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terminación arrandamiento local

5 Comentarios
 
19/03/2014 14:33
Para AR.abogada:

Agradecería que me ampliaras tu opinión, respecto a lo planteado el 07/03/2014.
Gracias.
13/03/2014 12:43
¿Alguna otra opinión?.
08/03/2014 11:43
Para AR.abogada:

Te agradezco tu anterior respuesta y te agradecería que la completaras con estos dos casos que he expuesto. Gracias.
07/03/2014 14:04
Gracias por la respuesta.

En un caso, es una sucursal bancaria.

En otro caso, una abacería actualmente dedicado a ferretería.
05/03/2014 11:48
Depende. Si en el local se ha estado desarrollando una actividad comercial sí. De lo contrario, existen otros plazos de extinción.

Puede consultarlo en la disposición transitoria tercera la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Terminación arrandamiento local
03/03/2014 13:02
Local arrendado en el año 1965.
De acuerdo con la LAU 1994, a los 20 años queda extinguido el contrato de arrendamiento, por lo que el mismo terminará el 31-12-2014.
¿Es correcto esto?.
De serlo, se puede comunicar al inquilino son 2 meses de antelación.
terminación arrandamiento local | PorticoLegal
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terminación arrandamiento local

5 Comentarios
 
19/03/2014 14:33
Para AR.abogada:

Agradecería que me ampliaras tu opinión, respecto a lo planteado el 07/03/2014.
Gracias.
13/03/2014 12:43
¿Alguna otra opinión?.
08/03/2014 11:43
Para AR.abogada:

Te agradezco tu anterior respuesta y te agradecería que la completaras con estos dos casos que he expuesto. Gracias.
07/03/2014 14:04
Gracias por la respuesta.

En un caso, es una sucursal bancaria.

En otro caso, una abacería actualmente dedicado a ferretería.
05/03/2014 11:48
Depende. Si en el local se ha estado desarrollando una actividad comercial sí. De lo contrario, existen otros plazos de extinción.

Puede consultarlo en la disposición transitoria tercera la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Terminación arrandamiento local
03/03/2014 13:02
Local arrendado en el año 1965.
De acuerdo con la LAU 1994, a los 20 años queda extinguido el contrato de arrendamiento, por lo que el mismo terminará el 31-12-2014.
¿Es correcto esto?.
De serlo, se puede comunicar al inquilino son 2 meses de antelación.