¿Como finca, se refiere a una vivienda, local o garaje en un edificio en régimen de división horizontal?. Si es así, desde la firma del documento privado. A veces se aplaza la elevación a documento público, hasta que está todo abonado.
En que momento se considera que una persona tiene todas las facultades legales sobre una finca en regimen de propiedad horizontal, en el momento de la compra en documento privado, o en la elevacion a publico de dicha compra? Gracias por vuestras respuestas