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Trabajar con NIE caducado.

41 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 41 comentarios
22/11/2021 12:32
Hola buen día, que pasa si tengo contrato de trabajo y mi NIE se ha vencido por denegación de acilo y me he hecho pareja de hecho con mi novio, qué pasos debería seguir para legalizar mi situación aquí. Tengo 2 años y 3 meces residiendo aquí en España y trabajando ya 9 meces pero mi NIE venció en septiembre
24/11/2021 11:56
Hola! ¿ me pueden contratar si estoy en proceso de renovación a espera de que me entreguen la nueva tarjeta, y mi tarjeta antigua acaba de caducar???
Gracias!!!
28/11/2021 20:46
Paseton
Hola:

Es necesario conocer el tipo de autorización que tiene.

1.- Si fuera titular de una autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE, la autorización es permanente y sólo debe renovar la tarjeta de identidad de extranjero. Nada impide que pueda formalizar un contrato de trabajo mientras está a la espera de la renovación y entrega de la nueva tarjeta de identidad de extranjero, pues los residentes de larga duración están autorizados a residir indefinidamente en España y a trabajar en las mismas condiciones que los españoles.

2.- Si su autorización de residencia fuera temporal de residencia y trabajo por cuenta ajena, la presentación oportuna de la solicitud de renovación de la autorización prorroga la validez de la autorización caducada hasta la resolución del procedimiento de renovación, por lo que, al estar prorrogada la validez de la autorización caducada, sigue produciendo efectos y por tanto, la persona continúa hallándose en España de forma legal y autorizada para trabajar por cuenta ajena, por lo que no hay problema alguno con que pueda ser contratada siempre y cuando presente al empleador la tarjeta de identidad de extranjero caducada junto con el resguardo de presentación de la solicitud de la renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Si ya tuviera resolución favorable expresa o hubieran transcurrido más de tres meses desde la fecha de la presentación de la solicitud sin haber recibido notificación alguna (que en las renovaciones conlleva la estimación de la solicitud por silencio administrativo, que tiene la consideración de acto administrativo presunto definitivo y finalizador de procedimiento), con mayor razón, porque los efectos de la resolución favorable se retrotraen al día siguiente de la fecha de la caducidad de la autorización anterior, sin perjuicio de la obligación de la persona de solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes siguiente a la notificación.

Un cordial saludo.
29/11/2021 18:57
Buenas tardes
Tengo mi NIE caducado desde el 14 de junio, realice mi solicitud de arraigo laboral por circunstancias excepcionales el 31 de mayo pero mi abogada me dice que entró en registro el día 11 de julio, aún no me dan respuesta y sigue en proceso de trámite. Me han ofrecido un trabajo nuevo pero me dice que no puedo ser contratada por qué tengo el NIE caducado. Complejo 6 meses desde el día 31 de mayo esperando que me resuelvan la tarjeta de residencia. Podrías decirme si me pueden o no contratar?. Gracias
12/12/2021 05:38
Hola, mucho gusto;

Realicé mi solicitud de prorroga de visado un mes antes de que venza hasta el mes de enero que vencen mis prácticas, sin embargo, aún se encuentra en trámite y la empresa me desea renovar por 06 meses más. ¿debo esperar a tener respuesta de extranjería o puedo solicitar la nueva prorroga con una solicitud en trámite?

Y en el caso que deba esperar la respuesta, no me queda claro si al haber pedido mi prorroga hasta enero y que me den respuesta recién en ese mismo mes, ¿quizá me respondan que me la niegan por ya estar en el mes que solicité o me brindan igual el tiempo solicitado desde la fecha de la respuesta?

Así mismo, si me la niegan, ¿podré igual solicitar una prorroga por los 06 meses más que la empresa me requiere teniendo en cuenta que mi visa estaría vencida?

Muchas gracias por su tiempo.
12/12/2021 14:33
Andye, si tenías un permiso de residencia y trabajo válido hasta junio de 2021, no entiendo porque solicitas un arraigo laboral en mayo de 2021, en vez de renovar el permiso que tenías, no tiene mucha lógica. Si no solicitaste tu permiso anterior, NO podrás trabajar hast que consigas otro permiso que te autorice a trabajar (ya sea el arraigo laboral o cualquier otro que pidas en el futuro).

