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subrogación por cambio empresa o no??

4 Comentarios
 
30/04/2012 13:44
Deberá demandar a la entrante a la saliente y en caso de existir una tercera, como por ej. un ayuntamiento que es qjien fija a las personas a las que hay que prestar servicio, pues tb porque es la principal responsable.

En éste sector, suelen las empresas trabajar para una tercera que es quien contrata el servicio, aunque puede que no, que sea una familia quien se lo pueda permitir y sean ellos los que contraten, pues bien si fuese este último caso debería usted tb demandar al empleador.
30/04/2012 10:58
Gracias jamgpreve.Pero yo entiendo que no soy cargo intermedio, pues en el convenio sectorial de la ayuda a domicilio viene la categoria reconocida, además tengo un contrato laboral. Lo que tengo una duda, debería demandar a la empresa saliente como dices o solo a la que entrante??
26/04/2012 19:05
Aunque veo ciertas cuestiones en su contra, (como ser jefe de sección, la empresa que pierde el servicio deberia de asumir al trabajador asi como por su modalidad contractual, ya que ante las subrogaciones es mas efectivo otiene mas reserva de puesto el cto fin de obra y servicio), por otra parte usted, (por ser de categoria superior y en la emrpresa entrante no ser necesaria dicha categoría), aunque como usted dice si viene reconocida en convenio, ¿pero que dice su convenio al respecto de las subrogaciones de mandos intermedios?.
Tras todo esto, y conste que es una opinión muy personal, pienso que en el art. 44 ET no indica nada por lo que a usted no deban subrogarle y por tanto ni el convenio puede contradecir al ET, ni la empresa entrante alegar que en la plica usted no viene recogido en base a su categoría, y como tal subrogación los trabajadores pasaran a la nueva empresa respetandoles todos sus dº, considero que deberá usted demandar tanto a la empresa entrante como a la saliente así como al ayuntamiento, yo al menos considero que hay posibilidades aunque no lo tengo muy claro.
26/04/2012 18:32
Necesito una ayuda a ver si alguien me puede decir algo. resumire;pensais que tengo derecho a la subrogacion en caso de sucesion de empresa aunque mi categoria no aparezca en el pliego de condiciones ( pero si en el convenio colectivo.)
Subrogación por cambio empresa o no??
25/04/2012 17:34
Hola os cuento a ver si me podeis ayudar; el 10 de mayo de 2010 inicie mi trabajo para una concesionaria municipal con contrato indefinido con la categoría de jefe de sección administrativa.Ahora esta concesionaria termina su contrato en julio y el ayto. saca nuevo pliego condiciones.Pues bien este (el ayto.) pide la relación de trabajadores a la empresa donde yo aparezco y al sacar el pliego no me incluye en esa relación porque dice que yo no formo parte de la estructura de la concesionaria y que además las anteriores concesionaria nunca tuvieron ningún jefe de sección administrativa.
Mi pregunta es la ss.???? la nueva concesionaria me tendría que subrogar o no por el art 44 del E.T????
además mi categoría aparece en el convenio estatal
que pensais??? además podría impugnar via admtva. el pliego por modificar la relación de trabajadores que la empresa le remite o no merece la pena.agradecería mucho una ayuda
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30/04/2012 13:44
Deberá demandar a la entrante a la saliente y en caso de existir una tercera, como por ej. un ayuntamiento que es qjien fija a las personas a las que hay que prestar servicio, pues tb porque es la principal responsable.

En éste sector, suelen las empresas trabajar para una tercera que es quien contrata el servicio, aunque puede que no, que sea una familia quien se lo pueda permitir y sean ellos los que contraten, pues bien si fuese este último caso debería usted tb demandar al empleador.
30/04/2012 10:58
Gracias jamgpreve.Pero yo entiendo que no soy cargo intermedio, pues en el convenio sectorial de la ayuda a domicilio viene la categoria reconocida, además tengo un contrato laboral. Lo que tengo una duda, debería demandar a la empresa saliente como dices o solo a la que entrante??
26/04/2012 19:05
Aunque veo ciertas cuestiones en su contra, (como ser jefe de sección, la empresa que pierde el servicio deberia de asumir al trabajador asi como por su modalidad contractual, ya que ante las subrogaciones es mas efectivo otiene mas reserva de puesto el cto fin de obra y servicio), por otra parte usted, (por ser de categoria superior y en la emrpresa entrante no ser necesaria dicha categoría), aunque como usted dice si viene reconocida en convenio, ¿pero que dice su convenio al respecto de las subrogaciones de mandos intermedios?.
Tras todo esto, y conste que es una opinión muy personal, pienso que en el art. 44 ET no indica nada por lo que a usted no deban subrogarle y por tanto ni el convenio puede contradecir al ET, ni la empresa entrante alegar que en la plica usted no viene recogido en base a su categoría, y como tal subrogación los trabajadores pasaran a la nueva empresa respetandoles todos sus dº, considero que deberá usted demandar tanto a la empresa entrante como a la saliente así como al ayuntamiento, yo al menos considero que hay posibilidades aunque no lo tengo muy claro.
26/04/2012 18:32
Necesito una ayuda a ver si alguien me puede decir algo. resumire;pensais que tengo derecho a la subrogacion en caso de sucesion de empresa aunque mi categoria no aparezca en el pliego de condiciones ( pero si en el convenio colectivo.)
Subrogación por cambio empresa o no??
25/04/2012 17:34
Hola os cuento a ver si me podeis ayudar; el 10 de mayo de 2010 inicie mi trabajo para una concesionaria municipal con contrato indefinido con la categoría de jefe de sección administrativa.Ahora esta concesionaria termina su contrato en julio y el ayto. saca nuevo pliego condiciones.Pues bien este (el ayto.) pide la relación de trabajadores a la empresa donde yo aparezco y al sacar el pliego no me incluye en esa relación porque dice que yo no formo parte de la estructura de la concesionaria y que además las anteriores concesionaria nunca tuvieron ningún jefe de sección administrativa.
Mi pregunta es la ss.???? la nueva concesionaria me tendría que subrogar o no por el art 44 del E.T????
además mi categoría aparece en el convenio estatal
que pensais??? además podría impugnar via admtva. el pliego por modificar la relación de trabajadores que la empresa le remite o no merece la pena.agradecería mucho una ayuda