Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Subsidio para mayores de 52 años y venta de vivienda habitual.

0 Comentarios
 
Subsidio para mayores de 52 años y venta de vivienda habitual.
29/10/2017 12:53
Hola. Vivo solo desde 1998 y percibo el subsidio para mayores de 52 años (sí, el de 52 no el de 55 que creo todavía hay diferencias) desde Mayo del 2011 siendo este el único ingreso del que dispongo. En Julio del 2015 heredé la que es mi vivienda habitual desde, en cuanto a empadronamiento se refiere (físicamente es muy anterior), 1996. Esta herencia la puse en conocimiento del SEPE en el momento en que se produjo y, tal y como me dijeron, ni tuvo ni tiene repercusión alguna en el subsidio. Ahora, y por problemas de salud, es aconsejable que me mude a una C.Autónoma más fría porque me afectan mucho los largos y agobiantes veranos de mi ciudad (de Mayo a casi Noviembre, no existe la primavera ni el otoño. Directamente, invierno y verano) y para ello he de vender mi vivienda. En el SEPE me dicen que si vendo la vivienda pierdo el subsidio pero he visto una sentencia del Supremo que, resumidamente, dice: "La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha sentenciado que el ingreso extraordinario recibido por la venta de un piso no es motivo para que el Inem retire el subsidio de desempleo a un trabajador mayor de 52 años". Como ya he dicho, no se trata de un segundo piso que "me haya caído del cielo" sino que es mi vivienda habitual y la única que tengo por lo que tendré que comprar otra o buscar alquiler sostenible allá donde vaya. El valor de la vivienda fue tasado por Tinsa y está plasmado en la escritura (protocolización de herencia) y en el I.Sucesiones. Con su venta, el único incremento de patrimonio que puedo conseguir siendo más que optimista es de 10.000€-20.000€ cuando no a la par y hasta con algo de pérdida si lo vendo con la prisa que, de momento, no tengo. ¿De verdad pierdo el subsidio si vendo mi vivienda?, ¿no basta con declarar la diferencia entre valor en escritura y precio de venta?. No sé si me he explicado bien o he olvidado detalles en cuyo caso ampliaré los datos en lo que haga falta. Gracias.
Subsidio para mayores de 52 años y venta de vivienda habitual. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Subsidio para mayores de 52 años y venta de vivienda habitual.

0 Comentarios
 
Subsidio para mayores de 52 años y venta de vivienda habitual.
29/10/2017 12:53
Hola. Vivo solo desde 1998 y percibo el subsidio para mayores de 52 años (sí, el de 52 no el de 55 que creo todavía hay diferencias) desde Mayo del 2011 siendo este el único ingreso del que dispongo. En Julio del 2015 heredé la que es mi vivienda habitual desde, en cuanto a empadronamiento se refiere (físicamente es muy anterior), 1996. Esta herencia la puse en conocimiento del SEPE en el momento en que se produjo y, tal y como me dijeron, ni tuvo ni tiene repercusión alguna en el subsidio. Ahora, y por problemas de salud, es aconsejable que me mude a una C.Autónoma más fría porque me afectan mucho los largos y agobiantes veranos de mi ciudad (de Mayo a casi Noviembre, no existe la primavera ni el otoño. Directamente, invierno y verano) y para ello he de vender mi vivienda. En el SEPE me dicen que si vendo la vivienda pierdo el subsidio pero he visto una sentencia del Supremo que, resumidamente, dice: "La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha sentenciado que el ingreso extraordinario recibido por la venta de un piso no es motivo para que el Inem retire el subsidio de desempleo a un trabajador mayor de 52 años". Como ya he dicho, no se trata de un segundo piso que "me haya caído del cielo" sino que es mi vivienda habitual y la única que tengo por lo que tendré que comprar otra o buscar alquiler sostenible allá donde vaya. El valor de la vivienda fue tasado por Tinsa y está plasmado en la escritura (protocolización de herencia) y en el I.Sucesiones. Con su venta, el único incremento de patrimonio que puedo conseguir siendo más que optimista es de 10.000€-20.000€ cuando no a la par y hasta con algo de pérdida si lo vendo con la prisa que, de momento, no tengo. ¿De verdad pierdo el subsidio si vendo mi vivienda?, ¿no basta con declarar la diferencia entre valor en escritura y precio de venta?. No sé si me he explicado bien o he olvidado detalles en cuyo caso ampliaré los datos en lo que haga falta. Gracias.