Atendiendo al siguiente "Artículo 80. Retribución de los contratos de duración inferior a 30 días." Convenio Colectivo trabajadores de Correos:
Todo contrato que a su conclusión resulte ser menor de treinta días, o cualquier otro contrato que por sus características no incluye la parte proporcional de los descansos legales y con el fin de incluir la parte proporcional de los periodos de descanso reglamentarios, se retribuirá de acuerdo con la horas efectivas de trabajo realizadas cada día en el periodo de liquidación.
Siendo dada de baja por enfermedad común el 3er día de un contrato de 18 ( mujer embarazada de 6 meses ), quién me pagaría???