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tasa de alcoholemia

10 Comentarios
 
28/03/2009 13:18
No le quitarán puntos, pero deberá hacer el curso de rehabilitación.
27/03/2009 21:15
Hola!
Les agradecería mucho si me respondieran con seguridad mi simple pregunta. Di una tasa de alcoholemia de 0,89 y ya me han castigado por lo penal, pero mi miedo es que me quiten 6 puntos del carnet de conducir o 4 o algo así, me gustaría saber con seguridad que si me han juzgado por lo penal no me van a quitar puntos del carnet de conducir, porque sólo me quedan 4 puntos, por eso mi preocupación. Muchas gracias de antemano. Un saludo.
26/12/2008 13:45
Hola maica, creo que lo tienes mal con esa línea de defensa. Ni siquiera te van a escuchar. Por lo que relatas no sólo tenía tu cliente una tasa penal, sino que además había influencia del alcohol en su comportamiento.

Ya contarás.
26/12/2008 01:25
Bueno, la verdad es que diste una tasa de alcohol muy alta y como muy bien ha dicho Rus, con la nueva reforma, si das 0,61 o más ya has cometido un delito. La ley está redactada de tal forma que hace la escapatoria imposible.
Llevo un asunto en el que una persona ha dado 0,80. Ahora bien, se le hizo soplar 40 minutos después de haberle dado el alto.
La ley pena al que condujere con tasa de alcohol superior a 0,61. Si es inferior hasta 0,25 sólo si el alcohol influyó en su capacidad psicofísica.
Mi línea de defensa es: el alcohol, cuando se consume, se comporta como una línea o curva ascendente, hasta llegar a su cénit o meseta, momento en el que comienza a descender.
Si la prueba de alcohol se hace 40 minutos después, sabemos la tasa de alcohol en ese momento, pero no la que se tenía cuando se conducía, que no necesariamente ha de ser superior (por lo de la curva que antes he explicado).
Se desconoce entonces cuál era la tasa en el momento de conducir (dado que la prueba no se practicó inmediatamente), por lo que sólo se podrá penar, en mi opinion, si el conductor estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas (influencia en capacidades psicofísicas).
He impugnado el atestado, porque hay cosas que no se corresponden con la realidad de lo acontecido.
Pone que el imputado fue lento en coger la moneda. En cambio, según él, nadie le lanzó una moneda.
Total, que ya os contaré qué tal me va con esa línea de defensa.
Saludosñ.
22/12/2008 16:28
la retirada por lo penal no se puede pactar, la unica via de aplazamiento es solocitar el indulto, y que se aplaze la sentencia
21/12/2008 04:39
se puede pactar la retirada de carne,tengo el juicio el lunes y trabajo a 221 km de mi casa, tb di positivo 0´73
12/12/2008 20:47
Por los puntos no te preocupes pues al ser castigado por lo penal (retirada etc) no te pueden sancionar por lo administrativo.
10/12/2008 16:04
muchas gracias, si se que me quedare con antecedentes penales, pero ¿sabes cuando prescribe?.
y otra pregunta ¿me van a quitar puntos tb?. la verdad es que tengo mucho miedo.
10/12/2008 13:41
grave es, porque es un delito y tendrás antecedentes, con lo que eso implica.
10/12/2008 13:40
el abogado particular no creo que pueda hacer nada en este caso que no vaya a hacer el del turno (ojo, tienes que pedir justicia gratuita porque de lo contrario al del turno tendrás que pagarle de tu bolsillo).

antes se podían pelear los positivos, pero ahora pasando de 0,60 es delito, aunque traigas a 100 personas que digan que estabas en perfectas condiciones.

así que si no pasó nada raro en tu caso, lo más práctico es que te conformes con lo que te pida el fiscal para conseguir la rebaja de un tercio que dan a los que se conforman en juicio rápido, y que será retirada del carnet, multa (o prisión) y trabajos en beneficio de la comunidad.

Consejo: decir que tienes pocos ingresos para que la multa sea de tres o cuatro euros al día, y pedir el pago fraccionado.
Tasa de alcoholemia
10/12/2008 11:43
hola a todos, se que hay en este foro expertos abogados y policias que pueden informarme un poco.
este domingo saliendo de un bar de copas, me monte en el coche y arranque sin dar las luces, (entre el ocaso y el amanecer, las 07.00), la policia municipal me lo indico y les di las gracias pero procedieron a pararme me hicieron la prueba del alcohol dando 1,10, ellos no tenian para soplar a si que tuvimos que esperar a un compañero, despues ir a comisaria y esperar a que desde la guardia civil les mandasen documentación, con lo que sali con la cita para un juicio rapido mañana. Al principio me hablaron como si fuese algo de lo mas normal, vas te multan y te quitan el carne, luego me he enterado que es un juicio por lo penal, y mi duda es si es algo tan grave como para buscar un abogado, y preparar un defensa o ir quedarme con el de oficio, y asumir la multa. Nunca he tenido un incidente semejante, y sinceramente no se a que me enfrento.
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28/03/2009 13:18
No le quitarán puntos, pero deberá hacer el curso de rehabilitación.
27/03/2009 21:15
Hola!
Les agradecería mucho si me respondieran con seguridad mi simple pregunta. Di una tasa de alcoholemia de 0,89 y ya me han castigado por lo penal, pero mi miedo es que me quiten 6 puntos del carnet de conducir o 4 o algo así, me gustaría saber con seguridad que si me han juzgado por lo penal no me van a quitar puntos del carnet de conducir, porque sólo me quedan 4 puntos, por eso mi preocupación. Muchas gracias de antemano. Un saludo.
26/12/2008 13:45
Hola maica, creo que lo tienes mal con esa línea de defensa. Ni siquiera te van a escuchar. Por lo que relatas no sólo tenía tu cliente una tasa penal, sino que además había influencia del alcohol en su comportamiento.

