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testigo de un juicio de faltas

12 Comentarios
 
testigo de un juicio de faltas
13/12/2011 22:39
Para ser testigo de un juicio de faltas, es necesario solicitarlo antes del juicio, o en el mismo momento de la Vista.
saludos
13/12/2011 22:43
Quisiera saber, si para intervenir como testigo en un Juicio de Faltas, es necesario anunciarlo antes o en su caso en el mismo momento de la Vista.
gracias
13/12/2011 23:54
7777777?....¿pero eto que eeehhhh?.
14/12/2011 15:20
Esto no es nada. perdona davidrr, pero es que no estoy muy ducho en estas cuestiones, y lo que ha pasado es que no sabia donde ponder el tema, asique no te cabrees ¡hombre! y permíteme que tenga algún fallo, pero lo que quería saber es: Si para intervenir como testigo en un Juicio de Faltas, que hay que hacer, si hay que ir al juzgado anunciarlo verbalmente o simplemente el día de autos, antes de entrar a la sala de juicios decirlo al secretario del juzgado.Esa es mí pregunta que no se como se lleva a cabo el asunto.Te agradecería como se lleva el asunto.
un saludo
14/12/2011 15:53
Si el testigo acude voluntariamente no es necesario anunciarlo. El día de la vista, si vas sin abogado, señalas al Juez que tienes un testigo fuera.

Si necesitas pedir su citación judicial para que acuda, deberías solicitarlo por escrito.
14/12/2011 16:06
Ok, Lucky_Boy. Gracias y entendido.Otra pregunta, yo soy el que quiere ir de testigo de mí hijo.La pregunta es: Mí hijo es el denunciado, solicitamos abogado de oficio, y se lo denegaron, no por sus ingresos porque soninforiores a lo que marca la Ley, 800.- Euros al mes. Alegaron que sólo tenían derecho a abogado de oficio, los denunciantes. Mi pregunta es la siguiente: En el caso que el denunciado acudiera al juicio con abogado, se podría inpugnar o anular el juicio por falta de garantías necesarias para la defensa de mí hijo, que no le concedieron abogado de oficio.
gracias por tus consejos.
14/12/2011 17:28
Si quieres ir de testigo unicamente tendrás que acudir al juzgado el día de la vista. Tu hijo le señala al juez que su testigo esta fuera, y si el juez admite tu testifical te mandará pasar a declarar.

El abogado de oficio no se lo conceden ni al denunciante ni al denunciado ya que en los juicios de faltas no es obligatoria la asistencia con abogado y procurador.

En el caso de que el denunciante lleve abogado y tu hijo no, no hay desigualdad de medios ya que intervendrá el fiscal velando por las garantías del proceso. De todas formas puede intentar solicitar del Juez la suspensión en base a la desigualdad de medios ya que acude sin defensa técnica. Si el asunto es complejo se supone que debe admitirlo (yo nunca lo he visto), suspender y pedir que se le designe abogado.

Te pego art. de la ley de asistencia jurídica gratuíta:

"El derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende las siguientes prestaciones:

La defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea obligatoria o, cuando aunque no lo sea, se requiera por el Juzgado o Tribunal para garantizar la igualdad de las partes en el proceso."
14/12/2011 18:11
Gracias Lucky_Boy. Pero hay una cosa que no entiendo. Aunque el asunto no creo que sea complejo, pues se trata de una bronca en un restaurante, que ha mí juicio no resulta complejo. Pero si el denunciante llevara abogado, que en estos momento no lo sabemos. La pregunta sería ? en que criterios se basaría el Juez para denegar, o no, la suspensión de la vista, a tenor de la falta de igualdad de se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa?.
Espero no molestarte mucho, pero me surge esta idea.
saludos
14/12/2011 18:22
Los juicios de faltas por estos temas son muy sencillos, no hay penas de prisión, ni crean antecedentes penales, incluso las multas suelen ser muy bajitas.

