Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

tendederos

3 Comentarios
 
Tendederos
08/12/2010 14:10
vivo en una planta baja, y la vecina a puesto tendederos a la altura de 1,20 y 1,80 cm, estos dan a un patio comunitario abierto a la calle, el patio es de tierra con sus aceras, y estos tendederos cuando estan abiertos te obligan a bajar a la tierra, todos los demas los tienen a 2 metros. Esto es legal, que puedo hacer. GRACIAS
El tema de los tendederos tendria que ver si hay algun tipo de ordenanza municipal que lo regule, en cada localidad suele haber y no son iguales en todas.
Tambien habria que ver si esta regulado en la division horizontal y en los estatutos.
Si no hay nada de todo esto tendria que llevarlo a junta y votar su regulacion, a veces si llevan mas de un año instalados se considera consentimiento tacito de la comunidad.

Un saludo
13/12/2010 11:02
Si no ha habido un acuerdo en Junta que se haya registrado en el Registro de la Propiedad, no hay caducidad para replantear el tema.
13/12/2010 21:48
No se ha aprobado en junta, los ha puesto por que le da" la gana @
tendederos | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

tendederos

3 Comentarios
 
Tendederos
08/12/2010 14:10
vivo en una planta baja, y la vecina a puesto tendederos a la altura de 1,20 y 1,80 cm, estos dan a un patio comunitario abierto a la calle, el patio es de tierra con sus aceras, y estos tendederos cuando estan abiertos te obligan a bajar a la tierra, todos los demas los tienen a 2 metros. Esto es legal, que puedo hacer. GRACIAS
El tema de los tendederos tendria que ver si hay algun tipo de ordenanza municipal que lo regule, en cada localidad suele haber y no son iguales en todas.
Tambien habria que ver si esta regulado en la division horizontal y en los estatutos.
Si no hay nada de todo esto tendria que llevarlo a junta y votar su regulacion, a veces si llevan mas de un año instalados se considera consentimiento tacito de la comunidad.

Un saludo
13/12/2010 11:02
Si no ha habido un acuerdo en Junta que se haya registrado en el Registro de la Propiedad, no hay caducidad para replantear el tema.
13/12/2010 21:48
No se ha aprobado en junta, los ha puesto por que le da" la gana @