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Tengo sentencia y ahora que hago

1 Comentarios
 
Tengo sentencia y ahora que hago
02/06/2014 10:26
Buenos días,
Contrate un curso para unas oposiciones a correos que nunca se convocaron, el tema es que deje de pagar los recibos y tuve un juicio monitorio, me sentenciaron a pagar las cuotas restantes mas intereses y costas del juicio.
Ahora que tengo que hacer?
Me notifican algo más?
Tengo que ir yo al juzgado?
Tengo que llamar a la empresa del curso?
Han pasado 10 dias desde que recibi la sentencia y no se que hacer.
Muchas gracias
02/06/2014 16:47
Hola
Si tienes una sentencia, tienes 20 día para pagar todo lo que indica. si no sabes los intereses y costas pregunta en el juzgado.
Te hará falta un número de cuenta, así que ve al juzgado y di que quieres pagar la sentencia, ahí te darán el número de cuenta, y si es posible te harán la liquidación al menos de los intereses.
Si pasan los 20 días sin pagar no pasa nada, puedes pagar en cualquier momento (lo único que aumentarán los intereses). La sentencia caduca en 5 años. En estos 5 años la otra parte debe de pedir la ejecución de la sentencia, si la solicita, te embargaran, (nóminas, cuentas, devoluciones de hacienda, etc). Si no la pide, a los 5 años caduca y ya no pueden reclamar nada.
Suerte!
Tengo sentencia y ahora que hago | PorticoLegal
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Tengo sentencia y ahora que hago
02/06/2014 10:26
Buenos días,
Contrate un curso para unas oposiciones a correos que nunca se convocaron, el tema es que deje de pagar los recibos y tuve un juicio monitorio, me sentenciaron a pagar las cuotas restantes mas intereses y costas del juicio.
Ahora que tengo que hacer?
Me notifican algo más?
Tengo que ir yo al juzgado?
Tengo que llamar a la empresa del curso?
Han pasado 10 dias desde que recibi la sentencia y no se que hacer.
Muchas gracias
02/06/2014 16:47
Hola
Si tienes una sentencia, tienes 20 día para pagar todo lo que indica. si no sabes los intereses y costas pregunta en el juzgado.
Te hará falta un número de cuenta, así que ve al juzgado y di que quieres pagar la sentencia, ahí te darán el número de cuenta, y si es posible te harán la liquidación al menos de los intereses.
Si pasan los 20 días sin pagar no pasa nada, puedes pagar en cualquier momento (lo único que aumentarán los intereses). La sentencia caduca en 5 años. En estos 5 años la otra parte debe de pedir la ejecución de la sentencia, si la solicita, te embargaran, (nóminas, cuentas, devoluciones de hacienda, etc). Si no la pide, a los 5 años caduca y ya no pueden reclamar nada.
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