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Subrogación empresarial y posterior jubilación del empresario.

2 Comentarios
 
14/09/2017 11:57
Eumeo
madre mia tienes razón.... estaba empecinaa en la persona del empresario sin fijarme en la forma juridica de la empresa. Muchas gracias . :)
14/09/2017 10:56
usufructus
Si es una SL la indemnización no es de un mes, debe hacerse como despido colectivo o por causas objetivas.
Subrogación empresarial y posterior jubilación del empresario.
14/09/2017 10:03
hola compañeros!
Tengo una duda que es reincidente , se me plantea el siguiente caso:

una empresa " A" constituida como C.B. con dos adminstradores y 2 socios más, consta de 8 trabajadores. La situación económica de la C.B no es buena y deciden constituir nueva sociedad, con el siguiente formato jurídico, S.L. y con un sólo administrador. Se subrogan en las mismas condiciones laborales que tenian los trabajadores, de la C.B. a la S.L.

Mi duda es la siguiente, el administrador de la S.L sigue siendo el mismo, pero le que da un año para jubilarse. La indemnización por jubilación es de un mes. y no se prevee que haya una continuidad. ¿ No tenian más garantias a la hora del despido con la anterior empresa al haber dos administradores? aunque uno se jubilase, el otro podia continuar con la actividad.?
consejos please!
Subrogación empresarial y posterior jubilación del empresario. | PorticoLegal
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2 Comentarios
 
14/09/2017 11:57
Eumeo
madre mia tienes razón.... estaba empecinaa en la persona del empresario sin fijarme en la forma juridica de la empresa. Muchas gracias . :)
14/09/2017 10:56
usufructus
Si es una SL la indemnización no es de un mes, debe hacerse como despido colectivo o por causas objetivas.
Subrogación empresarial y posterior jubilación del empresario.
14/09/2017 10:03
hola compañeros!
Tengo una duda que es reincidente , se me plantea el siguiente caso:

una empresa " A" constituida como C.B. con dos adminstradores y 2 socios más, consta de 8 trabajadores. La situación económica de la C.B no es buena y deciden constituir nueva sociedad, con el siguiente formato jurídico, S.L. y con un sólo administrador. Se subrogan en las mismas condiciones laborales que tenian los trabajadores, de la C.B. a la S.L.

Mi duda es la siguiente, el administrador de la S.L sigue siendo el mismo, pero le que da un año para jubilarse. La indemnización por jubilación es de un mes. y no se prevee que haya una continuidad. ¿ No tenian más garantias a la hora del despido con la anterior empresa al haber dos administradores? aunque uno se jubilase, el otro podia continuar con la actividad.?
consejos please!