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Testamento

2 Comentarios
 
depende de dónde vivas

herencia
20/10/2006 12:19
Suponiendo que vuestros padres estuvieran casados en gananciales y que se aplique el CC.

Todos los hijos heredáis a partes iguales los bienes que tuviera vuestro padre al momento de fallecer.

Por ejemplo, si hay una vivienda gancial, la mitad era de vuestro padre, y de esa mitad os coresponde a cada uno una parte. Lo mismo con el dinero en cuentas conjuntas o cualquier otro bien que tuviera.

En cuanto a los bienes privativos de vuestro padre (lo que hubiera heredado, por ejemplo), se dividen a partes iguales entre vosotros.

Tanto de los privativos como de los gananciales le corresponde a vuestra madre el usufructo (intereses del dinero, o rentas de un piso que se alquile).

Vuestra madre puede cambiar su testamento tantas veces como quiera, siempre que se respete la legítima de los hijos.

Los bienes que posea vuestra madre cuando muera se dividen en tres partes: legítima estricta, mejora y libre disposición. A los hijos, lo mínimo que les debe dejar es la legítima estricta, que en vuestro caso, se calculará dividiendo ese tercio entre 6. El tercio de mejora es para hijos y descendientes, pero existe libertad para dejarlo a quien se quiera dentro de éstos. Y el de libre disposición, para quien le parezca.

Además, hay que tener en cuenta que los legados (dejar una cosa concreta a alguien) tampoco pueden perjudicar la legítima, y que para valorar la herencia se tienen en cuenta todos los bienes en abstracto.

Si se quiere dejar algún legado (que la casa sea para mi hija fulanita), éste no puede perjudicar a la legítima, y si la perjudica (porque sea el único bien), fulanita deberá pagar al resto de herederos la parte correspondiente. No sé si me explico bien.

En resumen. Vuestra madre sólo podrá disponer de lo que le corresponde, que es la mitad de la casa y del dinero. De esa mitad, a vosotros os tiene que dejar algo, al menos 1/18 parte, que puede ser en forma de casa, dinero, o lo que sea con tal de que el valor sea 1/18 del total de los bienes de vuestra madre.

Testamento
20/10/2006 11:46
Mi padre murio hace seis meses. Tanto mi padre como mi madre habian hecho testamento. el cual dice: lega el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes a su esposa e instituye herederos a partes iguales a sus seis hijos. En el testamento de mi madre que aun vive pone lo mismo pero invertido los nombres. Mi madre quiere ahora cambiar su testamento y su parte de la herencia (la casa donde vive y dinero) dejarse lo a mis dos y hermanas y a nosotros los cuatro hermanos no darnos nada de su parte de la casa), es eso legal o que parte nos tiene que dar forzozo a parte de lo que nos corresponde de la parte de mi padre fallecido, cuando mi madre muera. muchas gracias
Testamento | PorticoLegal
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herencia
20/10/2006 12:19
Suponiendo que vuestros padres estuvieran casados en gananciales y que se aplique el CC.

Todos los hijos heredáis a partes iguales los bienes que tuviera vuestro padre al momento de fallecer.

Por ejemplo, si hay una vivienda gancial, la mitad era de vuestro padre, y de esa mitad os coresponde a cada uno una parte. Lo mismo con el dinero en cuentas conjuntas o cualquier otro bien que tuviera.

En cuanto a los bienes privativos de vuestro padre (lo que hubiera heredado, por ejemplo), se dividen a partes iguales entre vosotros.

Tanto de los privativos como de los gananciales le corresponde a vuestra madre el usufructo (intereses del dinero, o rentas de un piso que se alquile).

Vuestra madre puede cambiar su testamento tantas veces como quiera, siempre que se respete la legítima de los hijos.

Los bienes que posea vuestra madre cuando muera se dividen en tres partes: legítima estricta, mejora y libre disposición. A los hijos, lo mínimo que les debe dejar es la legítima estricta, que en vuestro caso, se calculará dividiendo ese tercio entre 6. El tercio de mejora es para hijos y descendientes, pero existe libertad para dejarlo a quien se quiera dentro de éstos. Y el de libre disposición, para quien le parezca.

Además, hay que tener en cuenta que los legados (dejar una cosa concreta a alguien) tampoco pueden perjudicar la legítima, y que para valorar la herencia se tienen en cuenta todos los bienes en abstracto.

Si se quiere dejar algún legado (que la casa sea para mi hija fulanita), éste no puede perjudicar a la legítima, y si la perjudica (porque sea el único bien), fulanita deberá pagar al resto de herederos la parte correspondiente. No sé si me explico bien.

En resumen. Vuestra madre sólo podrá disponer de lo que le corresponde, que es la mitad de la casa y del dinero. De esa mitad, a vosotros os tiene que dejar algo, al menos 1/18 parte, que puede ser en forma de casa, dinero, o lo que sea con tal de que el valor sea 1/18 del total de los bienes de vuestra madre.

Testamento
20/10/2006 11:46
Mi padre murio hace seis meses. Tanto mi padre como mi madre habian hecho testamento. el cual dice: lega el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes a su esposa e instituye herederos a partes iguales a sus seis hijos. En el testamento de mi madre que aun vive pone lo mismo pero invertido los nombres. Mi madre quiere ahora cambiar su testamento y su parte de la herencia (la casa donde vive y dinero) dejarse lo a mis dos y hermanas y a nosotros los cuatro hermanos no darnos nada de su parte de la casa), es eso legal o que parte nos tiene que dar forzozo a parte de lo que nos corresponde de la parte de mi padre fallecido, cuando mi madre muera. muchas gracias