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las vacaciones; trabajo a turnos

3 Comentarios
 
Las vacaciones; trabajo a turnos
29/10/2020 16:12
Buenas tardes

Trabajo a turnos 24x7. En mi contrato me especifica que tengo que coger las vacaciones en días laborales. Este año tengo cogidos del 28 de diciembre al 31 de diciembre de vacaciones. Mi
pregunta es: ¿me puede poner a trabajar la empresa el 1 de enero viernes (festivo), el 2 de enero sabado y el 3 de enero domingo?

Como nota en los turnos 24x7 se consideran laborales de lunes a domingo y los festivos. Las personas que cogemos las vacaciones en días laborales (22) nos contabilizan de lunes a viernes y no perdemos ni el sabado ni el domingo ni los festivos.


Un saludo y gracias
29/10/2020 17:14
Si tiene vacaciones del 28 al 31, salvo que el 31 estuviera en turno de noches, el día 1 ya podría trabajar, todo esto dependerá del cuadrante de turnos rotatorios que tenga.
Los trabajadores con turnos establecidos, (aunque las vacaciones sean en días laborales), al trabajar Sábados, Domingos y festivos sus vacaciones están limitadas a los días que correspondan las vacaciones, entiendo su lógica que al ser días hábiles hasta el primer día hábil no tendría que comenzar a trabajar y por eso dejo esos 3 días de vacaciones pero usted tan tiene que tener claro que sus vacaciones cubren con días hábiles, su parte de descanso así que no puede tener 3 días de vacaciones sin contabilizar tb los festivos, por otra parte, al tratarse de un 24 x 7 trabaja usted de lunes a domingo con los descansos que luego correspondan.
Esto pasa por dejarles coger las vacaciones en partes, de esta forma según usted cada vez que haya un puente cogería usted vacaciones de La a J y tendría hasta el lunes o el martes de la sem SS de descanso, es decir utilizaría usted 22 días de vacaciones y si los utiliza de puntes serían 44 días naturales, 22 días hábiles don 30 o 31 días naturales.
smo
29/10/2020 17:44
Jamgrrhh28
Buenas tardes

Discrepo con la respuesta. En el año 2016 yo cogi vacaciones del 1 (lunes) al 14 (domingo) de agosto. El lunes 15 de agosto yo no lo pedi como vacaciones y me tocaba trabajar antes de elegir las vacaciones y el 15 de agosto me lo pusieron como vacaciones y me incorporé el día 16 de agosto.
29/10/2020 22:20
NoeliaS
Pues como ve el ej es claro, usted quiere el embudo por la parte ancha y no es posible las vacaciones deben contabilizar hasta el primer día hábil que es su caso sería el 16 de Agosto, así que discrepe lo que quiera.
smo
las vacaciones; trabajo a turnos | PorticoLegal
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Las vacaciones; trabajo a turnos
29/10/2020 16:12
Buenas tardes

Trabajo a turnos 24x7. En mi contrato me especifica que tengo que coger las vacaciones en días laborales. Este año tengo cogidos del 28 de diciembre al 31 de diciembre de vacaciones. Mi
pregunta es: ¿me puede poner a trabajar la empresa el 1 de enero viernes (festivo), el 2 de enero sabado y el 3 de enero domingo?

Como nota en los turnos 24x7 se consideran laborales de lunes a domingo y los festivos. Las personas que cogemos las vacaciones en días laborales (22) nos contabilizan de lunes a viernes y no perdemos ni el sabado ni el domingo ni los festivos.


Un saludo y gracias
29/10/2020 17:14
Si tiene vacaciones del 28 al 31, salvo que el 31 estuviera en turno de noches, el día 1 ya podría trabajar, todo esto dependerá del cuadrante de turnos rotatorios que tenga.
Los trabajadores con turnos establecidos, (aunque las vacaciones sean en días laborales), al trabajar Sábados, Domingos y festivos sus vacaciones están limitadas a los días que correspondan las vacaciones, entiendo su lógica que al ser días hábiles hasta el primer día hábil no tendría que comenzar a trabajar y por eso dejo esos 3 días de vacaciones pero usted tan tiene que tener claro que sus vacaciones cubren con días hábiles, su parte de descanso así que no puede tener 3 días de vacaciones sin contabilizar tb los festivos, por otra parte, al tratarse de un 24 x 7 trabaja usted de lunes a domingo con los descansos que luego correspondan.
Esto pasa por dejarles coger las vacaciones en partes, de esta forma según usted cada vez que haya un puente cogería usted vacaciones de La a J y tendría hasta el lunes o el martes de la sem SS de descanso, es decir utilizaría usted 22 días de vacaciones y si los utiliza de puntes serían 44 días naturales, 22 días hábiles don 30 o 31 días naturales.
smo
29/10/2020 17:44
Jamgrrhh28
Buenas tardes

Discrepo con la respuesta. En el año 2016 yo cogi vacaciones del 1 (lunes) al 14 (domingo) de agosto. El lunes 15 de agosto yo no lo pedi como vacaciones y me tocaba trabajar antes de elegir las vacaciones y el 15 de agosto me lo pusieron como vacaciones y me incorporé el día 16 de agosto.
29/10/2020 22:20
NoeliaS
Pues como ve el ej es claro, usted quiere el embudo por la parte ancha y no es posible las vacaciones deben contabilizar hasta el primer día hábil que es su caso sería el 16 de Agosto, así que discrepe lo que quiera.
smo