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Testamento abierto

2 Comentarios
 
09/01/2018 19:21
Aio32
Es cuestión de hablar con el medico que la trata y que te certifique si en el momento de la firma esa persona estaba en plenas facultades para testar o no. Lo que lo de los notarios va a misa es cierto hasta que un medico se mete de por medio. Cuando el notario se presenta en el hospital lo primero que debe hacer es hablar con el servicio medico pues aunque el notario puede tener cierta capacidad de decisión el medico conoce exactamente las capacidades del enfermo y si la medicación suministrada le impide o no expresar con claridad su voluntad.
09/01/2018 15:55
Aio32
"Desde el punto de vista neurológico no presenta complicaciones aunque tampoco mejoría clínica, presentando al alta situación similar que al ingreso (mutismo y hemiplejía Dcha). "

No soy médico y debería decir un médico si con esto se está en plenas facultades mentales, pero yo por lo que leo diría que sí (sin complicaciones neurológicas salvo mutismo, es decir, no habla, y hemiplejía, es decir, no puede moverse; en ningún caso se dice que no se entere ni haya perdido la capadidad de juicio), así que no veo personalmente ningún problema, pero repito, no soy médico.
El notario puede desplazarse al hospital, a domicilio, firmarse en la notaría o subidos a un pino.
Testamento abierto
09/01/2018 11:20
Buenos días. Voy a explicar un caso de testamento producido en mi entorno y del que me gustaría me dieran su opinión legal al respecto.
Una persona ingresa en el hospital y presenta esta evolución médica:
- Exploración Neurológica: Consciente. Afasia global, no comprende órdenes sencillas, no emite sonidos.
Pares craneales: Desviación conjugada de la mirada hacia la izquierda. Fija la mirada en el explorador.

Ausencia de reflejo de amenaza en lado derecho. Reflejos Oculovestibulares conservados. Pupilas isocóricas y
normorreactivas. Paresia facial derecha superior e inferior. Hemiplejía flácida braquio-crural derecha. Gesto de
dolor al estímulo nociceptivo en pierna derecha. NIHSS: 26

Evolución
Durante su estancia la pcte precisa ajuste de tto antihipertensivo por fluctuaciones con hipo e hiperTA, así
como del tto antidiabético por tendencia a hiperglucemias. .
Desde el punto de vista neurológico no presenta complicaciones aunque tampoco mejoría clínica, presentando
al alta situación similar que al ingreso (mutismo y hemiplejía Dcha).
Ha precisado tto antibiótico por neumonía aspirativa con buena evolución. Se inicia así mismo tto antifúngico
en zona perianal.
Juicio Clínico
- Ictus Isquémico agudo Hemisférico izquierdo de origen Indeterminado.
Durante los días de ingreso se persona en la habitación un notario con dos testigos y redacta un testamento en el que encuentro ciertas frases que no me cuadran con la ley:
Intervienen como testigos instrumentales a los
efectos previstos en, el Reglamento Notarial por imposibilidad de firma de la testadora: ------------------

Pregunta. - ¿y para el resto de los sentidos? Sigo….
Le identifico por su reseñado documento y tiene, a
mi juicio, la capacidad legal necesaria para testar,
de lo que doy fe. -----------------------------------
DECLARA ----------------------------
Así lo dice, otorga y firma la testadora. -------

Advertida del derecho que tiene a leer por sí este testamento, se lo leo en alta voz por su elección y
se ratifica en su contenido, manifestando ser su libre y deliberada voluntad, que ha sido debidamente informada.

Pregunta. - ¿Era necesario que el notario fuera al hospital o lo podía hacer en casa? Y la segunda pregunta no menos clara: ¿Qué declara si no puede hablar?

Para acabar, el remate final:

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica
15/1.999, la compareciente queda informada y acepta
la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados existentes en esta Notaría, donde se conservarán con carácter confidencial, sin perjuicio de las
remisiones y comunicaciones de obligado cumplimiento.
y yo, el Notario, doy fe de adecuarse a la legalidad, haberse observado todas las solemnidades legales prevenidas en un solo acto y de todo lo demás con-
tenido en este instrumento público, extendido en dos
folios del timbre provincial de --------, el presente y
el siguiente.

Permitidme que me guarde mis opiniones porque no soy conocedor de la ley, pero toda mi vida he considerado que el escrito de un notario va a misa.