Hugo, ¿cuando vence tu visado actual?, no queda claro si vence en enero o en diciembre. Entiendo que es un visado de prácticas NO laborales. En cualquier caso, una cosa que puedes hacer, si tu visa sigue vigente es desistir de la solicitud de renovación de visa que has presentado y está en trámite, y acto seguido presentar una nueva solicitud de prorroga de visado por el tiempo que necesites
12/12/2021 16:18
marticc
Muchas gracias, Marticc;

Mi visado actual venció en noviembre y en octubre solicité la prorroga hasta enero que vencía mi primera etapa de prácticas no laborables. Sin embargo, en el trabajo m desean renovar y mi primera solicitud sigue en trámite.

Saludos.
11/01/2022 20:26
Hola, me he caducado el nie y tenía familiar y como divorcie me dicen que he perdido el derecho.Que tipo nie tengo que solicitar? Llevo 21 año en España
11/01/2022 22:20
Buenas Noches quería consultar mi caso, Yo solicité renovación de mi permiso de residencia y trabajo temporal (segunda renovación) el día 21/10/2021 que caducaba el 16/12/2021, y se me ha denegado por no haber cotizado seis meses en cada año (se me acabó el contrato anterior en enero de 2020 y ya no pude trabajar más por que me iban a contratar pero llego la pandemia y estuve cobrando el subsidio de seis meses y después el RAI hasta el 1/9/21 interrumpí el RAI por que me contrataron por seis meses y se me acaba el contrato en febrero de 2022) ahora tengo que optar por recurrir para seguir trabajando pero no se si puedo recurrir y al mismo tiempo presentar arraigo laboral
ya que para el arraigo laboral si cumplo los requisitos
es posible recurrir la denegación y solicitar al mismo tiempo el arraigo laboral?? o que debo hacer ??
12/01/2022 00:25
Marymanuel73
Hola:

No indica usted el tipo de autorización de la que era titular.

Si hubiera sido de régimen comunitario y era la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial, si se divorció sin que hubieran transcurrido, al menos, tres años desde la celebración del matrimonio hasta el momento del inicio del procedimiento de divorcio, de los cuales al menos un año debió haber transcurrido en España y al mismo tiempo no existían hijos menores de edad en común respecto de los cuales a usted le hubiera sido atribuida la custodia o reconocido el derecho de visita, estaba obligado a solicitar la modificación de régimen comunitario a régimen general en el plazo de tres meses siguientes a la disolución del vínculo matrimonial.

Si, en cambio, se hallaba en algún supuesto que le permitía conservar el derecho de residencia en régimen comunitario, simplemente estaba obligado a comunicarlo a la Oficina de Extranjería, pero seguía conservando el derecho de residencia a título personal.

En el caso de que usted ya fuera titular de una tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión, el divorcio no afecta al derecho de residencia permanente ya adquirido, sin perjuicio de la obligación de comunicarlo a la Oficina de Extranjería.

POSIBLES SOLUCIONES EN CASO DE QUE NO HUBIERA CONSERVADO EL DERECHO DE RESIDENCIA EN RÉGIMEN COMUNITARIO Y NO HUBIERA SOLICITADO OPORTUNAMENTE LA MODIFICACIÓN A RÉGIMEN GENERAL:

1.- Solicitar una autorización de residencia de larga duración en régimen general, para lo cual basta con haber residido en España de forma legal y continuada durante los 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud. Pero ha de presentarse la solicitud dentro del plazo de dos meses anteriores a la caducidad de su tarjeta y hasta dentro de los tres meses siguientes a la caducidad. Si ya está fuera de esos plazos, no lo podrá hacer y si la presenta, será inadmitida a trámite.

2.- Si definitivamente ya se ha quedado en situación irregular, deberá regularizar su situación a través de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo: si usted lleva en España al menos dos años y ha estado trabajando durante al menos seis meses durante esos dos años inmediatamente anteriores a la solicitud (si lo hizo provisto de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, puede aportar como medio de prueba el informe de vida laboral), podría solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral. Y si no hubiera estado trabajando y llevara al menos tres años en España, podría solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social.

Un cordial saludo.
05/04/2022 08:36
Hola buenos días. Tengo a un trabajador dado de alta desde febrero 2021 documentación están en regla. Al solicitar la renovación le denegaron. Puede seguir. Dado de alta. O si es cierto q aún puede trabajar. Mientras no le den de baja de oficio o tengo q comunicar. A la seguridad social.
Gracias. Saludos
06/04/2022 22:15
Ariel2609
Hola:

La resolución denegatoria es un acto administrativo definitivo y finalizador de procedimiento. Como tal, se beneficia de las presunciones de legalidad, legitimidad y ejecutividad. Pero hasta que no adquiera firmeza, puede ser recurrida en vía administrativa (recurso potestativo de reposición) o directamente en vía judicial (recurso contencioso-administrativo).

