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subrogacion renta antigua

4 Comentarios
 
Subrogacion renta antigua
10/11/2006 08:40
Mis padres tienen un contrato de alquiler desde el 1970.Yo tengo 50 años y vivo con ellos desde hace mas de dos.Me podran echar el arrendor cuando mueran ellos? Gracias.
13/11/2006 18:15
Hola Manu22.La respuesta que voy a darle es genérica y podría variar( Vg. Imposibidad de subrogación del cónyuge supérstite) en algún punto en función de otros datos que usted pudiese aportar. Así, en principio, la muerte del titular arrendaticio( magino que en el contrato lo será su padre) podrá subrogarse el cónyuge supérstite( su madre). Cuando fallezca esta última, usted podría subrogarse en su posición, si acredita una convivencia durante al menso los 2 años anteriores a su fallecimiento, EXTINGUIENDOSE el contrato en 2 años a contar desde la FECHA DE FALLECIMIENTO DE SU MADRE.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
15/11/2006 12:16
Gracias Jan por tu aclaracion.En el apartado :Condiciones del contrato:En la clausula 2ª dice:Sera obligacion del inquilino conservar el local alquilado en perfecto estado .No podrá subarrendarlo total ni parcialmente ni alojar temporalmente a mas personas que las que hay en el momento de la firma del contrato, que son el MATRIMONIO Y TRES HIJOS, sin la previa autorizacion por escrito del propietario.

En el momento de la firma eramos toda la familia, aunque el contrato esta a nombre de mi padre.
No se si este apartado me da algun derecho mas.Gracias de nuevo.Un saludo
15/11/2006 17:05
Hola Manu22.Le agradezco que haya aportado más dayos, pero la clausula por usted transcrita no modifica la respuesta que le di en mi post anterior.

Reciba un cordial saludo.
20/11/2006 16:10
Gracias de nuevo Jan por su ayuda.Un cordial saludo.GRACIAS.
subrogacion renta antigua | PorticoLegal
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Subrogacion renta antigua
10/11/2006 08:40
Mis padres tienen un contrato de alquiler desde el 1970.Yo tengo 50 años y vivo con ellos desde hace mas de dos.Me podran echar el arrendor cuando mueran ellos? Gracias.
13/11/2006 18:15
Hola Manu22.La respuesta que voy a darle es genérica y podría variar( Vg. Imposibidad de subrogación del cónyuge supérstite) en algún punto en función de otros datos que usted pudiese aportar. Así, en principio, la muerte del titular arrendaticio( magino que en el contrato lo será su padre) podrá subrogarse el cónyuge supérstite( su madre). Cuando fallezca esta última, usted podría subrogarse en su posición, si acredita una convivencia durante al menso los 2 años anteriores a su fallecimiento, EXTINGUIENDOSE el contrato en 2 años a contar desde la FECHA DE FALLECIMIENTO DE SU MADRE.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
15/11/2006 12:16
Gracias Jan por tu aclaracion.En el apartado :Condiciones del contrato:En la clausula 2ª dice:Sera obligacion del inquilino conservar el local alquilado en perfecto estado .No podrá subarrendarlo total ni parcialmente ni alojar temporalmente a mas personas que las que hay en el momento de la firma del contrato, que son el MATRIMONIO Y TRES HIJOS, sin la previa autorizacion por escrito del propietario.

En el momento de la firma eramos toda la familia, aunque el contrato esta a nombre de mi padre.
No se si este apartado me da algun derecho mas.Gracias de nuevo.Un saludo
15/11/2006 17:05
Hola Manu22.Le agradezco que haya aportado más dayos, pero la clausula por usted transcrita no modifica la respuesta que le di en mi post anterior.

Reciba un cordial saludo.
20/11/2006 16:10
Gracias de nuevo Jan por su ayuda.Un cordial saludo.GRACIAS.