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tiempo desplazamiento horas Sindicales

6 Comentarios
 
Tiempo desplazamiento horas sindicales
02/06/2004 17:44
Hola, tengo entendido que el tiempo invertido en el desplazamiento desde el centro de trabajo al lugar donde se va a realizar la acción sindical, así como el tiempo de vuelta al centro de trabajo, No computan contra el crédito horario mensual!!.
Si es cierto, ¿Cual es el Texto legal donde se especifica, y donde puedo encontrarlo?.
Muchas Gracias!
SalU2 Fran.
02/06/2004 18:09
Que yo sepa cuenta el tiempo que pasa desde que sales por la puerta hasta que vuelves, es decir, el tiempo que estás ausente de tu puesto de trabajo por motivos sindicales. Que estés 3 horas en el coche y 1 en una reunión da lo mismo, a la empresa lo que le cuenta es que has faltado 4 horas.
02/06/2004 21:19
Efectiviwonder. Cuando hay reuniones negociadoras de convenio nacional en Madrid, a los delegados que acuden les suelen dar 8 o incluso 12 horas sindicales si acuden desde muy lejos.
02/06/2004 22:39
¿en qué norma os basais para decir eso?

¿donde lo pone?
03/06/2004 13:57
Los trabajadores pueden ausentarse del trabajo previo aviso y justificación, con derecho a remuneración para realizar tareas sindicales o de representación y los términos establecido por la Ley (Estatuto de los Trabajadores art.38.3e, Ley Orgánica de Libertad Sindical) o por los Convenios colectivos. Este derecho está reconocido no sólo a los representantes legales o unitarios, sino también a los sindicales.

Lo que no viene recogido en la Ley o en el Convenio puede deducirse de la doctrina de los Tribunales superiores de Justicia y de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Con carácter general se vincula el crédito horario a la jornada del representante de forma que sólo se computan las horas que coincidan con la jornada laboral. Ahora bien, en los casos en los que la empresa trabaje a turnos el representante puede imputar a su crédito horario las horas que utilice en actividades representativas fuera de su jornada laboral.

También corresponde al representante decidir la forma en que se utiliza el crédito horario, por horas o por jornadas completas y cualquier injerencia en la materia constituye un atentado a su libertad sindical. Y por su puesto que los desplazamientos entran dentro de las horas de licencia con el tope mensual que les correspondan. Eso está claro. Hasta incluso está considerado accidente de trabajo el que ocurre en el desplazamiento a reuniones, formación, etc. dentro de las horas de licencia y representación.

Saludos
03/06/2004 16:16
Hola.

Nada que añadir a la fundada respuesta de Jesusfer y a la opinión de Curro Jimenez (líbreme Dios de llevarle la contraria y encontrarme con un arcabuzazo ) Solo manifestar que me adhiero a esa linea de opinión.

Saludos
03/06/2004 17:48
Pedro Alonso. Los delegados ni siquiera tienen que dar ningún tipo de explicación detallada de a qué dedican sus horas sindicales.

Sólo tienen que preavisarte de su uso y luego presentarte un justificante de que las han usado. Pero ese justificante (normalmente emitido por el sindicato, pero tampo es necesario) no tiene que dar ningún tipo de explicación. El modelo habitual es "fulanito dedico x horas de su crédito el día tal a labores de acción sindical."
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02/06/2004 17:44
Hola, tengo entendido que el tiempo invertido en el desplazamiento desde el centro de trabajo al lugar donde se va a realizar la acción sindical, así como el tiempo de vuelta al centro de trabajo, No computan contra el crédito horario mensual!!.
Si es cierto, ¿Cual es el Texto legal donde se especifica, y donde puedo encontrarlo?.
Muchas Gracias!
SalU2 Fran.
02/06/2004 18:09
Que yo sepa cuenta el tiempo que pasa desde que sales por la puerta hasta que vuelves, es decir, el tiempo que estás ausente de tu puesto de trabajo por motivos sindicales. Que estés 3 horas en el coche y 1 en una reunión da lo mismo, a la empresa lo que le cuenta es que has faltado 4 horas.
02/06/2004 21:19
Efectiviwonder. Cuando hay reuniones negociadoras de convenio nacional en Madrid, a los delegados que acuden les suelen dar 8 o incluso 12 horas sindicales si acuden desde muy lejos.
02/06/2004 22:39
¿en qué norma os basais para decir eso?

¿donde lo pone?
03/06/2004 13:57
Los trabajadores pueden ausentarse del trabajo previo aviso y justificación, con derecho a remuneración para realizar tareas sindicales o de representación y los términos establecido por la Ley (Estatuto de los Trabajadores art.38.3e, Ley Orgánica de Libertad Sindical) o por los Convenios colectivos. Este derecho está reconocido no sólo a los representantes legales o unitarios, sino también a los sindicales.

Lo que no viene recogido en la Ley o en el Convenio puede deducirse de la doctrina de los Tribunales superiores de Justicia y de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Con carácter general se vincula el crédito horario a la jornada del representante de forma que sólo se computan las horas que coincidan con la jornada laboral. Ahora bien, en los casos en los que la empresa trabaje a turnos el representante puede imputar a su crédito horario las horas que utilice en actividades representativas fuera de su jornada laboral.

También corresponde al representante decidir la forma en que se utiliza el crédito horario, por horas o por jornadas completas y cualquier injerencia en la materia constituye un atentado a su libertad sindical. Y por su puesto que los desplazamientos entran dentro de las horas de licencia con el tope mensual que les correspondan. Eso está claro. Hasta incluso está considerado accidente de trabajo el que ocurre en el desplazamiento a reuniones, formación, etc. dentro de las horas de licencia y representación.

Saludos
03/06/2004 16:16
Hola.

Nada que añadir a la fundada respuesta de Jesusfer y a la opinión de Curro Jimenez (líbreme Dios de llevarle la contraria y encontrarme con un arcabuzazo ) Solo manifestar que me adhiero a esa linea de opinión.

Saludos
03/06/2004 17:48
Pedro Alonso. Los delegados ni siquiera tienen que dar ningún tipo de explicación detallada de a qué dedican sus horas sindicales.

Sólo tienen que preavisarte de su uso y luego presentarte un justificante de que las han usado. Pero ese justificante (normalmente emitido por el sindicato, pero tampo es necesario) no tiene que dar ningún tipo de explicación. El modelo habitual es "fulanito dedico x horas de su crédito el día tal a labores de acción sindical."