Si se interpone oportunamente el recurso potestativo de reposición contra la resolución denegatoria y se solicita la suspensión de la ejecución de la resolución denegatoria, la Administración tiene un mes de plazo para resolver y notificar sobre la suspensión de la ejecución, pero si no resuelve nada en ese plazo, se entiende suspendida la ejecución y el trabajador extranjero puede continuar con su actividad mientras esté en vía de recurso. Si el recurso potestativo de reposisición es desestimado y no presenta en el plazo de dos meses el recurso contencioso-administrativo, la resolución denegatoria adquirirá firmeza y entonces sí ya no podrá seguir trabajando por no contar con una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en vigor.

Un cordial saludo.
13/04/2022 12:31
Buenos días, mi nie caduca el 15 de este mes de abril y presente mi renovación en el ayuntamiento de madrid el día 12, me quieren hacer un contrato indefinido , dígame me pueden dar de alta ? Porque la empresa me dice que no les deja.
14/04/2022 10:32
Tengo una tarjeta de residencia de larga duración, he estado casada con un español que falleció hace 11 años. Tengo 2 hijos españoles y llevo 25 años en España.. Se me pasó renovar la tarjeta, que tenia el vencimiento el 3 de enero de 2022. Me di cuenta porque cambié de trabajo, pero al ver uq esta caducada no quieren contratarme hasta que lo arregle.. La primera cita en la policia es el 3 de junio.
En qué situación estoy? Puedo trabajar? En principio entiendo que la renovación es un trámite administrativo. Muchas gracias desde ya por su atención
06/07/2022 12:56
holaa,
Tengo el nie caducado, he solicitado la renovación por arraigo laboral con contrato indefinido, me han dado cita en la extranjería de valencia para validar la documentación original y eso, y el chico de la extranjería me ha dicho que estaba todo bien, que fue acepto y que me llegaría la resolución en mi casa, en la sede electrónica me sale el estado de la resolución en trámite, y ya hace 1 mes que sale así, una otra empresa me quiere contratar, digo si salgo de la empresa que estoy ahora mismo para incorporarme en otra ellos podrán hacerme el contrato sin problemas? Mismo con el papel de la resolución en trámite ? Aunque el nie esté caducado?
07/07/2022 03:47
hola vine con contrato de trabajo de socorrista me dieron mi NIE 3 meses de trabjo y 3 meses que me puedo quedar en españa legal
ya llevo 1 año en españa , creo que mi NIE esta vencido , aun lo utilizo para hacer pedido en internet
quisiera saver que posivilidad tengo para trabajar en una empresa , escuche que pueden falsificar y trabajar con eso ya que no se fijan en eso y lo dan por alto
soy de peru , que me reconmendarias hacer en ese caso
07/07/2022 12:00
Dharryell
Hola:

1.- Si se le caducó su autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena anterior y ahora ha solicitado una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral, no se trata de una renovación sino de una autorización inicial. Es importante tener presente esto porque el sentido del silencio administrativo en las solicitudes de autorizaciones iniciales es desestimatorio y no estimatorio, como sucede en las renovaciones.

2.- Si usted tiene el resguardo de que su solicitud está en trámite, eso le permite acreditar la legalidad de su permanencia en España. Pero al no tratarse de una renovación en sentido estricto ni de una modificación, sino de una autorización inicial, no se produce el efecto jurídico previsto para esos casos: la prórroga de la validez de la autorización caducada hasta la resolución del procedimiento. Por tanto, si bien su permanencia en el país es legal, al no haberse producido una prórroga de la validez de una autorización caducada, esa autorización no sigue produciendo efectos.

3.- Cuando se haya resuelto su solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral, en la resolución le vendrá indicada la fecha de inicio de efectos y con la resolución favorable ya podrá ser contratado, sin perjuicio de la obligación de obtener la tarjeta de identidad de extranjero.

Un cordial saludo.
07/07/2022 12:17
broken
Hola:

Por lo que usted indica, vino a España con un visado de residencia y trabajo de temporada, que por regla general tiene una vigencia máxima de 6 meses por año y está obligado a salir de España antes de la finalización de ese período. Dado que es una autorización de residencia y trabajo que tiene una vigencia no superior a los 6 meses, no se le expide tarjeta de identidad de extranjero, siendo suficiente con el visado estampados en el pasaporte, en el que viene indicado el NIE.

