Lo raro es que la AEAT no les haya sancionado ya por no efectuar las retenciones pertinentes a que están obligados, si del cálculo realizado se desprende que haya que realizarlas.Si tienen salarios bajos, es posible que salgan retenciones del 0%, pero no puedo decir nada si no se saben esos salarios ni su circunstancia contractual en cuanto a su entrada en la empresa con contrato indefinido, que es a lo que supongo que te refieras con "sueldo indefinido".
Es legal que el tipo de IRPF,establecido en la nómina de los empleados, sea aleatorio, no se tenga las circunstancias personales, familiares y económicas de los empleados.
Más concretamente para trabajadores con sueldo indefinido, un 0% para todos, con circunstancias diferentes.
¿Existe alguna sanción para la empresa por no tener en cuenta esto?