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Tender en balcones y tirar porquería a terraza como actuar?

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Tender en balcones y tirar porquería a terraza como actuar?
24/04/2009 11:19
Hola a todos, tengo un piso con terraza (por motivos de salud no vivo en el), pero cuando voy una vez por semana para controlar todo un poco, me encuentro que la terraza esta llena de pinzas de la ropa, colillas de cigarrillo, papeles, plástico de yogures,zumos y un sin fin de cosas, lo he dicho al presidente y me ha direccionado a la gestora que lleva todo, se lo he comunicado a ellos y me han dicho que no pueden hacer nada y que incluso han ido al ayuntamiento y no hay ley que prohiba eso!!!!! he puesto un letrero en el tablero de la escalera y ya no se que he de hacer mas ni donde acudir. Pregunte por los estatutos y me dijeron que todos eran iguales pero no me los daban asi como las facturas de las reparaciones que ellos tramitan, (gracias a este foro encontré una persona que preguntaba por un esbozo de estatutos y alguien le puso el básico, y sí habla del tema que me ocupa a mi ....
"ARTÍCULO 10.- PROHIBICIONES
Queda totalmente prohibido:

3º.- Colocar tiestos en las ventanas, en la parte exterior de éstas.

4º.- Muy especialmente queda terminantemente prohibido tender ropa en las terrazas o ventanas de forma que pueda ser vista desde el exterior.

5º.- Desarrollar actividades que resulten dañosas para el edificio o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, inmorales o ilícitas.

6º.- Arrojar polvo, basuras, desperdicios o cigarrillos a los patios interiores de la finca. "

y sobre el articulo 4º tengo dudas, el edificio dispone de balcón y cada uno de ellos en su trastero una terraza, la parte de la que hablo no da a ninguna carretera ni avenida, pero si es visible la ropa desde el parque infantil, espacio para los canes, y zona de paso tanto de peatones como vehículos, y ahí esta mi duda ¿eso se considera lo expuesto en dicho articulo 4º?
En verano si estamos en la terraza sentados, no tienen ningún inconveniente en tirar botellas de agua vacías colillas etc. lo que puede suponer un peligro para los críos que juegan en la terraza o a uno de nosotros, lo que tambien entraría en el articulo 5º ¿o no?.
Disculpar tanto escrito pero estoy perdida pues no se donde acudir ni ir directamente a el-los pisos pues solo veo los que tienen ropa tendida pero cuando tiran no puedo ver de que piso proviene, si me pudierais orientar sobre leyes o entidades donde acudir (por ultimo dejaría la parte denuncias) soy de la opinión que si hay leyes son para cumplirlas sin más.
Agradezco de antemano si me pueden sacar de dudas.
un saludo

Tender en balcones y tirar porquería a terraza como actuar? | PorticoLegal
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Tender en balcones y tirar porquería a terraza como actuar?
24/04/2009 11:19
Hola a todos, tengo un piso con terraza (por motivos de salud no vivo en el), pero cuando voy una vez por semana para controlar todo un poco, me encuentro que la terraza esta llena de pinzas de la ropa, colillas de cigarrillo, papeles, plástico de yogures,zumos y un sin fin de cosas, lo he dicho al presidente y me ha direccionado a la gestora que lleva todo, se lo he comunicado a ellos y me han dicho que no pueden hacer nada y que incluso han ido al ayuntamiento y no hay ley que prohiba eso!!!!! he puesto un letrero en el tablero de la escalera y ya no se que he de hacer mas ni donde acudir. Pregunte por los estatutos y me dijeron que todos eran iguales pero no me los daban asi como las facturas de las reparaciones que ellos tramitan, (gracias a este foro encontré una persona que preguntaba por un esbozo de estatutos y alguien le puso el básico, y sí habla del tema que me ocupa a mi ....
"ARTÍCULO 10.- PROHIBICIONES
Queda totalmente prohibido:

3º.- Colocar tiestos en las ventanas, en la parte exterior de éstas.

4º.- Muy especialmente queda terminantemente prohibido tender ropa en las terrazas o ventanas de forma que pueda ser vista desde el exterior.

5º.- Desarrollar actividades que resulten dañosas para el edificio o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, inmorales o ilícitas.

6º.- Arrojar polvo, basuras, desperdicios o cigarrillos a los patios interiores de la finca. "

y sobre el articulo 4º tengo dudas, el edificio dispone de balcón y cada uno de ellos en su trastero una terraza, la parte de la que hablo no da a ninguna carretera ni avenida, pero si es visible la ropa desde el parque infantil, espacio para los canes, y zona de paso tanto de peatones como vehículos, y ahí esta mi duda ¿eso se considera lo expuesto en dicho articulo 4º?
En verano si estamos en la terraza sentados, no tienen ningún inconveniente en tirar botellas de agua vacías colillas etc. lo que puede suponer un peligro para los críos que juegan en la terraza o a uno de nosotros, lo que tambien entraría en el articulo 5º ¿o no?.
Disculpar tanto escrito pero estoy perdida pues no se donde acudir ni ir directamente a el-los pisos pues solo veo los que tienen ropa tendida pero cuando tiran no puedo ver de que piso proviene, si me pudierais orientar sobre leyes o entidades donde acudir (por ultimo dejaría la parte denuncias) soy de la opinión que si hay leyes son para cumplirlas sin más.
Agradezco de antemano si me pueden sacar de dudas.
un saludo