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Tiempo cotizado

18 Comentarios
 
Tiempo cotizado
21/02/2009 17:54
He estado trabajando en una empresa cuatro años y medio. La he dejado para trabajar 7 meses en la administración pública cubriendo una interinidad.
Una persona me comentó que el tiempo trabajado en la empresa no me contaría de cara a cobrar el paro por irme de forma voluntaria.
Yo no lo entiendo así. Entiendo que cuando termine el contrato en la administración me contarán los 4 años y medio más los 7 meses.
Gracias por cualquier aclaración.
21/02/2009 18:24
Buenas ,tengo entendido que en excedencia voluntaria no tienes derecho a paro ,ahora, si durante ese tiempo de excedencia desarrollas una actividad laboral por tiempo suficiente para que por si misma genere derecho a desempleo para otra empresa y que finalize por causa no imputable a ti ,cobrarias prestacion durante el resto del periodo de excedencia que te quedara unicamente salvo que te toque reincorporarte y te la deniegen.En tu caso , has trabajado solo 7 meses y no es tiempo suficiente para generar prestación de desempleo.
Te pongo una sentencia que igual es más clara :
Si encontrándose en excedencia voluntaria el trabajador presta servicios para otra u otras empresas durante un tiempo suficiente para poder obtener, por este nuevo trabajo, el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo, la extinción de la última relación en contra de su voluntad constituye situación legal de desempleo a pesar de que se mantenga en excedencia voluntaria en la primera relación, siempre que no haya transcurrido todavía el plazo inicial de la excedencia que le impide solicitar la reincorporación o que pese a haber trnscurrido dicho plazo la solicitud de reingreso no ha sido atendida por la empresa (TS 24/03/2001, RJ 4111).
En tal supuesto y para determinar la duración de la prestación y la base reguladora no se computa el período cotizado en la empresa que concedió la excedencia (TSJ Granada 23/02/93 entre otras). En contra de esto (TSJ de Málaga 06/03/1992, entre otras).

21/02/2009 19:54
Bueno, ahí están las sentencias que expone a11 que me han sorprendido bastante porque, lo que he visto hasta ahora, es que sí se tienen en cuenta las cotizaciones de la empresa en la que se está en excedencia. Miraré el lunes en las circulares internas y preguntaré a compañeros a ver que me dicen.
21/02/2009 20:46
entiendo que el consultante no dice nada de excedencia ,si no que dejo su trabajo de forma voluntaria ,para trabajar 7meses en otro sitio, cuando acabe su contrato de 7 meses ....estara en situacion legal de desempleo y podra cobrar la prestacion de los 4.5 años mas 7 meses cotizados...........en cuanto a las sentencias una dice una cosa y la otra parece que esta en contra..
personalmente me inclino por la segunda
saludos
21/02/2009 20:56
Es verdad, he creído que estaba en excedencia.

Pues nada, comentarle que no tiene problemas (si termina en situación legal de desempleo) para que le tengan en cuenta las cotizaciones de la empresa que se marchó voluntariamente.
Saludos.
21/02/2009 21:02
Yo también entendi que estaba en excedencia ,por lo que pone de lo de la otra empresa; si no es así ningún problema, de acuerdo estoy.
21/02/2009 21:08
Gracias a todos.
No, no estoy en excedencia.
He dejado voluntariamente la empresa porque me han llamado para cubrir una interinidad y tengo más interés en trabajar en la administración pública, aunque no sea de forma continuada, que en la empresa privada, por diversas razones.
La razón principal: que me podían haber despedido cualquier día.
Me ha quedado claro.
Gracias de nuevo.
23/02/2009 09:56
Aunque no tiene que ver con el caso, respecto a la duda que surgió de si se debía computar el periodo cotizado de la empresa que concedió la excedencia voluntaria (el periodo previo a la situación de excedencia, claro está) comentar que: "no existe razón alguna para excluir del cómputo las cotizaciones de la empresa en excedencia que sean previas al inicio de dicha situación y estén comprendidas en el período de referencia para el cómputo..." (actualizado en el 2005).
Saludos.
23/02/2009 12:04
Y en relación al tema que planteaba:
Me han comentado que si te vas de una empresa (como es mi caso) para trabajar en otra (en mi caso la administración pública), tienes que trabajar un mínimo de 3 meses en la empresa nueva para que al término de esos tres meses tengas derecho al paro, que si es menos tiempo no cobras el paro.
Esto es cierto?
Gracias.
23/02/2009 19:21
si asi es........para estar en situacion legal de desempleo tienen que pasar 3 meses desde tu baja voluntaria , que acabe tu contrato o te despidan,pero pasados 3 meses sino no cobras
saludos
23/02/2009 19:39
No coincido (del todo) contigo JM30. La referencia de los tres meses, que se ha tomado como algo general, la encontramos en el artículo 208.1.1.g de la Ley de la Seguridad Social y es en un caso muy concreto.

