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Tasación Pericial Contradictoria

6 Comentarios
 
Tasación pericial contradictoria
22/05/2014 11:44
Hola,después de leer otras consultas quisiera por favor me informasen como se calcula y sobre que valor el 20% ese que hablan en las tasaciones.Mi caso es que presentamos una tasación P.C, a la que me han contestado diciendo que he exigido un perito tercero y no es así yo lo que he hecho es presentar una T.P.C,que por lo que he leido aqui ya entiendo lo del tercero pq encima mi perito haciendo yo la multiplicación del valor comprobado que ponen ellos por el 0,90909 que dicen ustedes no me cuadra, ya que ellos dicen que el valor es de 389,762 euros y mi perito dice de 353,296.
Mi pregunta entonces por favor seria queda claro que mi perito en el calculo se ha equivocado no???, y ahora ese tercero como calcula y sobre cuanto tendre que pagar, pues me piden 6420 euros y esto no es normal despues de haber liquidado mi impuesto sobre 304.000 q fue lo que me costo la vivienda.Gracias y espero su aclaración.
25/05/2014 12:40
Buenos días:

Entre la tasación de tu perito y el de la administración hay una diferencia del 10,32% (superior al 10%: se calcula restando las dos tasaciones y dividendo el importe obtenido por el valor de tu perito y multiplicando por 100). En consecuencia, y en virtud de lo establecido en el artículo 135.2 de la Ley General Tributaria, se debe nombrar a un perito tercero.

Saludos
25/05/2014 18:44
Hola, gracias por contestarme, aunque no me queda todavia clara la cuestión del perito tercero pues estoy en ello ya que ahora que puede pasar??? se supone que he tenido que realizar un depósito de los honorarios para que se realice otra tasación y entonces como se aplica ese 20% y sobre que valores en esa otra tasación??? jo que lio.
Por dios que me aconsejan porque esto es telaaa la cuestión es que pagar y más pagarrr cuando se supone que uno ha liquidado todos los impuestos.
25/05/2014 21:25
Hola:

Muy facil: Tu has depositado los honorarios. Ahora el perito tercero hace la tasación: si una vez que la haga hay una diferencia de mas del 20% entre lo que tase el perito y lo que tu has declarado, el perito lo tienes que pagar tu: si es inferior al 20% lo paga Hacienda.

La tasación del perito tercero es la que se tiene en cuenta para la valoración (eso sí: tase lo que tase el perito 3º el límite superior de cara a la liquidación es la primera valoración que te hizo la Administración, y el límite inferior lo que tu declaraste en un dia.

Un saludo
27/05/2014 21:37
Hola., entonces según esto le haria el 20% a la valoración que hizo mi perita en este caso y se la sumo algo así sobre unos 360.000 euros, por lo que si la tasación de ese tercero es más de esa cantidad, los honorarios los pago yo y además
sobre esa tasación la administración hara la nueva liquidación no????, si fuese menos de eso la pagaria la administración ( digo los honorarios) y se haria tambien la nueva liquidación, claro si este fuese el caso lo que salga a pagar será algo menos, pero claro después de tantos despropositoss ya lo veo todo un poco negro.
Agradezco su información.
Un saludo
28/05/2014 23:12
Buenas tardes:

Vamos a ver: tu has declarado 304.000. Si el perito tercero lo tasa hasta en 364.800 (304.000 20%), el perito 3º lo paga Hacienda: si lo tasa en mas de ese importe, el perito lo pagas tu.

La valoración que haga el perito 3º sirve para que te hagan la nueva liquidación, pero dentro de la siguiente horquilla:
- tase lo que tase, como máximo la valoración puede ser de 389,762 (la valoración inicial de hacienda) y como mínimo 304.000.- (el importe que tu autoliquidaste).

