce la subrogación en caso de no firmarse el contrato de mantenimiento.

¿que opinan ustedes a este respecto?

Gracias.