La regulación de esta materia señala que no es necesario acudir con abogado, basta que comparezcan denunciante y denunciado. El juez dirige el proceso con la asistencia del ministerio fiscal. Por tanto no se estima que exista desigualdad aunque una de las partes actue con abogado, ya que el juez y el fiscal harán todas las preguntas que estimen conveniente para esclarecer los hechos.
14/12/2011 21:51
Gracias Lucky_Boy. Te estoy muy agradecido, toda vez, que no entiendo de estos asuntos. Pero me han sido muy importantes tus aclaraciones y tus consejos. Estamos en vísperas del juicio, ya que se celebrará el día 16, es decir "pasado-mañana" y no sabía cómo son estos procesos. Me reitero en el agradecimiento, por tu información
Recibe un cordial, saludo
16/12/2011 18:49
Lucky_Boy
Hoy hemos tenido el juicio, sobre el asunto que tú muy gentilmente te has interesado. Han intervenido dos testigos de la parte contraria. Uno de ellos de forma más o menos coherente, la otra (una mujer novia del denunciante) totalmente fuera de lugar. El fiscal ha medido una multa de diez días, a razón de 3 euros diarios. Tengo que decirte que en la primera declaración ante la Guardia Civil, manifestamos que asumiamos el daño producido, que era el rajamiento de una vitrina de una cafetería. El asunto es el siguiente: entramos mi hijo y yo, en una cafetería, estuvimos más de 20 minutos para que nos sirviera el camarero. No sé por qué razón no nos servía, al cabo de ese tiempo m, mi hijo se dirigió al camarero y le dijo: que te pasa que no nos sirves-................... el camarero estaba hablando con un grupo de unas cinco o seis personas y no solo no hacía caso que además cuando miraba hacia nosotros lo hacía de una manera desafiante (sic) Mi hijo se dirigió al centro de la barra y le dijo que le pasaba. Entonces el camarero le dijo (lo que sea) mu hijo doy un golpe con la mano en el cristal de la vitrina, y se "rajo" yo personalmente dudo que con la mano se rajara un vidrio de un centímetro de ancho. El fiscal le pone una multa de diez días a razón de 3,- (tres) euros diarios Que hasta aquí puedo aceptarlo. Pero lo que no estoy de acuerdo es que dijera que la factura del cristal, ascendiera a 280.- euros. Porque mi hijo en su primera declaración manifestó que si el cristal lo había roto que se hacía cargo de la factura. Pero he aquí la discrepancia sobre el coste de la factura. Nosotros habíamos ido a un taller especializado en vitrinas de barras de bares, habíamos pedido presupuesto sobre dimensiones del cristal y nos dieron sobre 60 u 80 euros el valor de la reparación. Sin embargo el fiscal según factura presentada por la parte contraria, manifiesta que el valor del "cristal de la vitrina asciende a 280.- euros. Y eso no es cierto a no ser que Hayan puesto la vitrina entera. Si eres tan amable puedes decirme cuando salga la sentencia firme que puedo hacer, sabiendo que el valor de dicho daño asciende a 80.- euros y no a 280.- que presentan la parte contraria?
Gracias por todo
Un saludo
Y si no nos volvemos a comunicarnos
Recibe mis consideraciones y ya que estamos en estas fechas. Que tengas unas Felices Navidades. ayan
16/12/2011 19:54
Lamentablemente no podrás hacer nada. Deberías haber aportado ese presupuesto en el acto de la vista para hacer dudar acerca del valor real de lo dañado.

La otra parte justifica la reparación con una factura legal que no habeis podido discutir. Él ha acreditado la reparación y el precio. Antes tenía una vitrina, posiblemente muy rallada y antigua, y ahora, a vuestra costa, a puesto una último modelo.

Suele pasar, gafas de sol de los chinos que se rompen, y el día del juicio son unas rayban, ordenadores de más de 10 años dañados por goteras del vecino de arriba, y el día del juicio es un Pc último modelo, no le de más vueltas...

