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tendederos

4 Comentarios
 
Tendederos
10/03/2009 14:11
En nuestra comunidad los tendederos en los patios interiores llevan puestos mas de nueve años, nunca se aprobó en junta de propietarios, ahora una propietaria que su piso no da hacia el patio interior, ha colgado un tendedero hacia la calle, el presidente le comentó que ahi no podia colocar un tendedero, a lo que esta sra argumenta que si le denuncian por esto, ella denunciará que en los patios interiores tambien hay que retirarlos,
Tiene razón?
que podemos hacer?
Bajo mi punto de vista, en el patio interior no causa ningun tipo de problema, pero en la fachada si se hace por cada uno de los propietarios esto parecerá chavolismo.
10/03/2009 20:51
el tendedero a un patio no es ningun problema. en cuanto a los de fachada si no lo teneis recogido en los estatutos de la comunidad, acogeros a las normas de vuestra ciudad o comunidad, si esta tiene una norma al respecto plantear una queja a vuestro ayuntamiento para que ellos actuen al respecto.
10/03/2009 23:17
Porq dices q el tendedero en patio interior no es problema, en que te basas? a esta sra hay que darle una respuesta con base juridica, ella se mantiene en que para poner un tendedero en patio interior, al ser comunitario, necesita la aprobación por unanimidad de la junta de propietarios-
11/03/2009 00:01
pocos ayuntamientos tienen normas acerca de los tendederos de patios interiores, con lo que su decision corresponde a la comunidad ,al no estar aprobado en junta de propietarios , se puede alegar que fueron colocados de forma tácita con la unanimidad de sus propietarios hace 9 años, respetando normas de colocacion y de civismo para no causar perjuicios a los vecinos de las plantas inferiores. En cambio si existen normas restrictivas acerca de tendederos en fachadas, sacudida de alfombras y demas.
13/03/2009 09:05
Ya me he informado en el Ayuntamiento, la ley es de Convivencia Ciudadana, pero leyendola me viene una duda, ya que está prohibido tender hacia la via pública, y es cierto que esta sra tiende en la fachada, pero ese lado del edificio da hacia el parque trasero, que es privado, creo que esto no sería via pública o si?
tendederos | PorticoLegal
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Tendederos
10/03/2009 14:11
En nuestra comunidad los tendederos en los patios interiores llevan puestos mas de nueve años, nunca se aprobó en junta de propietarios, ahora una propietaria que su piso no da hacia el patio interior, ha colgado un tendedero hacia la calle, el presidente le comentó que ahi no podia colocar un tendedero, a lo que esta sra argumenta que si le denuncian por esto, ella denunciará que en los patios interiores tambien hay que retirarlos,
Tiene razón?
que podemos hacer?
Bajo mi punto de vista, en el patio interior no causa ningun tipo de problema, pero en la fachada si se hace por cada uno de los propietarios esto parecerá chavolismo.
10/03/2009 20:51
el tendedero a un patio no es ningun problema. en cuanto a los de fachada si no lo teneis recogido en los estatutos de la comunidad, acogeros a las normas de vuestra ciudad o comunidad, si esta tiene una norma al respecto plantear una queja a vuestro ayuntamiento para que ellos actuen al respecto.
10/03/2009 23:17
Porq dices q el tendedero en patio interior no es problema, en que te basas? a esta sra hay que darle una respuesta con base juridica, ella se mantiene en que para poner un tendedero en patio interior, al ser comunitario, necesita la aprobación por unanimidad de la junta de propietarios-
11/03/2009 00:01
pocos ayuntamientos tienen normas acerca de los tendederos de patios interiores, con lo que su decision corresponde a la comunidad ,al no estar aprobado en junta de propietarios , se puede alegar que fueron colocados de forma tácita con la unanimidad de sus propietarios hace 9 años, respetando normas de colocacion y de civismo para no causar perjuicios a los vecinos de las plantas inferiores. En cambio si existen normas restrictivas acerca de tendederos en fachadas, sacudida de alfombras y demas.
13/03/2009 09:05
Ya me he informado en el Ayuntamiento, la ley es de Convivencia Ciudadana, pero leyendola me viene una duda, ya que está prohibido tender hacia la via pública, y es cierto que esta sra tiende en la fachada, pero ese lado del edificio da hacia el parque trasero, que es privado, creo que esto no sería via pública o si?