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Subrogación empresas

4 Comentarios
 
05/01/2011 12:21
Pues sí que se dan las condiciones, ya que se rigen por el convenio colectivo de seguridad privada, y en su artículo 14 lo explica bien. Muchas gracias por las aclaraciones y las ayudas.
05/01/2011 12:16
Si el convenio obliga a la subrogación, establecerá unas condiciones para ello. Por ejemplo, una antigüedad mínima u otras condiciones. Leáse bien el convenio y compruebe que se dan las condiciones de subrogación. Si se dan, demande a las dos empresas por despido. Si no, también, y que sea el juez quién determine si se dan o no las condiciones de subrogación. Si no se dan absolverá a la empresa entrante, pero casi con absoluta seguridad condenará a la entrante.
05/01/2011 11:51
Bueno, he mirado en el convenio y sí que sale que está obligada a subrogarse, pero tampoco lo explica muy bien, ya que en algún punto pone que podría subrogar a parte de la plantilla... Lo único que tiene es la carta de su empresa diciendo que la otra está obligada a la subrogación y que ellos dan por terminada la relación laboral. También tienen un fax como que pusieron en conocimiento a la otra empresa de que estaban obligadas a subrogar a este trabajador. Si hay que demandar a las dos empresas ¿Qué tipo de demanda sería? ¿De despido improcedente a las dos?
05/01/2011 11:40
Lo primero que tiene que hacer es olvidarse del código civil y dirigirse al Estatuto de los Trabajadores, concretamente, artículo 44 y, sobre todo, al convenio colectivo del sector. Es posible que no se den las condiciones de subrogación del artículo 44, pero sí es muy previsible que el convenio obligue a subrogar.
Lo segundo, demandar A LAS DOS EMPRESAS por despido. Si no le han dado carta de despido, por lo menos, con la saliente, tiene el juicio ganado y condenarán a la readmisión o a indemnizar.
Subrogación empresas
05/01/2011 10:43
Buenos días.

Me ha entrado un caso práctico en tema laboral. Hace 10 años que acabé la carrera y es la primera vez que trabajo en una gestoría, y es sobri si alguién me podría ayudar.
El caso que tengo es de un trabajador que trabaja en una empresa de seguridad en un centro comercial, hasta ahí todo normal. Lo que pasa es que la cesión se les ha acabado con fecha del 30 de diciembre y ha entrado otra nueva empresa. Este hecho ¿Sería causa objetiva o justificada para un despido objetivo? Aunque la empres suya dice que la empresa que ha entrado nueva, de los 25 trabajadores que trabajaban allí, ha cogido para su plantilla a 21, y dice que el C. Civil obliga a proceder a la susodicha subrogación en efecto, la asución voluntaria de un número "significativo de plantilla", por lo que determina la existencia real y efectiva de subrogación a todo el personal anterior contratista. La cosa es que a él solo se le ha puesto en contacto su empresa actual, diciéndole que ya no pertenece a su empresa por dicha subrogación y que se tiene que ir a la otra. Pues éste ha ido a la otra, pero al tener una categoría inferior, pues la empresa dice que no lo quiere y que no están obligados a cogerle, así que el trabajador se ha visto en la calle y sin cobrar un duro. Este caso me lo han pasado a mí. En un principio lo que estoy haciendo es primero denunciar a su empresa por un despido improcedente, pero me gustaría saber si la sucesión existe, y si es así, a quién debería de reclamar mi cliente. Como te digo, a él solo se le ha puesto en contacto su empresa, la nueva no le ha dicho nada. No se si me he explicado bien, pero es por si me pudieras ayudar.
Muchas gracias
Subrogación empresas | PorticoLegal
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05/01/2011 12:21
Pues sí que se dan las condiciones, ya que se rigen por el convenio colectivo de seguridad privada, y en su artículo 14 lo explica bien. Muchas gracias por las aclaraciones y las ayudas.
05/01/2011 12:16
Si el convenio obliga a la subrogación, establecerá unas condiciones para ello. Por ejemplo, una antigüedad mínima u otras condiciones. Leáse bien el convenio y compruebe que se dan las condiciones de subrogación. Si se dan, demande a las dos empresas por despido. Si no, también, y que sea el juez quién determine si se dan o no las condiciones de subrogación. Si no se dan absolverá a la empresa entrante, pero casi con absoluta seguridad condenará a la entrante.
05/01/2011 11:51
Bueno, he mirado en el convenio y sí que sale que está obligada a subrogarse, pero tampoco lo explica muy bien, ya que en algún punto pone que podría subrogar a parte de la plantilla... Lo único que tiene es la carta de su empresa diciendo que la otra está obligada a la subrogación y que ellos dan por terminada la relación laboral. También tienen un fax como que pusieron en conocimiento a la otra empresa de que estaban obligadas a subrogar a este trabajador. Si hay que demandar a las dos empresas ¿Qué tipo de demanda sería? ¿De despido improcedente a las dos?
05/01/2011 11:40
Lo primero que tiene que hacer es olvidarse del código civil y dirigirse al Estatuto de los Trabajadores, concretamente, artículo 44 y, sobre todo, al convenio colectivo del sector. Es posible que no se den las condiciones de subrogación del artículo 44, pero sí es muy previsible que el convenio obligue a subrogar.
Lo segundo, demandar A LAS DOS EMPRESAS por despido. Si no le han dado carta de despido, por lo menos, con la saliente, tiene el juicio ganado y condenarán a la readmisión o a indemnizar.
Subrogación empresas
05/01/2011 10:43
Buenos días.

Me ha entrado un caso práctico en tema laboral. Hace 10 años que acabé la carrera y es la primera vez que trabajo en una gestoría, y es sobri si alguién me podría ayudar.
El caso que tengo es de un trabajador que trabaja en una empresa de seguridad en un centro comercial, hasta ahí todo normal. Lo que pasa es que la cesión se les ha acabado con fecha del 30 de diciembre y ha entrado otra nueva empresa. Este hecho ¿Sería causa objetiva o justificada para un despido objetivo? Aunque la empres suya dice que la empresa que ha entrado nueva, de los 25 trabajadores que trabajaban allí, ha cogido para su plantilla a 21, y dice que el C. Civil obliga a proceder a la susodicha subrogación en efecto, la asución voluntaria de un número "significativo de plantilla", por lo que determina la existencia real y efectiva de subrogación a todo el personal anterior contratista. La cosa es que a él solo se le ha puesto en contacto su empresa actual, diciéndole que ya no pertenece a su empresa por dicha subrogación y que se tiene que ir a la otra. Pues éste ha ido a la otra, pero al tener una categoría inferior, pues la empresa dice que no lo quiere y que no están obligados a cogerle, así que el trabajador se ha visto en la calle y sin cobrar un duro. Este caso me lo han pasado a mí. En un principio lo que estoy haciendo es primero denunciar a su empresa por un despido improcedente, pero me gustaría saber si la sucesión existe, y si es así, a quién debería de reclamar mi cliente. Como te digo, a él solo se le ha puesto en contacto su empresa, la nueva no le ha dicho nada. No se si me he explicado bien, pero es por si me pudieras ayudar.
Muchas gracias