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trabajar con nie caducado

9 Comentarios
 
Trabajar con nie caducado
22/11/2013 14:41
Hola
Mi situación es la siguiente. Tengo el NIE comunitario caducado, ya he presentado los documentos y tengo la cita para poner la huella en 2 meses (no había antes). Actualmente estoy trabajando pero para renovarme el contrato este mes me dicen que debo tener el NIE físico ya que podrían multar a la empresa. Es eso cierto? Me pueden renovar el contrato sin problema si mi resolución ya esta aceptada y solo falta ir a poner la huella?.
Gracias de antemano por sus respuestas
22/11/2013 15:36
Hola.

En general, SIEMPRE, la presentación oportuna de una solicitud de renovación de cualquier tipo de autorización de residencia o de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, tiene por efecto la PRORROGACIÓN DE SU VALIDEZ, con todos sus efectos.

Si una autorización o una tarjeta tienen prorrogados sus efectos, significa que éstos siguen produciéndose, por lo que la autorización o tarjeta continúa vigente. Al respecto, ya se ha pronunciado reiteradamente el Tribunal Supremo de Justicia: sigue siendo legal la permanencia de una persona en España, aunque deba esperar, incluso varios meses, entre la caducidad de una autorización y su efectiva renovación por parte de la Administración. Por eso, cuando se resuelve las renovaciones de autorizaciones de residencia, los efectos siempre son ex tunc, es decir, desde la fecha siguiente a la caducidad de la anterior autorización o tarjeta.

En el régimen comunitario, la situación es todavía más favorable, porque las personas sujetas a régimen comunitario no necesitan, como condición necesaria e indispensable previa, tener físicamente el certificado de inscripción o la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

Si usted ya tiene renovada y concedida la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, con derecho a residir con carácter permanente y tiene en su poder la resolución y el resguardo, nada impide que sea contratado laboralmente. La multa para los empleadores tiene lugar cuando contratan a trabajadores extranjeros que no cuenten con la debida autorización oque los habilite a trabajar. Pero, debe tenerse en cuenta que la autorización no es lo mismo que la tarjeta: la autorización se concede mediante la resolución, que tiene sus efectos desde la fecha en ella indicada, aunque la tarjeta de identidad de extranjero se expida y se entregue físicamente con posterioridad. En régimen comunitario, al ser más ventajoso, con mayor razón: teóricamente, el solo hecho de ser beneficiario del régimen comunitario, ya debería ser suficiente, pero siendo prácticos, con todo, basta el reconocimiento del derecho de residencia en régimen comunitario para poder ya realizar actividades lucrativas.

La tarjeta siempre se va a entregar mucho después de la fecha en la que se concedió la autorización o se reconoció el derecho de residencia. Por eso, lo importante es que la persona esté autorizada a residir y trabajar en España o tenga reconocido el derecho de residencia en régimen comunitario, aunque la tarjeta la puede aportar físicamente después. Si una empresa contrata a alguien en esta situación, no incurre en ninguna infracción, porque esa persona está legalmente habilitada para trabajar en España (tiene en su poder una resolución de la Administración Pública), aunque la tarjeta físicamente esté todavía en trámite.

Un cordial saludo.
21/12/2017 23:02
peravarion
Hola mi caso es diferente yo tengo mi tarjeta de residencia por arraigo social y el 3 de enero del 2018 se me va a caducar y no tengo toda la documentación necesaria para la renovación y no sé qué puedo hacer en este caso si me contratan en una empresa no sé si podría seguir trabajando o ME negarán el empleo
14/11/2019 14:35
peravarion
Buenas quisiera que por favor me orientaran yo soy solicitante de asilo tengo la tarjeta roja pero se me a vencido ya tengo la cita para el próximo mes y quisiera saber si así es posible me puedan contratar en alguna empresa .
17/03/2020 19:06
peravarion
Buenas tardes.
Mi consulta es la siguiente.
Llevo cinco años viviendo en España de manera legal y el 27 de febrero presente la documentación para solicitar residencia de larga duración, mi NIE caduca el próximo 23 de marzo.
Estoy trabajando y en extranjería me dijeron que aunque la resolución me llegue en el transcurso de tres meses por supuesto puedo seguir trabajando, aunque en mi empresa me han dicho que van a finalizar mi contrato hasta que tenga la resolución. Por supuesto mi autorización es de residencia y trabajo.
Tienen derecho a despedirme por este motivo? Ahora por la crisis del coronavirus las oficinas de extranjería están todas cerradas y de momento, a pesar de que llevo dos semanas intentándolo, no le ha sido posible hablar con nadie para que me digan cuál es el artículo que permite que yo siga trabajando.
Desde ya muchas gracias
18/03/2020 11:23
LucilaCabral
En http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja018/index.html puede ver que "La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento"

