Buenas tardes, quisiera plantear una cuestion. Una empresa con sede en Madrid tiene trabajadores contratados con domicilio en el contrato en Madrid. Esta empresa realiza trabajos fuera de Madrid, por lo que tiene trabajadores desplazados. En las localidades donde realiza trabajos esta empezando a contratar trabajadores de la zona, y esta a punto de crear sedes en esas zonas. Respecto a los trabajadores desplazados, con contrato en Madrid, si la empresa les comenta que deben quedarse en la zona de forma permanente, ¿Tiene la empresa que abrir un periodo de consultas para negociar las nuevas condiciones decesos trabajadores?. Gracias.