El NIE (Número de Identidad de Extranjero), es sólo un número identificativo, pero por sí solo no dice nada de la situación del extranjero en España. No se lo puede ni debe confundir con la autorización administrativa para residir o para residir y trabajar en España (autorización de residencia), que es el acto administrativo por el cual la Administración concede al extranjero el permiso o autorización para residir y realizar actividades lucrativas en España, sujeto a las condiciones legales y reglamentarias pertinentes (que es lo que determina realmente la situación del extranjero en España); ni tampoco con la tarjeta de identidad de extranjero, que es el carné con fotografía que lleva incorporado el NIE y sirve para identificar al extranjero en España y ante autoridades españolas, que es expedido por el Cuerpo Nacional de Policía con base en una autorización de residencia concedida al extranjero por tiempo superior a 6 meses.

Por lo tanto, tener NIE no significa, necesariamente, ser titular de una autorización de residencia en España, pues es perfectamente posible tener NIE y sin embargo, no tener la calidad de residente legal en España, bien porque realmente no se reside en España, bien porque se ha pasado a hallar en situación irregular o fue asignado a causa de la incoación de un procedimiento administrativo sancionador o bien por estar legalmente en España, pero en situación diferente de la de residencia (por ejemplo, los estudiantes extranjeros, pero también los diplomáticos extranjeros, que tienen sus credenciales expedidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores pero que igual tienen un NIE asignado por el Cuerpo Nacional de Policía).

Si usted se quedó en España después de la fecha de caducidad del visado que le fue concedido, ha pasado a hallarse en situación irregular y legalmente se halla en la obligación de salir de España. Para regularizar su situación podría, llegado el momento, solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social.

Un cordial saludo.
20/07/2022 17:23
Hola que tal

tengo dos preguntas.

tengo mi nie caducado despues de los 90 dias y voy a volver definitivamente a mi pais pronto, habria algun problema con eso?

segundo es que en el trabajo me piden la resolucion pero no me han dado nada. que pasaria en este caso? fui a hacer la renovacion varias veces pero me pedian un padron menor a tres meses y cuando lo quise renovar o me dejaban por tener nie caducado
20/04/2023 18:42
Hola tengo en NIE por caducar el 2 de mayo y no puedo tramitar por mi pasaporte está CADUCADO solo está para que me entreguen en mi consulado, desde diciembre que solicité hasta ahora me dicen que siga esperando que hago, en mi trabajo me piden el resguardo si quiero seguro trabajando al igual que en el banco, como yo REAGRUPE a mi marido de él también vence la misma fecha ah y hice la JURA de nacionalidad ante un NOTARIO desde marzo ¿ Que puedo a ser para seguro trabajando?
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Trabajar con NIE caducado.

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Viendo 21 - 40 de 41 comentarios
22/11/2021 12:32
Hola buen día, que pasa si tengo contrato de trabajo y mi NIE se ha vencido por denegación de acilo y me he hecho pareja de hecho con mi novio, qué pasos debería seguir para legalizar mi situación aquí. Tengo 2 años y 3 meces residiendo aquí en España y trabajando ya 9 meces pero mi NIE venció en septiembre
24/11/2021 11:56
Hola! ¿ me pueden contratar si estoy en proceso de renovación a espera de que me entreguen la nueva tarjeta, y mi tarjeta antigua acaba de caducar???
Gracias!!!
28/11/2021 20:46
Paseton
Hola:

Es necesario conocer el tipo de autorización que tiene.

1.- Si fuera titular de una autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE, la autorización es permanente y sólo debe renovar la tarjeta de identidad de extranjero. Nada impide que pueda formalizar un contrato de trabajo mientras está a la espera de la renovación y entrega de la nueva tarjeta de identidad de extranjero, pues los residentes de larga duración están autorizados a residir indefinidamente en España y a trabajar en las mismas condiciones que los españoles.

2.- Si su autorización de residencia fuera temporal de residencia y trabajo por cuenta ajena, la presentación oportuna de la solicitud de renovación de la autorización prorroga la validez de la autorización caducada hasta la resolución del procedimiento de renovación, por lo que, al estar prorrogada la validez de la autorización caducada, sigue produciendo efectos y por tanto, la persona continúa hallándose en España de forma legal y autorizada para trabajar por cuenta ajena, por lo que no hay problema alguno con que pueda ser contratada siempre y cuando presente al empleador la tarjeta de identidad de extranjero caducada junto con el resguardo de presentación de la solicitud de la renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Si ya tuviera resolución favorable expresa o hubieran transcurrido más de tres meses desde la fecha de la presentación de la solicitud sin haber recibido notificación alguna (que en las renovaciones conlleva la estimación de la solicitud por silencio administrativo, que tiene la consideración de acto administrativo presunto definitivo y finalizador de procedimiento), con mayor razón, porque los efectos de la resolución favorable se retrotraen al día siguiente de la fecha de la caducidad de la autorización anterior, sin perjuicio de la obligación de la persona de solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes siguiente a la notificación.

