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Sustitucion de condena

2 Comentarios
 
Sustitucion de condena
19/03/2009 15:46
Buenas tardes, en caso de sustitucion de una pena de 8 meses de prision por multa y, habiendo llegado al acuerdo de abonar la responsabilidad civil y la multa en 16 meses, en caso de retraso o impago de un mes, ¿se revoca la sustitucion? y en su caso ¿como se calcula el tiempo que debe de cumplir?

Tambien se me plantea, ¿puede en ultima instancia aunque se revoque la sustitucion ( si logra obtener el dinero "adeudado" ) pagar y evitar la prision?

En este mismo caso, el chico delinquio durante una suspension de dos años de un delito condenado a tres meses de prision, la jueza me ha comentado que al ser la otra sentencia firme de fecha 28 de diciembre de 2006, seria el 27 de marzo de 2009 cuando ya se da por cumplida la pena y como el juicio ha sido hoy dia 19, pues quizas le revoquen la anterior suspension, ¿como se calcula entonces el plazo de suspension para remision definitiva? porque, yo pensaba que solo eran los dos años, no los dos años mas la anterior condean

Muchas gracias
20/03/2009 00:04
Me autorespondo a algo:

1º Se revoca cuando no se pagan dos mensualidades
2º El tiempo se calcula segun lo pagado ( aqui me surge la duda de si, podemos hacer el ingreso en concepto de multa cada mensualidad y dejar pendiente la responsabilidad civil pero creo que primero se cobran la RC y despues la multa, para evitar trampas )
3ºEl plazo se calcula a partir de la fecha de cumplimiento definitivo tras sentencia firme , sin tener en cuenta que se suspendio, osea, si son tres meses, tres meses a partir de sentencia firme y a partir de ahi, los dos años estipulados en el CP para la cancelacion de antecedentes

Me quedan las dudas de si, deja de pagar y le comunican la responsabilidad subsidiaria, ¿puede pagar de "golpe" y evitar prision? imagino que si
20/03/2009 02:06
Bueno, si no pagas la multa, desde luego que te revocaran y volverá la pena de prisión, asi que debes intentar que eso no suceda y si en un momento determinado no puede pagar un plazo, que pague lo que pueda y lo comunique al juzgado, en caso es que alli vean que tiene intención de pagar

Primero se paga la responsabilidad civil y despues la multa.

Yo he visto casos que cuando han detenido a una persona porque no ha pagado la multa, algun familiar ha venido con el resguardo de ingreso y le han puesto en libertad, pero todo eso depende del juzgado.

No se como encajan las fechas, pero si ves que debido a esta ultima condena le revocarian la condena que tiene suspendida, puedes plantear un recurso de apelación, asi la sentencia ultima no es firme y mientras tanto se le remite la primera, no se si me entiendes lo que quiero decir.

El plazo de la remisión de la condena se computa desde la fecha en que le notifican la suspensión, no desde la fecha de la sentencia.





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Sustitucion de condena
19/03/2009 15:46
Buenas tardes, en caso de sustitucion de una pena de 8 meses de prision por multa y, habiendo llegado al acuerdo de abonar la responsabilidad civil y la multa en 16 meses, en caso de retraso o impago de un mes, ¿se revoca la sustitucion? y en su caso ¿como se calcula el tiempo que debe de cumplir?

Tambien se me plantea, ¿puede en ultima instancia aunque se revoque la sustitucion ( si logra obtener el dinero "adeudado" ) pagar y evitar la prision?

En este mismo caso, el chico delinquio durante una suspension de dos años de un delito condenado a tres meses de prision, la jueza me ha comentado que al ser la otra sentencia firme de fecha 28 de diciembre de 2006, seria el 27 de marzo de 2009 cuando ya se da por cumplida la pena y como el juicio ha sido hoy dia 19, pues quizas le revoquen la anterior suspension, ¿como se calcula entonces el plazo de suspension para remision definitiva? porque, yo pensaba que solo eran los dos años, no los dos años mas la anterior condean

Muchas gracias
20/03/2009 00:04
Me autorespondo a algo:

1º Se revoca cuando no se pagan dos mensualidades
2º El tiempo se calcula segun lo pagado ( aqui me surge la duda de si, podemos hacer el ingreso en concepto de multa cada mensualidad y dejar pendiente la responsabilidad civil pero creo que primero se cobran la RC y despues la multa, para evitar trampas )
3ºEl plazo se calcula a partir de la fecha de cumplimiento definitivo tras sentencia firme , sin tener en cuenta que se suspendio, osea, si son tres meses, tres meses a partir de sentencia firme y a partir de ahi, los dos años estipulados en el CP para la cancelacion de antecedentes

Me quedan las dudas de si, deja de pagar y le comunican la responsabilidad subsidiaria, ¿puede pagar de "golpe" y evitar prision? imagino que si
20/03/2009 02:06
Bueno, si no pagas la multa, desde luego que te revocaran y volverá la pena de prisión, asi que debes intentar que eso no suceda y si en un momento determinado no puede pagar un plazo, que pague lo que pueda y lo comunique al juzgado, en caso es que alli vean que tiene intención de pagar

Primero se paga la responsabilidad civil y despues la multa.

Yo he visto casos que cuando han detenido a una persona porque no ha pagado la multa, algun familiar ha venido con el resguardo de ingreso y le han puesto en libertad, pero todo eso depende del juzgado.

No se como encajan las fechas, pero si ves que debido a esta ultima condena le revocarian la condena que tiene suspendida, puedes plantear un recurso de apelación, asi la sentencia ultima no es firme y mientras tanto se le remite la primera, no se si me entiendes lo que quiero decir.

El plazo de la remisión de la condena se computa desde la fecha en que le notifican la suspensión, no desde la fecha de la sentencia.