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Testamento con bienes de ambos cónyuges

3 Comentarios
 
Testamento con bienes de ambos cónyuges
27/11/2017 22:09
Hola, soy de Baleares. Mi abuelo hizo testamento en el 64 donde ponía que "de común acuerdo con su esposa se formaba un cúmulo con los bienes de ambos para evitar excesiva parcelación de las fincas". Mi primera pregunta es si aun estando en este testamento,¿ los bienes que sólo eran de mi abuela se aceptaron en herencia cuando murió ella o cuándo murió él? Hay un error en el registro y para solventarlo necesito saber cuándo se hizo la aceptación de una finca. Mi siguiente pregunta es, en caso de no saber la fecha de cuándo se aceptó una herencia, ¿hay alguna manera de saberlo para poder pedir al notario la escritura?
Muchas gracias.
29/11/2017 09:40
Marinaross
Los bienes que solo eran de tu abuela se tuvieron que aceptar cuando se aceptase la herencia de ella, esto es, a su fallecimiento...
01/12/2017 12:12
Marinaross
Hola tengo un testamento de una persona que expresa en su segunda cláusula que " Lega a su esposa el usufructo vitalicio y sin fianza de la totalidad de los bienes que formen su herencia, aplicándose este legado primero en pago de la cuota viudal e imputándose el exceso al tercio de libre disposición. Si alguno de sus herederos reclamara su legítima, se entenderá reducida a su legítima estricta, acreciendo el exceso a los que se conformaran, y si todos la reclamarán, el testador lega a su esposa el tercio de libre disposición en pleno dominio y la cuota legal usufructaria" y la verdad es que no se muy bien como interpretarla,instituye a los dos hijos herederos por mitades en igualdad de condiciones pero no se muy bien que pretendía con esta clausula con respecto de su esposa.
03/12/2017 17:32
Fanegas
Pues lo que pretendía era protegerla. Lo dice claramente, que le lega el USUFRUCTO UNIVERSAL. Los hijos serán propietarios a partes iguales, pero no pueden utilizar los bienes hasta el fallecimiento de la esposa de su padre, ya que ella tiene el uso y el fruto.
Si uno de los dos hijos no estuviera de acuerdo, por supuesto tiene derecho a reclamar la propiedad en pleno dominio del tercio de legitima (entre dos), con lo cual tendría un sexto. Pero su hermano, que no se ha opuesto a la voluntad de su padre, se quedaría con los otros cinco sextos.
Es una clausula muy común entre matrimonios.
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Testamento con bienes de ambos cónyuges
27/11/2017 22:09
Hola, soy de Baleares. Mi abuelo hizo testamento en el 64 donde ponía que "de común acuerdo con su esposa se formaba un cúmulo con los bienes de ambos para evitar excesiva parcelación de las fincas". Mi primera pregunta es si aun estando en este testamento,¿ los bienes que sólo eran de mi abuela se aceptaron en herencia cuando murió ella o cuándo murió él? Hay un error en el registro y para solventarlo necesito saber cuándo se hizo la aceptación de una finca. Mi siguiente pregunta es, en caso de no saber la fecha de cuándo se aceptó una herencia, ¿hay alguna manera de saberlo para poder pedir al notario la escritura?
Muchas gracias.
29/11/2017 09:40
Marinaross
Los bienes que solo eran de tu abuela se tuvieron que aceptar cuando se aceptase la herencia de ella, esto es, a su fallecimiento...
01/12/2017 12:12
Marinaross
Hola tengo un testamento de una persona que expresa en su segunda cláusula que " Lega a su esposa el usufructo vitalicio y sin fianza de la totalidad de los bienes que formen su herencia, aplicándose este legado primero en pago de la cuota viudal e imputándose el exceso al tercio de libre disposición. Si alguno de sus herederos reclamara su legítima, se entenderá reducida a su legítima estricta, acreciendo el exceso a los que se conformaran, y si todos la reclamarán, el testador lega a su esposa el tercio de libre disposición en pleno dominio y la cuota legal usufructaria" y la verdad es que no se muy bien como interpretarla,instituye a los dos hijos herederos por mitades en igualdad de condiciones pero no se muy bien que pretendía con esta clausula con respecto de su esposa.
03/12/2017 17:32
Fanegas
Pues lo que pretendía era protegerla. Lo dice claramente, que le lega el USUFRUCTO UNIVERSAL. Los hijos serán propietarios a partes iguales, pero no pueden utilizar los bienes hasta el fallecimiento de la esposa de su padre, ya que ella tiene el uso y el fruto.
Si uno de los dos hijos no estuviera de acuerdo, por supuesto tiene derecho a reclamar la propiedad en pleno dominio del tercio de legitima (entre dos), con lo cual tendría un sexto. Pero su hermano, que no se ha opuesto a la voluntad de su padre, se quedaría con los otros cinco sextos.
Es una clausula muy común entre matrimonios.