Un saludo

Un saludo
03/06/2014 21:15
Holaaa
Queria agradecer su información y comentar que estoy a la espera del perito tercero y que espero que dicha tasación se ajuste a esos calculos y sea la Administración la que se haga cargo, peroooo sera mucho pedir.Lo dicho de nuevo Gracias.
Un saludo
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Tasación pericial contradictoria
22/05/2014 11:44
Hola,después de leer otras consultas quisiera por favor me informasen como se calcula y sobre que valor el 20% ese que hablan en las tasaciones.Mi caso es que presentamos una tasación P.C, a la que me han contestado diciendo que he exigido un perito tercero y no es así yo lo que he hecho es presentar una T.P.C,que por lo que he leido aqui ya entiendo lo del tercero pq encima mi perito haciendo yo la multiplicación del valor comprobado que ponen ellos por el 0,90909 que dicen ustedes no me cuadra, ya que ellos dicen que el valor es de 389,762 euros y mi perito dice de 353,296.
Mi pregunta entonces por favor seria queda claro que mi perito en el calculo se ha equivocado no???, y ahora ese tercero como calcula y sobre cuanto tendre que pagar, pues me piden 6420 euros y esto no es normal despues de haber liquidado mi impuesto sobre 304.000 q fue lo que me costo la vivienda.Gracias y espero su aclaración.
25/05/2014 12:40
Buenos días:

Entre la tasación de tu perito y el de la administración hay una diferencia del 10,32% (superior al 10%: se calcula restando las dos tasaciones y dividendo el importe obtenido por el valor de tu perito y multiplicando por 100). En consecuencia, y en virtud de lo establecido en el artículo 135.2 de la Ley General Tributaria, se debe nombrar a un perito tercero.

Saludos
25/05/2014 18:44
Hola, gracias por contestarme, aunque no me queda todavia clara la cuestión del perito tercero pues estoy en ello ya que ahora que puede pasar??? se supone que he tenido que realizar un depósito de los honorarios para que se realice otra tasación y entonces como se aplica ese 20% y sobre que valores en esa otra tasación??? jo que lio.
Por dios que me aconsejan porque esto es telaaa la cuestión es que pagar y más pagarrr cuando se supone que uno ha liquidado todos los impuestos.
25/05/2014 21:25
Hola:

Muy facil: Tu has depositado los honorarios. Ahora el perito tercero hace la tasación: si una vez que la haga hay una diferencia de mas del 20% entre lo que tase el perito y lo que tu has declarado, el perito lo tienes que pagar tu: si es inferior al 20% lo paga Hacienda.

La tasación del perito tercero es la que se tiene en cuenta para la valoración (eso sí: tase lo que tase el perito 3º el límite superior de cara a la liquidación es la primera valoración que te hizo la Administración, y el límite inferior lo que tu declaraste en un dia.

Un saludo
27/05/2014 21:37
Hola., entonces según esto le haria el 20% a la valoración que hizo mi perita en este caso y se la sumo algo así sobre unos 360.000 euros, por lo que si la tasación de ese tercero es más de esa cantidad, los honorarios los pago yo y además
sobre esa tasación la administración hara la nueva liquidación no????, si fuese menos de eso la pagaria la administración ( digo los honorarios) y se haria tambien la nueva liquidación, claro si este fuese el caso lo que salga a pagar será algo menos, pero claro después de tantos despropositoss ya lo veo todo un poco negro.
Agradezco su información.
Un saludo
28/05/2014 23:12
Buenas tardes:

Vamos a ver: tu has declarado 304.000. Si el perito tercero lo tasa hasta en 364.800 (304.000 20%), el perito 3º lo paga Hacienda: si lo tasa en mas de ese importe, el perito lo pagas tu.

La valoración que haga el perito 3º sirve para que te hagan la nueva liquidación, pero dentro de la siguiente horquilla:
- tase lo que tase, como máximo la valoración puede ser de 389,762 (la valoración inicial de hacienda) y como mínimo 304.000.- (el importe que tu autoliquidaste).

Un saludo

Un saludo
03/06/2014 21:15
Holaaa
Queria agradecer su información y comentar que estoy a la espera del perito tercero y que espero que dicha tasación se ajuste a esos calculos y sea la Administración la que se haga cargo, peroooo sera mucho pedir.Lo dicho de nuevo Gracias.
Un saludo