17/12/2011 12:09
Ok, Luchy_Boy. Como tú dices aceptaremos la sentencia, ya que por desconocimiento y falta de experiencia, omitimos el presupuesto al que haces referencia. Solamente decirte, que las vitrinas constan de dos partes, la superior que va cogida a lo que podríamos llamar el cuerpo, por medio de tornillos o silicona, es decir que se desmotan y forman dos piezas separadas. Y la que presuntamente -rajo- mi hijo es la superior, que como te digo la vitrina no consta de una sola pieza. Esa es la duda que te exponía. Yo había pensado que cuando saliera la sentencia, hacer un recurso sobre esta cuestión que te he planteado. Pero si tú dices que no hay nada que hacer. Acataremos la decisión judicial.
Gracias de nuevo
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testigo de un juicio de faltas
13/12/2011 22:39
Para ser testigo de un juicio de faltas, es necesario solicitarlo antes del juicio, o en el mismo momento de la Vista.
saludos
13/12/2011 22:43
Quisiera saber, si para intervenir como testigo en un Juicio de Faltas, es necesario anunciarlo antes o en su caso en el mismo momento de la Vista.
gracias
13/12/2011 23:54
7777777?....¿pero eto que eeehhhh?.
14/12/2011 15:20
Esto no es nada. perdona davidrr, pero es que no estoy muy ducho en estas cuestiones, y lo que ha pasado es que no sabia donde ponder el tema, asique no te cabrees ¡hombre! y permíteme que tenga algún fallo, pero lo que quería saber es: Si para intervenir como testigo en un Juicio de Faltas, que hay que hacer, si hay que ir al juzgado anunciarlo verbalmente o simplemente el día de autos, antes de entrar a la sala de juicios decirlo al secretario del juzgado.Esa es mí pregunta que no se como se lleva a cabo el asunto.Te agradecería como se lleva el asunto.
un saludo
14/12/2011 15:53
Si el testigo acude voluntariamente no es necesario anunciarlo. El día de la vista, si vas sin abogado, señalas al Juez que tienes un testigo fuera.

Si necesitas pedir su citación judicial para que acuda, deberías solicitarlo por escrito.
14/12/2011 16:06
Ok, Lucky_Boy. Gracias y entendido.Otra pregunta, yo soy el que quiere ir de testigo de mí hijo.La pregunta es: Mí hijo es el denunciado, solicitamos abogado de oficio, y se lo denegaron, no por sus ingresos porque soninforiores a lo que marca la Ley, 800.- Euros al mes. Alegaron que sólo tenían derecho a abogado de oficio, los denunciantes. Mi pregunta es la siguiente: En el caso que el denunciado acudiera al juicio con abogado, se podría inpugnar o anular el juicio por falta de garantías necesarias para la defensa de mí hijo, que no le concedieron abogado de oficio.
gracias por tus consejos.
14/12/2011 17:28
Si quieres ir de testigo unicamente tendrás que acudir al juzgado el día de la vista. Tu hijo le señala al juez que su testigo esta fuera, y si el juez admite tu testifical te mandará pasar a declarar.

El abogado de oficio no se lo conceden ni al denunciante ni al denunciado ya que en los juicios de faltas no es obligatoria la asistencia con abogado y procurador.

En el caso de que el denunciante lleve abogado y tu hijo no, no hay desigualdad de medios ya que intervendrá el fiscal velando por las garantías del proceso. De todas formas puede intentar solicitar del Juez la suspensión en base a la desigualdad de medios ya que acude sin defensa técnica. Si el asunto es complejo se supone que debe admitirlo (yo nunca lo he visto), suspender y pedir que se le designe abogado.

Te pego art. de la ley de asistencia jurídica gratuíta:

"El derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende las siguientes prestaciones:

La defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea obligatoria o, cuando aunque no lo sea, se requiera por el Juzgado o Tribunal para garantizar la igualdad de las partes en el proceso."
14/12/2011 18:11
Gracias Lucky_Boy. Pero hay una cosa que no entiendo. Aunque el asunto no creo que sea complejo, pues se trata de una bronca en un restaurante, que ha mí juicio no resulta complejo. Pero si el denunciante llevara abogado, que en estos momento no lo sabemos. La pregunta sería ? en que criterios se basaría el Juez para denegar, o no, la suspensión de la vista, a tenor de la falta de igualdad de se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa?.
Espero no molestarte mucho, pero me surge esta idea.
saludos
14/12/2011 18:22
Los juicios de faltas por estos temas son muy sencillos, no hay penas de prisión, ni crean antecedentes penales, incluso las multas suelen ser muy bajitas.

