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Subsidio mayores 55 años y estancia en el extranjero por estudios

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Subsidio mayores 55 años y estancia en el extranjero por estudios
09/02/2018 09:55
Buenos días,

El Tribunal Supremo, por Sentencia de 22/11/2011, dictó que el derecho a paro si viajas al extranjero por un periodo de 15 días a 12 meses, no se extinguía sino que se suspendía (previa comunicación a la Administración).

La prestación suspendida significa que se puede recuperar, por lo que no se pierde la cuantía, sino que se “prorroga” hasta cumplir el tiempo que quedase antes de la suspensión. Es decir, que se tiene el derecho de percibir el subsidio (excepto por sanción) por todo el periodo que quedara antes de la suspensión.
Uno de los supuestos para suspender la prestación es que el beneficiario se traslade al extranjero por un periodo inferior a 12 mees, para perfeccionamiento profesional.

Ahora, expongo mi caso:
Soy perceptor del subsidio para mayores de 55 años, desde hace 2 años. Y este subsidio es compatible con las becas para formación.
Llevo estudiando en la Universidad desde hace 3 años.
El caso es que me han concedido una beca (no remunerada, ni de colaboración) para estudiar un cuatrimestre en México, formando parte de mis estudios universitarios, como si lo estuviera haciendo en mi propia universidad.

Por la información que he leído, y que he expuesto al principio, si tuviera una prestación en un periodo concreto, no la perdería, sino que se me reanudaría al volver a España, sin perder ningún mes.
Pero si el subsidio para mayores de 55 años, lo tengo aprobado hasta la edad de jubilación o hasta que encuentre un empleo ¿cuándo lo cobro? ¿pierdo esos 4 meses? Lo considero un agravio respecto a los demás casos. Sigo necesitando ese dinero, ya que la beca solo me cubre los gastos del viaje y alojamiento.

Debo preguntar al SEPE, pero me gustaría informarme antes de todas las posibilidades, y si tengo derecho a reclamar de alguna forma las cuantías que dejo de cobrar, a mi regreso, ya que me temo que me van a decir que se suspende la prestación sin más.

No sé si mi caso está contemplado. No he conseguido más información.

Muchas gracias.
Un saludo,
Juanvic
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Subsidio mayores 55 años y estancia en el extranjero por estudios

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09/02/2018 09:55
Buenos días,

El Tribunal Supremo, por Sentencia de 22/11/2011, dictó que el derecho a paro si viajas al extranjero por un periodo de 15 días a 12 meses, no se extinguía sino que se suspendía (previa comunicación a la Administración).

La prestación suspendida significa que se puede recuperar, por lo que no se pierde la cuantía, sino que se “prorroga” hasta cumplir el tiempo que quedase antes de la suspensión. Es decir, que se tiene el derecho de percibir el subsidio (excepto por sanción) por todo el periodo que quedara antes de la suspensión.
Uno de los supuestos para suspender la prestación es que el beneficiario se traslade al extranjero por un periodo inferior a 12 mees, para perfeccionamiento profesional.

Ahora, expongo mi caso:
Soy perceptor del subsidio para mayores de 55 años, desde hace 2 años. Y este subsidio es compatible con las becas para formación.
Llevo estudiando en la Universidad desde hace 3 años.
El caso es que me han concedido una beca (no remunerada, ni de colaboración) para estudiar un cuatrimestre en México, formando parte de mis estudios universitarios, como si lo estuviera haciendo en mi propia universidad.

Por la información que he leído, y que he expuesto al principio, si tuviera una prestación en un periodo concreto, no la perdería, sino que se me reanudaría al volver a España, sin perder ningún mes.
Pero si el subsidio para mayores de 55 años, lo tengo aprobado hasta la edad de jubilación o hasta que encuentre un empleo ¿cuándo lo cobro? ¿pierdo esos 4 meses? Lo considero un agravio respecto a los demás casos. Sigo necesitando ese dinero, ya que la beca solo me cubre los gastos del viaje y alojamiento.

Debo preguntar al SEPE, pero me gustaría informarme antes de todas las posibilidades, y si tengo derecho a reclamar de alguna forma las cuantías que dejo de cobrar, a mi regreso, ya que me temo que me van a decir que se suspende la prestación sin más.

No sé si mi caso está contemplado. No he conseguido más información.

Muchas gracias.
Un saludo,
Juanvic