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Trabajadora que quiere ser socia.

1 Comentarios
 
Trabajadora que quiere ser socia.
15/08/2015 21:33
Muy buenas.

Hace unos meses abrí un negocio de venta al por menor y debido a la cantidad de trabajo, necesité enseguida contratar a dos empleadas para poder sacarlo hacia delante.

Una de las empleadas me ha comentado que le gustaría abrir uno idéntico en su ciudad natal. Ésta empleada no dispone de la cantidad necesaria para realizar la inversión mínima, por lo que hemos llegado a un acuerdo de que ella pone parte del capital y la otra parte la asumo yo, acordando un reparto de beneficios 40% ella, 60% yo.

El caso es que ella no quiere darse de alta como autónoma, ya que prefiere seguir como empleada, pero lógicamente, en el nuevo local.

Llegados a éste punto, me surgen algunas dudas:

- Habíamos pensado hacer un contrato privado, estilo al que se realiza cuando se hace una CB, pero por lo que he entendido leyendo de unos lados y otros, al ser empleada y tener más del 35% debería darse de alta como autónoma. La cosa es, sí yo como autónomo puedo firmar con ella un acuerdo privado (aunque tuviésemos que ir al notario para elevarlo a fé pública) en el cual me comprometa a darle ese 40% trimestral de beneficios. Aparte de los beneficios, ella tendría su sueldo mensual y yo seguiría al frente de ambos negocios tanto ante los dueños de los locales, proveedores, facturas... ¿Sería posible o por narices habría que constituir la CB?

- Recordando mis tiempos de comercial, he pensado en que ese reparto podría dárselo como incentivo de trabajo/reparto de beneficios. ¿Estaría sujeto a algún tipo de retención? En caso de ser reparto de beneficios, ¿estaría obligado a repartirlo con los otros empleados que se van a contratar?

- El nuevo negocio va a abrirse en una provincia diferente. En éstos casos, habría que pagarle el desplazamiento o despedirla/baja voluntaria y que firmase el nuevo contrato en la nueva sede. Al contratarla, me acogí a un contrato de formación en el cual se me bonifica el 100% de las cuotas a la SS, el cual, perdería en caso de recontratarla... ¿Convendría continuar con el contrato conforme lo tenemos aunque notifiquemos el cambio de emplazamiento del lugar de trabajo?

Un saludo y gracias por adelantado :)
26/08/2015 12:49
Esto es mas bien unas cuestión de Derecho Laboral.

Te comento, si no me falla la memoria creo que tendría consideración de mayoritario, pero no de administradora (si SL por temas de mayorías).

Perfectamente puede ser empleada, pero cuidado! como sea administradora entraría en juego la teoría del vínculo.
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Trabajadora que quiere ser socia.
15/08/2015 21:33
Muy buenas.

Hace unos meses abrí un negocio de venta al por menor y debido a la cantidad de trabajo, necesité enseguida contratar a dos empleadas para poder sacarlo hacia delante.

Una de las empleadas me ha comentado que le gustaría abrir uno idéntico en su ciudad natal. Ésta empleada no dispone de la cantidad necesaria para realizar la inversión mínima, por lo que hemos llegado a un acuerdo de que ella pone parte del capital y la otra parte la asumo yo, acordando un reparto de beneficios 40% ella, 60% yo.

El caso es que ella no quiere darse de alta como autónoma, ya que prefiere seguir como empleada, pero lógicamente, en el nuevo local.

Llegados a éste punto, me surgen algunas dudas:

- Habíamos pensado hacer un contrato privado, estilo al que se realiza cuando se hace una CB, pero por lo que he entendido leyendo de unos lados y otros, al ser empleada y tener más del 35% debería darse de alta como autónoma. La cosa es, sí yo como autónomo puedo firmar con ella un acuerdo privado (aunque tuviésemos que ir al notario para elevarlo a fé pública) en el cual me comprometa a darle ese 40% trimestral de beneficios. Aparte de los beneficios, ella tendría su sueldo mensual y yo seguiría al frente de ambos negocios tanto ante los dueños de los locales, proveedores, facturas... ¿Sería posible o por narices habría que constituir la CB?

- Recordando mis tiempos de comercial, he pensado en que ese reparto podría dárselo como incentivo de trabajo/reparto de beneficios. ¿Estaría sujeto a algún tipo de retención? En caso de ser reparto de beneficios, ¿estaría obligado a repartirlo con los otros empleados que se van a contratar?

- El nuevo negocio va a abrirse en una provincia diferente. En éstos casos, habría que pagarle el desplazamiento o despedirla/baja voluntaria y que firmase el nuevo contrato en la nueva sede. Al contratarla, me acogí a un contrato de formación en el cual se me bonifica el 100% de las cuotas a la SS, el cual, perdería en caso de recontratarla... ¿Convendría continuar con el contrato conforme lo tenemos aunque notifiquemos el cambio de emplazamiento del lugar de trabajo?

Un saludo y gracias por adelantado :)
26/08/2015 12:49
Esto es mas bien unas cuestión de Derecho Laboral.

Te comento, si no me falla la memoria creo que tendría consideración de mayoritario, pero no de administradora (si SL por temas de mayorías).

Perfectamente puede ser empleada, pero cuidado! como sea administradora entraría en juego la teoría del vínculo.