La regulación de esta materia señala que no es necesario acudir con abogado, basta que comparezcan denunciante y denunciado. El juez dirige el proceso con la asistencia del ministerio fiscal. Por tanto no se estima que exista desigualdad aunque una de las partes actue con abogado, ya que el juez y el fiscal harán todas las preguntas que estimen conveniente para esclarecer los hechos.
14/12/2011 21:51
Gracias Lucky_Boy. Te estoy muy agradecido, toda vez, que no entiendo de estos asuntos. Pero me han sido muy importantes tus aclaraciones y tus consejos. Estamos en vísperas del juicio, ya que se celebrará el día 16, es decir "pasado-mañana" y no sabía cómo son estos procesos. Me reitero en el agradecimiento, por tu información
Recibe un cordial, saludo
16/12/2011 18:49
Lucky_Boy
Hoy hemos tenido el juicio, sobre el asunto que tú muy gentilmente te has interesado. Han intervenido dos testigos de la parte contraria. Uno de ellos de forma más o menos coherente, la otra (una mujer novia del denunciante) totalmente fuera de lugar. El fiscal ha medido una multa de diez días, a razón de 3 euros diarios. Tengo que decirte que en la primera declaración ante la Guardia Civil, manifestamos que asumiamos el daño producido, que era el rajamiento de una vitrina de una cafetería. El asunto es el siguiente: entramos mi hijo y yo, en una cafetería, estuvimos más de 20 minutos para que nos sirviera el camarero. No sé por qué razón no nos servía, al cabo de ese tiempo m, mi hijo se dirigió al camarero y le dijo: que te pasa que no nos sirves-................... el camarero estaba hablando con un grupo de unas cinco o seis personas y no solo no hacía caso que además cuando miraba hacia nosotros lo hacía de una manera desafiante (sic) Mi hijo se dirigió al centro de la barra y le dijo que le pasaba. Entonces el camarero le dijo (lo que sea) mu hijo doy un golpe con la mano en el cristal de la vitrina, y se "rajo" yo personalmente dudo que con la mano se rajara un vidrio de un centímetro de ancho. El fiscal le pone una multa de diez días a razón de 3,- (tres) euros diarios Que hasta aquí puedo aceptarlo. Pero lo que no estoy de acuerdo es que dijera que la factura del cristal, ascendiera a 280.- euros. Porque mi hijo en su primera declaración manifestó que si el cristal lo había roto que se hacía cargo de la factura. Pero he aquí la discrepancia sobre el coste de la factura. Nosotros habíamos ido a un taller especializado en vitrinas de barras de bares, habíamos pedido presupuesto sobre dimensiones del cristal y nos dieron sobre 60 u 80 euros el valor de la reparación. Sin embargo el fiscal según factura presentada por la parte contraria, manifiesta que el valor del "cristal de la vitrina asciende a 280.- euros. Y eso no es cierto a no ser que Hayan puesto la vitrina entera. Si eres tan amable puedes decirme cuando salga la sentencia firme que puedo hacer, sabiendo que el valor de dicho daño asciende a 80.- euros y no a 280.- que presentan la parte contraria?
Gracias por todo
Un saludo
Y si no nos volvemos a comunicarnos
Recibe mis consideraciones y ya que estamos en estas fechas. Que tengas unas Felices Navidades. ayan
16/12/2011 19:54
Lamentablemente no podrás hacer nada. Deberías haber aportado ese presupuesto en el acto de la vista para hacer dudar acerca del valor real de lo dañado.

La otra parte justifica la reparación con una factura legal que no habeis podido discutir. Él ha acreditado la reparación y el precio. Antes tenía una vitrina, posiblemente muy rallada y antigua, y ahora, a vuestra costa, a puesto una último modelo.

Suele pasar, gafas de sol de los chinos que se rompen, y el día del juicio son unas rayban, ordenadores de más de 10 años dañados por goteras del vecino de arriba, y el día del juicio es un Pc último modelo, no le de más vueltas...

17/12/2011 12:09
Ok, Luchy_Boy. Como tú dices aceptaremos la sentencia, ya que por desconocimiento y falta de experiencia, omitimos el presupuesto al que haces referencia. Solamente decirte, que las vitrinas constan de dos partes, la superior que va cogida a lo que podríamos llamar el cuerpo, por medio de tornillos o silicona, es decir que se desmotan y forman dos piezas separadas. Y la que presuntamente -rajo- mi hijo es la superior, que como te digo la vitrina no consta de una sola pieza. Esa es la duda que te exponía. Yo había pensado que cuando saliera la sentencia, hacer un recurso sobre esta cuestión que te he planteado. Pero si tú dices que no hay nada que hacer. Acataremos la decisión judicial.
Gracias de nuevo