Un saludo




Aio32
Testamento abierto | PorticoLegal
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09/01/2018 19:21
Aio32
Es cuestión de hablar con el medico que la trata y que te certifique si en el momento de la firma esa persona estaba en plenas facultades para testar o no. Lo que lo de los notarios va a misa es cierto hasta que un medico se mete de por medio. Cuando el notario se presenta en el hospital lo primero que debe hacer es hablar con el servicio medico pues aunque el notario puede tener cierta capacidad de decisión el medico conoce exactamente las capacidades del enfermo y si la medicación suministrada le impide o no expresar con claridad su voluntad.
09/01/2018 15:55
Aio32
"Desde el punto de vista neurológico no presenta complicaciones aunque tampoco mejoría clínica, presentando al alta situación similar que al ingreso (mutismo y hemiplejía Dcha). "

No soy médico y debería decir un médico si con esto se está en plenas facultades mentales, pero yo por lo que leo diría que sí (sin complicaciones neurológicas salvo mutismo, es decir, no habla, y hemiplejía, es decir, no puede moverse; en ningún caso se dice que no se entere ni haya perdido la capadidad de juicio), así que no veo personalmente ningún problema, pero repito, no soy médico.
El notario puede desplazarse al hospital, a domicilio, firmarse en la notaría o subidos a un pino.
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Buenos días. Voy a explicar un caso de testamento producido en mi entorno y del que me gustaría me dieran su opinión legal al respecto.
Una persona ingresa en el hospital y presenta esta evolución médica:
- Exploración Neurológica: Consciente. Afasia global, no comprende órdenes sencillas, no emite sonidos.
Pares craneales: Desviación conjugada de la mirada hacia la izquierda. Fija la mirada en el explorador.

Ausencia de reflejo de amenaza en lado derecho. Reflejos Oculovestibulares conservados. Pupilas isocóricas y
normorreactivas. Paresia facial derecha superior e inferior. Hemiplejía flácida braquio-crural derecha. Gesto de
dolor al estímulo nociceptivo en pierna derecha. NIHSS: 26

Evolución
Durante su estancia la pcte precisa ajuste de tto antihipertensivo por fluctuaciones con hipo e hiperTA, así
como del tto antidiabético por tendencia a hiperglucemias. .
Desde el punto de vista neurológico no presenta complicaciones aunque tampoco mejoría clínica, presentando
al alta situación similar que al ingreso (mutismo y hemiplejía Dcha).
Ha precisado tto antibiótico por neumonía aspirativa con buena evolución. Se inicia así mismo tto antifúngico
en zona perianal.
Juicio Clínico
- Ictus Isquémico agudo Hemisférico izquierdo de origen Indeterminado.
Durante los días de ingreso se persona en la habitación un notario con dos testigos y redacta un testamento en el que encuentro ciertas frases que no me cuadran con la ley:
Intervienen como testigos instrumentales a los
efectos previstos en, el Reglamento Notarial por imposibilidad de firma de la testadora: ------------------

Pregunta. - ¿y para el resto de los sentidos? Sigo….
Le identifico por su reseñado documento y tiene, a
mi juicio, la capacidad legal necesaria para testar,
de lo que doy fe. -----------------------------------
DECLARA ----------------------------
Así lo dice, otorga y firma la testadora. -------

Advertida del derecho que tiene a leer por sí este testamento, se lo leo en alta voz por su elección y
se ratifica en su contenido, manifestando ser su libre y deliberada voluntad, que ha sido debidamente informada.

Pregunta. - ¿Era necesario que el notario fuera al hospital o lo podía hacer en casa? Y la segunda pregunta no menos clara: ¿Qué declara si no puede hablar?

Para acabar, el remate final:

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica
15/1.999, la compareciente queda informada y acepta
la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados existentes en esta Notaría, donde se conservarán con carácter confidencial, sin perjuicio de las
remisiones y comunicaciones de obligado cumplimiento.
y yo, el Notario, doy fe de adecuarse a la legalidad, haberse observado todas las solemnidades legales prevenidas en un solo acto y de todo lo demás con-
tenido en este instrumento público, extendido en dos
folios del timbre provincial de --------, el presente y
el siguiente.

Permitidme que me guarde mis opiniones porque no soy conocedor de la ley, pero toda mi vida he considerado que el escrito de un notario va a misa.

Un saludo




Aio32