Pregunta frecuente del INEM:
Me fui de un trabajo voluntariamente, ¿cuánto tiempo tengo que estar en uno nuevo para poder cobrar prestación?

Respuesta:

Conforme regula la normativa sobre protección por desempleo, tras cesar voluntariamente en un trabajo no se tiene derecho a prestaciones por no estar en situación legal de desempleo. Si se trabaja después y se cesa en ese nuevo trabajo por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, cuando han transcurrido menos de tres meses desde la baja voluntaria del empleo anterior, tampoco se tiene derecho a prestación por desempleo por la misma razón (no acreditar situación legal de desempleo).
Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido.
No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida.
23/02/2009 19:51
gracias por la aclaracion patatinpatatero....tenia que haberlo explicado mejor
saludos
23/02/2009 20:02
Hola....he tomado un fragmento del post de patatinpatatero por una dudilla que tengo al respecto a ver si me la puedes aclarar ya que esto segun te lo expliquen a veces es lioso. "Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido". En concreto lo he copiado por la ultima parte mas que todo....."lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido". ¿Se entiende que en estos dos casos aunque fueran menos de 3 los meses trabajados desde el cese voluntario igualmente se tendria derecho a prestacion? Es que sino tendrian que ser siempre 3 meses, tanto si es un cese por no superar periodo de prueba, despido, fin de contrato.....Es que sino no veo donde esta la diferencia. Gracias
23/02/2009 20:20
patatinpatatero lo ha explicado muy bien.......yo no me estendi en la explicacion porque es practica del inem que cuando la relaccion laboral acaba antes de los 3 meses desde la baja voluntaria los miran con lupa y normalmente deniegan la prestacion por presumir fraude de ley
saludos
23/02/2009 21:29
JM30 otra vez no estoy de acuerdo contigo. Esos contratitos por obra y servicio que surgen en los primeros tres meses de la baja voluntaria no se miran con lupa sino con microscopio ;-)

Ahora en serio, lo normal es denegarlo (aunque no todos), así como también dar parte a la inspección de trabajo para que emita un informe cuando se reclama. Si el informe es negativo puede haber sanción tanto al empresario como al trabajador.
24/02/2009 10:23
Pero en un caso como este que plantea Togomi, ¿habria algun problema para acceder a la prestacion por desempleo en caso hubiese trabajado menos de tres meses? Lo digo porque en principio estoy de acuerdo con el anterior mensaje de JM30 en cuanto a los contratos por obra y servicio celebrados en los 3 primeros meses desde la baja voluntaria. Pero siendo la Administracion Publica ¿tambien pondria pegas el INEM? Los otros, pues mira igual tienes un amiguete o un conocido que puede hacerte el favor de hacerte un contrato para que luego cobres el paro, pero en la Administracion, ¿pensais que se podria dar el caso y que igualmente lo mirarian con microscopio?
24/02/2009 11:01
En mi caso voy a estar algo más de 7 meses, pero no sabía ese dato de los tres meses.
Veo que alguna persona podría quedarse en una situación complicada.
Me imagino a un trabajador que decide cambiar de trabajo tras muchos años en la misma empresa, y llega a la nueva empresa y lo despiden a los dos meses por la razón que sea. Menuda putada!.
Supongo que este tipo de casos serán los que revisan y le concederán la prestación.
24/02/2009 19:05
Yo si lo sabia......a la fuerza ahorcan dicen!!! le paso a mi hermano y eso ya nunca jamas se te olvida. Pero me fije en tu caso porque quiero prepararme alguna oposicion (esta complicado, pero hoy dia el trabajo en la empresa privada tambien, asi que por probar no pierdo nada) y como hay casos en los que aprobando los ejercicios que establezcan ya entras en bolsa aunque no saques la plaza, pues eso, que me interesaba, porque si entro en alguna bolsa y me llaman para algo en la administracion, le dan a mi actual trabajo (o por si me quedo sin el aun sin ser yo la que se vaya...como esta el tema todo es posible) pero si igualmente, aun siendo la administracion publica mirarian eso de los tres meses para cobrar el paro, ya hay que mirar las cosas mejor, que sino te quedas con una detras y otra delante. Saludos
24/02/2009 19:07
Ah Togomi, despues de todo ya ves que no tendras problemas.....si vas a estar 7 meses. Suerte!!
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21/02/2009 17:54
He estado trabajando en una empresa cuatro años y medio. La he dejado para trabajar 7 meses en la administración pública cubriendo una interinidad.
Una persona me comentó que el tiempo trabajado en la empresa no me contaría de cara a cobrar el paro por irme de forma voluntaria.
Yo no lo entiendo así. Entiendo que cuando termine el contrato en la administración me contarán los 4 años y medio más los 7 meses.
Gracias por cualquier aclaración.
21/02/2009 18:24
Buenas ,tengo entendido que en excedencia voluntaria no tienes derecho a paro ,ahora, si durante ese tiempo de excedencia desarrollas una actividad laboral por tiempo suficiente para que por si misma genere derecho a desempleo para otra empresa y que finalize por causa no imputable a ti ,cobrarias prestacion durante el resto del periodo de excedencia que te quedara unicamente salvo que te toque reincorporarte y te la deniegen.En tu caso , has trabajado solo 7 meses y no es tiempo suficiente para generar prestación de desempleo.
Te pongo una sentencia que igual es más clara :
Si encontrándose en excedencia voluntaria el trabajador presta servicios para otra u otras empresas durante un tiempo suficiente para poder obtener, por este nuevo trabajo, el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo, la extinción de la última relación en contra de su voluntad constituye situación legal de desempleo a pesar de que se mantenga en excedencia voluntaria en la primera relación, siempre que no haya transcurrido todavía el plazo inicial de la excedencia que le impide solicitar la reincorporación o que pese a haber trnscurrido dicho plazo la solicitud de reingreso no ha sido atendida por la empresa (TS 24/03/2001, RJ 4111).
En tal supuesto y para determinar la duración de la prestación y la base reguladora no se computa el período cotizado en la empresa que concedió la excedencia (TSJ Granada 23/02/93 entre otras). En contra de esto (TSJ de Málaga 06/03/1992, entre otras).

