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tiempo de cambiarse de ropa

8 Comentarios
 
Tiempo de cambiarse de ropa
11/10/2004 12:39
Cuántos minutos me pueden quitar la empresa, por cambio de ropa al entrar y salir de mi puesto de trabajo. El convenio es el de la sanidad.
11/10/2004 13:49
Hola.

El cambio de ropa puedes hacerlo con la calma que te apetezca hacerlo pero teniendo en cuenta que si tu horario es de 7 a 15, por ejemplo, debes estar en el puesto a las 7,00 y permanecer el él hasta las 15,00. antes y despues de esas horas, el tiempo que necesites. Hya empresas que transigen hasta cinco minutos para presentarse en el puesto, pero eso es politica d empresa.

Saludos.
13/10/2004 17:40
Grácias Ninfa
18/10/2004 17:32
Ninfa, la empresa no puede quitarme por el "morro" 6 minutos si yo solo tardo en cambiarme
18/10/2004 17:50
Hola Econcondina.

No entiendo muy bien tu último mensaje. Pero, insisto en la explicación que te dí en mensajes anteriores:

Si tu horario comienza a las 9 horas o a las 8 horas, quiere decir que a esa hora tienes que estar en tu puesto de trabajo realizando las labores que se te encomiendan. si tienes necesidad de cambiarte, deberas acudir a tu trabajo con un tiempo de antelación de tal manera que tu trabajo efectivo, a pie de máquina, en tu puesto, sea desde las 8 a la hora exacta de salida. Antes de la hora en que debes estar en tu puesto y despsues de la hora en que dbes abandonar tu puesto, puedes tomarte todo el tiempo del mundo para cambiarte, ducharte o hacer lo que creas mas convente en el vestuario de la empresa.

Saludos.
20/10/2004 19:27
Ninfa, grácias por todo! La empresa quiere quitarme 24 minutos por cada cambio de ropa y yo llego a menos diez y me voy a la hora y diez minutos, o sea que yo entiendo que a mi no me puede quitar nada... que es lo que entiendo que me dieces tu. Pero los días que llego a menos 4 minutos y me voy a la hora y cinco minutos la empresa pretende quitarme estos minutos, pero yo he ido estado en mi puesto de trabajo a la hora en punto y lo he abandonado en cuanto es la hora... es precisamente esto lo que ellos quieren quitarme, sabes?
20/10/2004 19:37
Pero es que, como bien te ha dicho Ninfa, no se trata de saber si llegas 5 o 10 minutos antes o si te vas más tarde,
LA CUESTIÓN ES QUE TU, A LA HORA DE INCIO DE JORNADA ESTÉS EN TU PUESTO Y CAMBIADA.

Si tienes flexibilidad en la hora de entrada y de salida, pues lo mismo, se considerará que has iniciado efectivamente tu jornada laboral desde el momento que estés en tu puesto y cambiada. Y el fin de la jornada el momento que adabdon es tu puesto (y vayas a cambiarte o te vayas uniformada a casa o lo que sea).

Al menos yo, no acabo de entender lo que pretende exactamente la empresa y en base a qué.

Si quieres, confirmanos cuál es tu jornada, pero dejate estar del tiempo que llegas antes o lo que tardas en cambiarte.

Venga, a ver si lo podemos aclarar.

Un saludo
20/10/2004 19:51
Lo que quiere decir Ninfa es que es irrelevante la hora a la que entras/ sales del vestuario para cambiarte e irte a casa.
Lo que importa es la hora a la que empiezas a realizar tu trabajo, efectivamente, en tu puesto y con tu ropa de trabajo y la hora a la que abandonas este puesto con esta misma ropa de trabajo.
A partir de ahí si te tiras media hora para cambiarte es asunto tuyo, pero tu trabajo efectivo debe coincidir con tu jornada de trabajo.
Si el día que llegas a menos cuatro minutos te incorporas a tu trabajo diez minutos despues de la hora y esto se produce regularmente es normal que la empresa te dé un toque.(no sé si es tu caso o no)
Un saludo
14/05/2014 00:46
El Art.4 de la Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales deja claro que "el coste de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores." Es evidente que entre las medidas de seguridad y salud se incluye el uso de determinados uniformes y calzado en algunos puestos de trabajo. Y cuando dice "coste" se entiende que es en dinero, tiempo, o "en modo alguno". El tiempo para ponerse ropa de seguridad y salud es jornada laboral.
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Tiempo de cambiarse de ropa
11/10/2004 12:39
Cuántos minutos me pueden quitar la empresa, por cambio de ropa al entrar y salir de mi puesto de trabajo. El convenio es el de la sanidad.
11/10/2004 13:49
Hola.