Es decir, no tienen derecho a despedirle por estar en proceso de renovación. Si le despiden por llegar el 23 de marzo sin resolución, puede reclamar la indemnización que corresponda por la improcedencia del despido.
29/03/2020 16:47
peravarion
Buenas Tardes,

Mi caso es el siguiente, el día 03/01/2020 venció mi Nie por arraigo social, realicé la renovación el pasado 29/11/2019, pero a la fecha aún no recibo la respuesta de extranjería, sigue en estatus de: en trámite, han pasado 4 meses desde entonces. Actualmente estoy trabajando, la empresa puede hacerme el Erte sin problemas con mi Nie vencido y en proceso de renovación? Gracias
25/05/2020 14:18
peravarion
Buenas tardes!
Mi NIE va a caducar el 06/junio/2020
Hasta esta fecha la empresa puede hacerme el contrato de trabajo por 1 año?
Ya tengo el resguardo de la renovación.
Muchas gracias
25/05/2020 15:54
FernandaSolla
Hola :

Si su autorización es de residencia y trabajo por cuenta ajena, puede ser contratado sin problemas.

Mientras su autorización esté vigente, nada impide su contratación. Y aun habiendo caducado, si se ha presentado oportunamente la solicitud de renovación, tampoco habrá inconveniente con la contratación, porque no hay que olvidar que la presentación oportuna de la solicitud de renovación tiene por efecto la PRÓRROGA DE LA VALIDEZ de la autorización caducada HASTA LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. Y si la resolución es favorable, sus efectos se retrotraerán al día siguiente de la fecha de caducidad de la autorización prorrogada, de modo que siempre será legal su contratación.

Un cordial saludo.
19/03/2021 13:02
Condedecartagena
Hola, muy interesante tu respuesta, estoy precisamente revisando este tema con una empresa y no se si es por falta de conocimiento pero no entienden que pueden hacer la firma de contrato. Conoces una referencia legal alguna resolución del tribunal supremo o algo que pueda utilizar para hacerles referencia?

Agradeciendo de antemano,
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Trabajar con nie caducado
22/11/2013 14:41
Hola
Mi situación es la siguiente. Tengo el NIE comunitario caducado, ya he presentado los documentos y tengo la cita para poner la huella en 2 meses (no había antes). Actualmente estoy trabajando pero para renovarme el contrato este mes me dicen que debo tener el NIE físico ya que podrían multar a la empresa. Es eso cierto? Me pueden renovar el contrato sin problema si mi resolución ya esta aceptada y solo falta ir a poner la huella?.
Gracias de antemano por sus respuestas
22/11/2013 15:36
Hola.

En general, SIEMPRE, la presentación oportuna de una solicitud de renovación de cualquier tipo de autorización de residencia o de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, tiene por efecto la PRORROGACIÓN DE SU VALIDEZ, con todos sus efectos.

Si una autorización o una tarjeta tienen prorrogados sus efectos, significa que éstos siguen produciéndose, por lo que la autorización o tarjeta continúa vigente. Al respecto, ya se ha pronunciado reiteradamente el Tribunal Supremo de Justicia: sigue siendo legal la permanencia de una persona en España, aunque deba esperar, incluso varios meses, entre la caducidad de una autorización y su efectiva renovación por parte de la Administración. Por eso, cuando se resuelve las renovaciones de autorizaciones de residencia, los efectos siempre son ex tunc, es decir, desde la fecha siguiente a la caducidad de la anterior autorización o tarjeta.

En el régimen comunitario, la situación es todavía más favorable, porque las personas sujetas a régimen comunitario no necesitan, como condición necesaria e indispensable previa, tener físicamente el certificado de inscripción o la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

Si usted ya tiene renovada y concedida la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, con derecho a residir con carácter permanente y tiene en su poder la resolución y el resguardo, nada impide que sea contratado laboralmente. La multa para los empleadores tiene lugar cuando contratan a trabajadores extranjeros que no cuenten con la debida autorización oque los habilite a trabajar. Pero, debe tenerse en cuenta que la autorización no es lo mismo que la tarjeta: la autorización se concede mediante la resolución, que tiene sus efectos desde la fecha en ella indicada, aunque la tarjeta de identidad de extranjero se expida y se entregue físicamente con posterioridad. En régimen comunitario, al ser más ventajoso, con mayor razón: teóricamente, el solo hecho de ser beneficiario del régimen comunitario, ya debería ser suficiente, pero siendo prácticos, con todo, basta el reconocimiento del derecho de residencia en régimen comunitario para poder ya realizar actividades lucrativas.

