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suspension pagos

1 Comentarios
 
Suspension pagos
22/07/2003 10:58
trabajo en una empresa que acaba de dar suspensión de pagos, queria saber si cobraré este mes de julio o no, cuanto tiempo pasara hasta que me despidan y que tipo de indemnización me corresponderá
22/07/2003 22:15
Hola Patricia:
La suspensión de pagos es una medida cautelar que la empresa solicita al juzgado para evitar que la empresa desaparezca, paralizando los embargos dinerarios, de instalaciones y medios productivos. El juez, tras recibir la solicitud, por medio de un auto, nombrará unos interventores (normalmente dos) para que ellos verifiquen el estado de situación de la empresa. A partir del nombramiento, estos serán los administradores y se personarán en la empresa para cumplir con las obligaciones que les encomienda el juéz. Tras acreditarse informarán a los administradores habituales de que quedan relevados del cargo hasta que se termine el procedimiento.

Estos administradores enviarán comunicación informativa de la situación a las entidades bancarias para que cambien la denominación (empresa ..., en suspensión de pagos) de las cuentas a partir de ese momento y a los proveedores y acreedores, para que confirmen la deuda que la empresa tiene con ellos.

El que estos administradores se hagan cargo (en un principio), si hay dinero, no tiene porqué suponer que no vas a cobrar: cobrareis en tanto haya liquidez, ya que las nóminas de los trabajadores y los pagos a la seguridad social y a hacienda es lo primero.

El proceso, normalmente, es largo y todo depende de si la suspensión lleva implito que sea una falta de liquidez temporal (acumulación de pagos y falta de cobro a clientes) o si se trata de una antesala de la quiebra. De cualquier manera, se pedirá un expediente de regulación de empleo (en su modalidad suspensiva o extintiva) y dependiendo de la evaluación se actuará.

Se que seguirás preguntando. No obstante, no te importe hacerlo, ya que te seguiremos informando.
Saludos.
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Suspension pagos
22/07/2003 10:58
trabajo en una empresa que acaba de dar suspensión de pagos, queria saber si cobraré este mes de julio o no, cuanto tiempo pasara hasta que me despidan y que tipo de indemnización me corresponderá
22/07/2003 22:15
Hola Patricia:
La suspensión de pagos es una medida cautelar que la empresa solicita al juzgado para evitar que la empresa desaparezca, paralizando los embargos dinerarios, de instalaciones y medios productivos. El juez, tras recibir la solicitud, por medio de un auto, nombrará unos interventores (normalmente dos) para que ellos verifiquen el estado de situación de la empresa. A partir del nombramiento, estos serán los administradores y se personarán en la empresa para cumplir con las obligaciones que les encomienda el juéz. Tras acreditarse informarán a los administradores habituales de que quedan relevados del cargo hasta que se termine el procedimiento.

Estos administradores enviarán comunicación informativa de la situación a las entidades bancarias para que cambien la denominación (empresa ..., en suspensión de pagos) de las cuentas a partir de ese momento y a los proveedores y acreedores, para que confirmen la deuda que la empresa tiene con ellos.

El que estos administradores se hagan cargo (en un principio), si hay dinero, no tiene porqué suponer que no vas a cobrar: cobrareis en tanto haya liquidez, ya que las nóminas de los trabajadores y los pagos a la seguridad social y a hacienda es lo primero.

El proceso, normalmente, es largo y todo depende de si la suspensión lleva implito que sea una falta de liquidez temporal (acumulación de pagos y falta de cobro a clientes) o si se trata de una antesala de la quiebra. De cualquier manera, se pedirá un expediente de regulación de empleo (en su modalidad suspensiva o extintiva) y dependiendo de la evaluación se actuará.

Se que seguirás preguntando. No obstante, no te importe hacerlo, ya que te seguiremos informando.
Saludos.