21/02/2009 19:54
Bueno, ahí están las sentencias que expone a11 que me han sorprendido bastante porque, lo que he visto hasta ahora, es que sí se tienen en cuenta las cotizaciones de la empresa en la que se está en excedencia. Miraré el lunes en las circulares internas y preguntaré a compañeros a ver que me dicen.
21/02/2009 20:46
entiendo que el consultante no dice nada de excedencia ,si no que dejo su trabajo de forma voluntaria ,para trabajar 7meses en otro sitio, cuando acabe su contrato de 7 meses ....estara en situacion legal de desempleo y podra cobrar la prestacion de los 4.5 años mas 7 meses cotizados...........en cuanto a las sentencias una dice una cosa y la otra parece que esta en contra..
personalmente me inclino por la segunda
saludos
21/02/2009 20:56
Es verdad, he creído que estaba en excedencia.

Pues nada, comentarle que no tiene problemas (si termina en situación legal de desempleo) para que le tengan en cuenta las cotizaciones de la empresa que se marchó voluntariamente.
Saludos.
21/02/2009 21:02
Yo también entendi que estaba en excedencia ,por lo que pone de lo de la otra empresa; si no es así ningún problema, de acuerdo estoy.
21/02/2009 21:08
Gracias a todos.
No, no estoy en excedencia.
He dejado voluntariamente la empresa porque me han llamado para cubrir una interinidad y tengo más interés en trabajar en la administración pública, aunque no sea de forma continuada, que en la empresa privada, por diversas razones.
La razón principal: que me podían haber despedido cualquier día.
Me ha quedado claro.
Gracias de nuevo.
23/02/2009 09:56
Aunque no tiene que ver con el caso, respecto a la duda que surgió de si se debía computar el periodo cotizado de la empresa que concedió la excedencia voluntaria (el periodo previo a la situación de excedencia, claro está) comentar que: "no existe razón alguna para excluir del cómputo las cotizaciones de la empresa en excedencia que sean previas al inicio de dicha situación y estén comprendidas en el período de referencia para el cómputo..." (actualizado en el 2005).
Saludos.
23/02/2009 12:04
Y en relación al tema que planteaba:
Me han comentado que si te vas de una empresa (como es mi caso) para trabajar en otra (en mi caso la administración pública), tienes que trabajar un mínimo de 3 meses en la empresa nueva para que al término de esos tres meses tengas derecho al paro, que si es menos tiempo no cobras el paro.
Esto es cierto?
Gracias.
23/02/2009 19:21
si asi es........para estar en situacion legal de desempleo tienen que pasar 3 meses desde tu baja voluntaria , que acabe tu contrato o te despidan,pero pasados 3 meses sino no cobras
saludos
23/02/2009 19:39
No coincido (del todo) contigo JM30. La referencia de los tres meses, que se ha tomado como algo general, la encontramos en el artículo 208.1.1.g de la Ley de la Seguridad Social y es en un caso muy concreto.

