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timbrado y numero de colegiado

1 Comentarios
 
23/02/2007 22:48
No es necesario ser un profesional colegiado para firmar un contrato de arrendamiento en nombre de un tercero.

Pero si debe quedar claro en el contrato el concepto por el que ostenta la representación, habitualmente por mandato, y el nombre del representado, que debe ser el del arrendador.

Desde un punto de vista legal tiene el mismo valor a efectos de un proceso judicial un contrato inscrito que uno que no.

Sin embargo, si es en su Comunidad Autónoma la Cámara de la Propiedad la encargada de recaudar la fianza; dicha obligación debe ser realizada por el arrendador o quien actúe en su nombre.

Si se trata de un arrendamiento de vivienda las unicas causas de rescinsión a falta de acuerdo entre las partes, serían las recogidas en la ley.

Si el arrendamiento es de uso distinto al de vivienda, además cualesquiera otras que se pudiesen pactar.

Antes de firmar un contrato con dudas sobre su contenido, o las obligaciones que dicho contrato conlleva es conveniente ser asesorado por un profesional de la abogacía que pueda analizar el caso en cuestión.

Despues de haber firmado puede ser tarde para rectificar posibles malos entendidos.

Un saludo.
Timbrado y numero de colegiado
23/02/2007 21:42
Para poder firmar un contrato con una imbiliaria quien figura como "mediador" y dueño de la empresa debe estar colegiado e inscrito en el colegio de administradores????
Tiene la misma validez un contrato si no esta inscrito en la camara de la propiedad????
He buscado en numero de colegiado en el registro y no contra de ninguna de las maneras!!
Puede reclamarme en este caso el no poder rescindir contrato???
Gracias de antemano, este foro sirve para mucho!!
timbrado y numero de colegiado | PorticoLegal
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timbrado y numero de colegiado

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23/02/2007 22:48
No es necesario ser un profesional colegiado para firmar un contrato de arrendamiento en nombre de un tercero.

Pero si debe quedar claro en el contrato el concepto por el que ostenta la representación, habitualmente por mandato, y el nombre del representado, que debe ser el del arrendador.

Desde un punto de vista legal tiene el mismo valor a efectos de un proceso judicial un contrato inscrito que uno que no.

Sin embargo, si es en su Comunidad Autónoma la Cámara de la Propiedad la encargada de recaudar la fianza; dicha obligación debe ser realizada por el arrendador o quien actúe en su nombre.

Si se trata de un arrendamiento de vivienda las unicas causas de rescinsión a falta de acuerdo entre las partes, serían las recogidas en la ley.

Si el arrendamiento es de uso distinto al de vivienda, además cualesquiera otras que se pudiesen pactar.

Antes de firmar un contrato con dudas sobre su contenido, o las obligaciones que dicho contrato conlleva es conveniente ser asesorado por un profesional de la abogacía que pueda analizar el caso en cuestión.

Despues de haber firmado puede ser tarde para rectificar posibles malos entendidos.

Un saludo.
Timbrado y numero de colegiado
23/02/2007 21:42
Para poder firmar un contrato con una imbiliaria quien figura como "mediador" y dueño de la empresa debe estar colegiado e inscrito en el colegio de administradores????
Tiene la misma validez un contrato si no esta inscrito en la camara de la propiedad????
He buscado en numero de colegiado en el registro y no contra de ninguna de las maneras!!
Puede reclamarme en este caso el no poder rescindir contrato???
Gracias de antemano, este foro sirve para mucho!!