Ya contarás.
26/12/2008 01:25
Bueno, la verdad es que diste una tasa de alcohol muy alta y como muy bien ha dicho Rus, con la nueva reforma, si das 0,61 o más ya has cometido un delito. La ley está redactada de tal forma que hace la escapatoria imposible.
Llevo un asunto en el que una persona ha dado 0,80. Ahora bien, se le hizo soplar 40 minutos después de haberle dado el alto.
La ley pena al que condujere con tasa de alcohol superior a 0,61. Si es inferior hasta 0,25 sólo si el alcohol influyó en su capacidad psicofísica.
Mi línea de defensa es: el alcohol, cuando se consume, se comporta como una línea o curva ascendente, hasta llegar a su cénit o meseta, momento en el que comienza a descender.
Si la prueba de alcohol se hace 40 minutos después, sabemos la tasa de alcohol en ese momento, pero no la que se tenía cuando se conducía, que no necesariamente ha de ser superior (por lo de la curva que antes he explicado).
Se desconoce entonces cuál era la tasa en el momento de conducir (dado que la prueba no se practicó inmediatamente), por lo que sólo se podrá penar, en mi opinion, si el conductor estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas (influencia en capacidades psicofísicas).
He impugnado el atestado, porque hay cosas que no se corresponden con la realidad de lo acontecido.
Pone que el imputado fue lento en coger la moneda. En cambio, según él, nadie le lanzó una moneda.
Total, que ya os contaré qué tal me va con esa línea de defensa.
Saludosñ.
22/12/2008 16:28
la retirada por lo penal no se puede pactar, la unica via de aplazamiento es solocitar el indulto, y que se aplaze la sentencia
21/12/2008 04:39
se puede pactar la retirada de carne,tengo el juicio el lunes y trabajo a 221 km de mi casa, tb di positivo 0´73
12/12/2008 20:47
Por los puntos no te preocupes pues al ser castigado por lo penal (retirada etc) no te pueden sancionar por lo administrativo.
10/12/2008 16:04
muchas gracias, si se que me quedare con antecedentes penales, pero ¿sabes cuando prescribe?.
y otra pregunta ¿me van a quitar puntos tb?. la verdad es que tengo mucho miedo.
10/12/2008 13:41
grave es, porque es un delito y tendrás antecedentes, con lo que eso implica.
10/12/2008 13:40
el abogado particular no creo que pueda hacer nada en este caso que no vaya a hacer el del turno (ojo, tienes que pedir justicia gratuita porque de lo contrario al del turno tendrás que pagarle de tu bolsillo).

antes se podían pelear los positivos, pero ahora pasando de 0,60 es delito, aunque traigas a 100 personas que digan que estabas en perfectas condiciones.

así que si no pasó nada raro en tu caso, lo más práctico es que te conformes con lo que te pida el fiscal para conseguir la rebaja de un tercio que dan a los que se conforman en juicio rápido, y que será retirada del carnet, multa (o prisión) y trabajos en beneficio de la comunidad.

Consejo: decir que tienes pocos ingresos para que la multa sea de tres o cuatro euros al día, y pedir el pago fraccionado.
Tasa de alcoholemia
10/12/2008 11:43
hola a todos, se que hay en este foro expertos abogados y policias que pueden informarme un poco.
este domingo saliendo de un bar de copas, me monte en el coche y arranque sin dar las luces, (entre el ocaso y el amanecer, las 07.00), la policia municipal me lo indico y les di las gracias pero procedieron a pararme me hicieron la prueba del alcohol dando 1,10, ellos no tenian para soplar a si que tuvimos que esperar a un compañero, despues ir a comisaria y esperar a que desde la guardia civil les mandasen documentación, con lo que sali con la cita para un juicio rapido mañana. Al principio me hablaron como si fuese algo de lo mas normal, vas te multan y te quitan el carne, luego me he enterado que es un juicio por lo penal, y mi duda es si es algo tan grave como para buscar un abogado, y preparar un defensa o ir quedarme con el de oficio, y asumir la multa. Nunca he tenido un incidente semejante, y sinceramente no se a que me enfrento.