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Subsidio mayores 52. cuotas autonomos impagadas hace 36 años

3 Comentarios
 
Subsidio mayores 52. cuotas autonomos impagadas hace 36 años
02/06/2020 21:18
Hola, he solicitado el subsidio de mayores de 52 años, hace 36 años trabajaba con un familiar que me tenia como autónomo colaborador, no pagó todas las cuotas, yo no me entere, me puede afectar al subsidio o me afecta a la jubilación, gracias
02/06/2020 21:22
Anonimo62
Olvide decir que tengo un 61% de minusvalía, solo por si afecta en algo
13/08/2020 19:51
Anonimo62
Salvo información en contra, que yo sepa las deudas contraídas por los Autónomos frente a la Seguridad Social prescriben a los 4 años.
Repito, salvo que alguien conozca una información más reciente.
15/08/2020 18:52
Anonimo62
Hola. Para el subsidio de desempleo de mayores de 52 años , no tendrás problema.
Ahora bien para la jubilación, aunque las cuotas impagadas estén prescritas no tendrás derecho a la jubilación. El INSS te deberá invitar al pago de las cuotas impagadas en un plazo de 30 días. Si las pagas en dicho plazo no cobrarás desde el día que te correspondía la jubilación.
Si no las pagas no cobrarás la jubilación hasta el primer día del mes siguiente al del pago de las cuotas impagadas.
Saludos
Subsidio mayores 52. cuotas autonomos impagadas hace 36 años | PorticoLegal
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Subsidio mayores 52. cuotas autonomos impagadas hace 36 años
02/06/2020 21:18
Hola, he solicitado el subsidio de mayores de 52 años, hace 36 años trabajaba con un familiar que me tenia como autónomo colaborador, no pagó todas las cuotas, yo no me entere, me puede afectar al subsidio o me afecta a la jubilación, gracias
02/06/2020 21:22
Anonimo62
Olvide decir que tengo un 61% de minusvalía, solo por si afecta en algo
13/08/2020 19:51
Anonimo62
Salvo información en contra, que yo sepa las deudas contraídas por los Autónomos frente a la Seguridad Social prescriben a los 4 años.
Repito, salvo que alguien conozca una información más reciente.
15/08/2020 18:52
Anonimo62
Hola. Para el subsidio de desempleo de mayores de 52 años , no tendrás problema.
Ahora bien para la jubilación, aunque las cuotas impagadas estén prescritas no tendrás derecho a la jubilación. El INSS te deberá invitar al pago de las cuotas impagadas en un plazo de 30 días. Si las pagas en dicho plazo no cobrarás desde el día que te correspondía la jubilación.
Si no las pagas no cobrarás la jubilación hasta el primer día del mes siguiente al del pago de las cuotas impagadas.
Saludos