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Terreno urbano urbanizable: pendiente de junta de compensación

1 Comentarios
 
Terreno urbano urbanizable: pendiente de junta de compensación
31/10/2020 18:02
Adquirimos un terreno urbano urbanizable, pero no sabíamos que estaba pendiente de junta de compensación, que parece que no llegara nunca porque hace más de 6 años que están así (por eso lo vendieron supongo). Son 600 metros y nos han dado permiso de vallado. Queremos poner una carta de madera de 3*3, para los niños y nos dicen que no podemos colocar nada de nada. No nos sirve el terreno para nada.
!podemos colocar la caseta ya que no se tratara de vivienda alguna? . Sólo queríamos tener su cabaña y en un futuro una piscina desmontable.
Muchas gracias por su ayuda. El terreno está en Sa Pobla, Mallorca
31/10/2020 21:01
En suelo urbanizable, que no urbano, pendiente de desarrollo el uso permitido es el propio sel suelo rústico.

Si el ayuntamiento no autoriza la instalación y entiendes tener derecho a ello, puedes recurrir la desestimación.
Terreno urbano urbanizable: pendiente de junta de compensación | PorticoLegal
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Terreno urbano urbanizable: pendiente de junta de compensación

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Terreno urbano urbanizable: pendiente de junta de compensación
31/10/2020 18:02
Adquirimos un terreno urbano urbanizable, pero no sabíamos que estaba pendiente de junta de compensación, que parece que no llegara nunca porque hace más de 6 años que están así (por eso lo vendieron supongo). Son 600 metros y nos han dado permiso de vallado. Queremos poner una carta de madera de 3*3, para los niños y nos dicen que no podemos colocar nada de nada. No nos sirve el terreno para nada.
!podemos colocar la caseta ya que no se tratara de vivienda alguna? . Sólo queríamos tener su cabaña y en un futuro una piscina desmontable.
Muchas gracias por su ayuda. El terreno está en Sa Pobla, Mallorca
31/10/2020 21:01
En suelo urbanizable, que no urbano, pendiente de desarrollo el uso permitido es el propio sel suelo rústico.

Si el ayuntamiento no autoriza la instalación y entiendes tener derecho a ello, puedes recurrir la desestimación.