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Tejadillo y toldo en patio de luces

4 Comentarios
 
Tejadillo y toldo en patio de luces
12/06/2003 11:58
Hola amigos,

Rogaría que alguien me ayudase a no perder la esperanza. Os cuento mi tema.

Hace 30 años un vecino instaló un tejadillo en un patio interior donde todos los vecinos tendemos la ropa. Este vecino vive en un 1er piso y yo en el segundo. Dicho vecino tiene derecho a utilizar este patio que pertenece a la Comunidad de Vecinos pero no es propietario. Pues bien, como he dicho hace 30 años instaló un tejadillo sin permiso de la Comunidad de Propietarios que me impedia tender la ropa y durante este tiempo le rogamos que lo bajara y pasó de nosotros. Aprovechando una obra que se le quitó el tejadillo y le dijimos que no lo pusiera más a lo que se negó. Decidimos denunciarlo por la vía judicial y por el ayuntamiento. Por la vía judicial ganamos el juicio pero el apeló y por el ayuntamiento viniero y se lo quitaron, hasta ahí perfecto. El problema aparece cuando este tejadillo lo sustituye por un toldo que le ha dado permiso para instalarlo el ayuntamiento. Por la vía judicial seguimos después de 4 años esperando. Seguimos sin poder tender además de los problemas de suciedad acumulados. Ahora no sé si tendré que aguantar el toldo para siempre. No entiendo por qué el Ayuntamiento le ha dado permiso en algo que no es su finca y sin permiso de la Comunidad. En cuanto a la apelación no se si la intalación de un toldo cambia todo el proceso y tenemos que empezar de nuevo y seguir así durante 10 años o más aguantando.
El ayuntamiento se reitera con el permiso dado.

¿Tengo todo perdido? ¿Seguiré en juicio toda mi vida?

Muchas gracias,
13/06/2003 18:04
En principio, las licencias del Ayuntamiento se otorgan sin perjuicio del derecho de propiedad, es decir, que no juzga el derecho a poner el toldo, sino solo que administrativamente el toldo se puede poner. O lo que es lo mismo, que la licencia de obras no afecta a vuestros derechos como comuneros sobre el patio.

Respecto del toldo, depende de la Sentencia y como se pidiera pues no es lo mismo poner un tejado que un toldo. De todas formas dado que teneis un proceso abierto, lo mejor es que lo consultes con el abogado que os lleva el proceso.

Un saludo
16/06/2003 08:26
Muchas gracias Sergio por contestar. El problema es que el abogado no nos da muchas esperanzas ó creo que no lo sabe muy bien. Pero seguimos sin poder tender y el abogado nos dice que probablemente tengamos que empezar de nuevo y la justicia es tan lenta que hace que uno pierda la esperanza. ¿Sabes si hay alguna manera que en este proceso que tenemos abierto se pueda añadir lo del toldo o sería un nuevo proceso?
16/06/2003 17:41
Podeis pedir la ejecución provisional de la Sentencia. Tiene el incoveniente de que hay que prestar una caución ( por los daños que se causen si la Audiencia revoca la Sentencia ) pero es un procedimiento rápido ( depende del Juzgado ) en el cual se puede dioscutir si el toldo respeta o no los pronunciamientos de la Sentencia.

Otra cuestión es esperar a la Sentencia y pedirlo en el proceso de ejecución y en todo caso siempre se puede instar un nuevo juicio ( ahora, al menos en mi tierra y con la Ley nueva realmente si son mas rápidos ).

Un saludo
18/06/2003 10:20
Muchas gracias Sergio por tu ayuda y perdona no haberte podido responder antes pero he estado fuera.

Tejadillo y toldo en patio de luces | PorticoLegal
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Tejadillo y toldo en patio de luces

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Tejadillo y toldo en patio de luces
12/06/2003 11:58
Hola amigos,

Rogaría que alguien me ayudase a no perder la esperanza. Os cuento mi tema.

Hace 30 años un vecino instaló un tejadillo en un patio interior donde todos los vecinos tendemos la ropa. Este vecino vive en un 1er piso y yo en el segundo. Dicho vecino tiene derecho a utilizar este patio que pertenece a la Comunidad de Vecinos pero no es propietario. Pues bien, como he dicho hace 30 años instaló un tejadillo sin permiso de la Comunidad de Propietarios que me impedia tender la ropa y durante este tiempo le rogamos que lo bajara y pasó de nosotros. Aprovechando una obra que se le quitó el tejadillo y le dijimos que no lo pusiera más a lo que se negó. Decidimos denunciarlo por la vía judicial y por el ayuntamiento. Por la vía judicial ganamos el juicio pero el apeló y por el ayuntamiento viniero y se lo quitaron, hasta ahí perfecto. El problema aparece cuando este tejadillo lo sustituye por un toldo que le ha dado permiso para instalarlo el ayuntamiento. Por la vía judicial seguimos después de 4 años esperando. Seguimos sin poder tender además de los problemas de suciedad acumulados. Ahora no sé si tendré que aguantar el toldo para siempre. No entiendo por qué el Ayuntamiento le ha dado permiso en algo que no es su finca y sin permiso de la Comunidad. En cuanto a la apelación no se si la intalación de un toldo cambia todo el proceso y tenemos que empezar de nuevo y seguir así durante 10 años o más aguantando.
El ayuntamiento se reitera con el permiso dado.

¿Tengo todo perdido? ¿Seguiré en juicio toda mi vida?

Muchas gracias,
13/06/2003 18:04
En principio, las licencias del Ayuntamiento se otorgan sin perjuicio del derecho de propiedad, es decir, que no juzga el derecho a poner el toldo, sino solo que administrativamente el toldo se puede poner. O lo que es lo mismo, que la licencia de obras no afecta a vuestros derechos como comuneros sobre el patio.

Respecto del toldo, depende de la Sentencia y como se pidiera pues no es lo mismo poner un tejado que un toldo. De todas formas dado que teneis un proceso abierto, lo mejor es que lo consultes con el abogado que os lleva el proceso.

Un saludo
16/06/2003 08:26
Muchas gracias Sergio por contestar. El problema es que el abogado no nos da muchas esperanzas ó creo que no lo sabe muy bien. Pero seguimos sin poder tender y el abogado nos dice que probablemente tengamos que empezar de nuevo y la justicia es tan lenta que hace que uno pierda la esperanza. ¿Sabes si hay alguna manera que en este proceso que tenemos abierto se pueda añadir lo del toldo o sería un nuevo proceso?
16/06/2003 17:41
Podeis pedir la ejecución provisional de la Sentencia. Tiene el incoveniente de que hay que prestar una caución ( por los daños que se causen si la Audiencia revoca la Sentencia ) pero es un procedimiento rápido ( depende del Juzgado ) en el cual se puede dioscutir si el toldo respeta o no los pronunciamientos de la Sentencia.

Otra cuestión es esperar a la Sentencia y pedirlo en el proceso de ejecución y en todo caso siempre se puede instar un nuevo juicio ( ahora, al menos en mi tierra y con la Ley nueva realmente si son mas rápidos ).

Un saludo
18/06/2003 10:20
Muchas gracias Sergio por tu ayuda y perdona no haberte podido responder antes pero he estado fuera.