Es legal que el tipo de IRPF,establecido en la nómina de los empleados, sea aleatorio, no se tenga las circunstancias personales, familiares y económicas de los empleados.
Más concretamente para trabajadores con sueldo indefinido, un 0% para todos, con circunstancias diferentes.
¿Existe alguna sanción para la empresa por no tener en cuenta esto?
Lo raro es que la AEAT no les haya sancionado ya por no efectuar las retenciones pertinentes a que están obligados, si del cálculo realizado se desprende que haya que realizarlas.Si tienen salarios bajos, es posible que salgan retenciones del 0%, pero no puedo decir nada si no se saben esos salarios ni su circunstancia contractual en cuanto a su entrada en la empresa con contrato indefinido, que es a lo que supongo que te refieras con "sueldo indefinido".