Pregunta frecuente del INEM:
Me fui de un trabajo voluntariamente, ¿cuánto tiempo tengo que estar en uno nuevo para poder cobrar prestación?

Respuesta:

Conforme regula la normativa sobre protección por desempleo, tras cesar voluntariamente en un trabajo no se tiene derecho a prestaciones por no estar en situación legal de desempleo. Si se trabaja después y se cesa en ese nuevo trabajo por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, cuando han transcurrido menos de tres meses desde la baja voluntaria del empleo anterior, tampoco se tiene derecho a prestación por desempleo por la misma razón (no acreditar situación legal de desempleo).
Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido.
No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida.
23/02/2009 19:51
gracias por la aclaracion patatinpatatero....tenia que haberlo explicado mejor
saludos
23/02/2009 20:02
Hola....he tomado un fragmento del post de patatinpatatero por una dudilla que tengo al respecto a ver si me la puedes aclarar ya que esto segun te lo expliquen a veces es lioso. "Si esta nueva relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí se tendrá derecho a prestación por desempleo, lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido". En concreto lo he copiado por la ultima parte mas que todo....."lo mismo que si el motivo del cese es un fin de contrato o un despido". ¿Se entiende que en estos dos casos aunque fueran menos de 3 los meses trabajados desde el cese voluntario igualmente se tendria derecho a prestacion? Es que sino tendrian que ser siempre 3 meses, tanto si es un cese por no superar periodo de prueba, despido, fin de contrato.....Es que sino no veo donde esta la diferencia. Gracias
23/02/2009 20:20
patatinpatatero lo ha explicado muy bien.......yo no me estendi en la explicacion porque es practica del inem que cuando la relaccion laboral acaba antes de los 3 meses desde la baja voluntaria los miran con lupa y normalmente deniegan la prestacion por presumir fraude de ley
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JM30 otra vez no estoy de acuerdo contigo. Esos contratitos por obra y servicio que surgen en los primeros tres meses de la baja voluntaria no se miran con lupa sino con microscopio ;-)

Ahora en serio, lo normal es denegarlo (aunque no todos), así como también dar parte a la inspección de trabajo para que emita un informe cuando se reclama. Si el informe es negativo puede haber sanción tanto al empresario como al trabajador.
24/02/2009 10:23
Pero en un caso como este que plantea Togomi, ¿habria algun problema para acceder a la prestacion por desempleo en caso hubiese trabajado menos de tres meses? Lo digo porque en principio estoy de acuerdo con el anterior mensaje de JM30 en cuanto a los contratos por obra y servicio celebrados en los 3 primeros meses desde la baja voluntaria. Pero siendo la Administracion Publica ¿tambien pondria pegas el INEM? Los otros, pues mira igual tienes un amiguete o un conocido que puede hacerte el favor de hacerte un contrato para que luego cobres el paro, pero en la Administracion, ¿pensais que se podria dar el caso y que igualmente lo mirarian con microscopio?
24/02/2009 11:01
En mi caso voy a estar algo más de 7 meses, pero no sabía ese dato de los tres meses.
Veo que alguna persona podría quedarse en una situación complicada.
Me imagino a un trabajador que decide cambiar de trabajo tras muchos años en la misma empresa, y llega a la nueva empresa y lo despiden a los dos meses por la razón que sea. Menuda putada!.
Supongo que este tipo de casos serán los que revisan y le concederán la prestación.
24/02/2009 19:05
Yo si lo sabia......a la fuerza ahorcan dicen!!! le paso a mi hermano y eso ya nunca jamas se te olvida. Pero me fije en tu caso porque quiero prepararme alguna oposicion (esta complicado, pero hoy dia el trabajo en la empresa privada tambien, asi que por probar no pierdo nada) y como hay casos en los que aprobando los ejercicios que establezcan ya entras en bolsa aunque no saques la plaza, pues eso, que me interesaba, porque si entro en alguna bolsa y me llaman para algo en la administracion, le dan a mi actual trabajo (o por si me quedo sin el aun sin ser yo la que se vaya...como esta el tema todo es posible) pero si igualmente, aun siendo la administracion publica mirarian eso de los tres meses para cobrar el paro, ya hay que mirar las cosas mejor, que sino te quedas con una detras y otra delante. Saludos
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Ah Togomi, despues de todo ya ves que no tendras problemas.....si vas a estar 7 meses. Suerte!!