El cambio de ropa puedes hacerlo con la calma que te apetezca hacerlo pero teniendo en cuenta que si tu horario es de 7 a 15, por ejemplo, debes estar en el puesto a las 7,00 y permanecer el él hasta las 15,00. antes y despues de esas horas, el tiempo que necesites. Hya empresas que transigen hasta cinco minutos para presentarse en el puesto, pero eso es politica d empresa.

Saludos.
13/10/2004 17:40
Grácias Ninfa
18/10/2004 17:32
Ninfa, la empresa no puede quitarme por el "morro" 6 minutos si yo solo tardo en cambiarme
18/10/2004 17:50
Hola Econcondina.

No entiendo muy bien tu último mensaje. Pero, insisto en la explicación que te dí en mensajes anteriores:

Si tu horario comienza a las 9 horas o a las 8 horas, quiere decir que a esa hora tienes que estar en tu puesto de trabajo realizando las labores que se te encomiendan. si tienes necesidad de cambiarte, deberas acudir a tu trabajo con un tiempo de antelación de tal manera que tu trabajo efectivo, a pie de máquina, en tu puesto, sea desde las 8 a la hora exacta de salida. Antes de la hora en que debes estar en tu puesto y despsues de la hora en que dbes abandonar tu puesto, puedes tomarte todo el tiempo del mundo para cambiarte, ducharte o hacer lo que creas mas convente en el vestuario de la empresa.

Saludos.
20/10/2004 19:27
Ninfa, grácias por todo! La empresa quiere quitarme 24 minutos por cada cambio de ropa y yo llego a menos diez y me voy a la hora y diez minutos, o sea que yo entiendo que a mi no me puede quitar nada... que es lo que entiendo que me dieces tu. Pero los días que llego a menos 4 minutos y me voy a la hora y cinco minutos la empresa pretende quitarme estos minutos, pero yo he ido estado en mi puesto de trabajo a la hora en punto y lo he abandonado en cuanto es la hora... es precisamente esto lo que ellos quieren quitarme, sabes?
20/10/2004 19:37
Pero es que, como bien te ha dicho Ninfa, no se trata de saber si llegas 5 o 10 minutos antes o si te vas más tarde,
LA CUESTIÓN ES QUE TU, A LA HORA DE INCIO DE JORNADA ESTÉS EN TU PUESTO Y CAMBIADA.

Si tienes flexibilidad en la hora de entrada y de salida, pues lo mismo, se considerará que has iniciado efectivamente tu jornada laboral desde el momento que estés en tu puesto y cambiada. Y el fin de la jornada el momento que adabdon es tu puesto (y vayas a cambiarte o te vayas uniformada a casa o lo que sea).

Al menos yo, no acabo de entender lo que pretende exactamente la empresa y en base a qué.

Si quieres, confirmanos cuál es tu jornada, pero dejate estar del tiempo que llegas antes o lo que tardas en cambiarte.

Venga, a ver si lo podemos aclarar.

Un saludo
20/10/2004 19:51
Lo que quiere decir Ninfa es que es irrelevante la hora a la que entras/ sales del vestuario para cambiarte e irte a casa.
Lo que importa es la hora a la que empiezas a realizar tu trabajo, efectivamente, en tu puesto y con tu ropa de trabajo y la hora a la que abandonas este puesto con esta misma ropa de trabajo.
A partir de ahí si te tiras media hora para cambiarte es asunto tuyo, pero tu trabajo efectivo debe coincidir con tu jornada de trabajo.
Si el día que llegas a menos cuatro minutos te incorporas a tu trabajo diez minutos despues de la hora y esto se produce regularmente es normal que la empresa te dé un toque.(no sé si es tu caso o no)
Un saludo
14/05/2014 00:46
El Art.4 de la Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales deja claro que "el coste de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores." Es evidente que entre las medidas de seguridad y salud se incluye el uso de determinados uniformes y calzado en algunos puestos de trabajo. Y cuando dice "coste" se entiende que es en dinero, tiempo, o "en modo alguno". El tiempo para ponerse ropa de seguridad y salud es jornada laboral.