La tarjeta siempre se va a entregar mucho después de la fecha en la que se concedió la autorización o se reconoció el derecho de residencia. Por eso, lo importante es que la persona esté autorizada a residir y trabajar en España o tenga reconocido el derecho de residencia en régimen comunitario, aunque la tarjeta la puede aportar físicamente después. Si una empresa contrata a alguien en esta situación, no incurre en ninguna infracción, porque esa persona está legalmente habilitada para trabajar en España (tiene en su poder una resolución de la Administración Pública), aunque la tarjeta físicamente esté todavía en trámite.

Un cordial saludo.
21/12/2017 23:02
peravarion
Hola mi caso es diferente yo tengo mi tarjeta de residencia por arraigo social y el 3 de enero del 2018 se me va a caducar y no tengo toda la documentación necesaria para la renovación y no sé qué puedo hacer en este caso si me contratan en una empresa no sé si podría seguir trabajando o ME negarán el empleo
14/11/2019 14:35
peravarion
Buenas quisiera que por favor me orientaran yo soy solicitante de asilo tengo la tarjeta roja pero se me a vencido ya tengo la cita para el próximo mes y quisiera saber si así es posible me puedan contratar en alguna empresa .
17/03/2020 19:06
peravarion
Buenas tardes.
Mi consulta es la siguiente.
Llevo cinco años viviendo en España de manera legal y el 27 de febrero presente la documentación para solicitar residencia de larga duración, mi NIE caduca el próximo 23 de marzo.
Estoy trabajando y en extranjería me dijeron que aunque la resolución me llegue en el transcurso de tres meses por supuesto puedo seguir trabajando, aunque en mi empresa me han dicho que van a finalizar mi contrato hasta que tenga la resolución. Por supuesto mi autorización es de residencia y trabajo.
Tienen derecho a despedirme por este motivo? Ahora por la crisis del coronavirus las oficinas de extranjería están todas cerradas y de momento, a pesar de que llevo dos semanas intentándolo, no le ha sido posible hablar con nadie para que me digan cuál es el artículo que permite que yo siga trabajando.
Desde ya muchas gracias
18/03/2020 11:23
LucilaCabral
En http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja018/index.html puede ver que "La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento"

Es decir, no tienen derecho a despedirle por estar en proceso de renovación. Si le despiden por llegar el 23 de marzo sin resolución, puede reclamar la indemnización que corresponda por la improcedencia del despido.
29/03/2020 16:47
peravarion
Buenas Tardes,

Mi caso es el siguiente, el día 03/01/2020 venció mi Nie por arraigo social, realicé la renovación el pasado 29/11/2019, pero a la fecha aún no recibo la respuesta de extranjería, sigue en estatus de: en trámite, han pasado 4 meses desde entonces. Actualmente estoy trabajando, la empresa puede hacerme el Erte sin problemas con mi Nie vencido y en proceso de renovación? Gracias
25/05/2020 14:18
peravarion
Buenas tardes!
Mi NIE va a caducar el 06/junio/2020
Hasta esta fecha la empresa puede hacerme el contrato de trabajo por 1 año?
Ya tengo el resguardo de la renovación.
Muchas gracias
25/05/2020 15:54
FernandaSolla
Hola :

Si su autorización es de residencia y trabajo por cuenta ajena, puede ser contratado sin problemas.

Mientras su autorización esté vigente, nada impide su contratación. Y aun habiendo caducado, si se ha presentado oportunamente la solicitud de renovación, tampoco habrá inconveniente con la contratación, porque no hay que olvidar que la presentación oportuna de la solicitud de renovación tiene por efecto la PRÓRROGA DE LA VALIDEZ de la autorización caducada HASTA LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. Y si la resolución es favorable, sus efectos se retrotraerán al día siguiente de la fecha de caducidad de la autorización prorrogada, de modo que siempre será legal su contratación.

Un cordial saludo.
19/03/2021 13:02
Condedecartagena
Hola, muy interesante tu respuesta, estoy precisamente revisando este tema con una empresa y no se si es por falta de conocimiento pero no entienden que pueden hacer la firma de contrato. Conoces una referencia legal alguna resolución del tribunal supremo o algo que pueda utilizar para hacerles referencia?

Agradeciendo de antemano,