Un cordial saludo.
29/11/2021 18:57
Buenas tardes
Tengo mi NIE caducado desde el 14 de junio, realice mi solicitud de arraigo laboral por circunstancias excepcionales el 31 de mayo pero mi abogada me dice que entró en registro el día 11 de julio, aún no me dan respuesta y sigue en proceso de trámite. Me han ofrecido un trabajo nuevo pero me dice que no puedo ser contratada por qué tengo el NIE caducado. Complejo 6 meses desde el día 31 de mayo esperando que me resuelvan la tarjeta de residencia. Podrías decirme si me pueden o no contratar?. Gracias
12/12/2021 05:38
Hola, mucho gusto;

Realicé mi solicitud de prorroga de visado un mes antes de que venza hasta el mes de enero que vencen mis prácticas, sin embargo, aún se encuentra en trámite y la empresa me desea renovar por 06 meses más. ¿debo esperar a tener respuesta de extranjería o puedo solicitar la nueva prorroga con una solicitud en trámite?

Y en el caso que deba esperar la respuesta, no me queda claro si al haber pedido mi prorroga hasta enero y que me den respuesta recién en ese mismo mes, ¿quizá me respondan que me la niegan por ya estar en el mes que solicité o me brindan igual el tiempo solicitado desde la fecha de la respuesta?

Así mismo, si me la niegan, ¿podré igual solicitar una prorroga por los 06 meses más que la empresa me requiere teniendo en cuenta que mi visa estaría vencida?

Muchas gracias por su tiempo.
12/12/2021 14:33
Andye, si tenías un permiso de residencia y trabajo válido hasta junio de 2021, no entiendo porque solicitas un arraigo laboral en mayo de 2021, en vez de renovar el permiso que tenías, no tiene mucha lógica. Si no solicitaste tu permiso anterior, NO podrás trabajar hast que consigas otro permiso que te autorice a trabajar (ya sea el arraigo laboral o cualquier otro que pidas en el futuro).

Hugo, ¿cuando vence tu visado actual?, no queda claro si vence en enero o en diciembre. Entiendo que es un visado de prácticas NO laborales. En cualquier caso, una cosa que puedes hacer, si tu visa sigue vigente es desistir de la solicitud de renovación de visa que has presentado y está en trámite, y acto seguido presentar una nueva solicitud de prorroga de visado por el tiempo que necesites
12/12/2021 16:18
marticc
Muchas gracias, Marticc;

Mi visado actual venció en noviembre y en octubre solicité la prorroga hasta enero que vencía mi primera etapa de prácticas no laborables. Sin embargo, en el trabajo m desean renovar y mi primera solicitud sigue en trámite.

Saludos.
11/01/2022 20:26
Hola, me he caducado el nie y tenía familiar y como divorcie me dicen que he perdido el derecho.Que tipo nie tengo que solicitar? Llevo 21 año en España
11/01/2022 22:20
Buenas Noches quería consultar mi caso, Yo solicité renovación de mi permiso de residencia y trabajo temporal (segunda renovación) el día 21/10/2021 que caducaba el 16/12/2021, y se me ha denegado por no haber cotizado seis meses en cada año (se me acabó el contrato anterior en enero de 2020 y ya no pude trabajar más por que me iban a contratar pero llego la pandemia y estuve cobrando el subsidio de seis meses y después el RAI hasta el 1/9/21 interrumpí el RAI por que me contrataron por seis meses y se me acaba el contrato en febrero de 2022) ahora tengo que optar por recurrir para seguir trabajando pero no se si puedo recurrir y al mismo tiempo presentar arraigo laboral
ya que para el arraigo laboral si cumplo los requisitos
es posible recurrir la denegación y solicitar al mismo tiempo el arraigo laboral?? o que debo hacer ??
12/01/2022 00:25
Marymanuel73
Hola:

No indica usted el tipo de autorización de la que era titular.

Si hubiera sido de régimen comunitario y era la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial, si se divorció sin que hubieran transcurrido, al menos, tres años desde la celebración del matrimonio hasta el momento del inicio del procedimiento de divorcio, de los cuales al menos un año debió haber transcurrido en España y al mismo tiempo no existían hijos menores de edad en común respecto de los cuales a usted le hubiera sido atribuida la custodia o reconocido el derecho de visita, estaba obligado a solicitar la modificación de régimen comunitario a régimen general en el plazo de tres meses siguientes a la disolución del vínculo matrimonial.

Si, en cambio, se hallaba en algún supuesto que le permitía conservar el derecho de residencia en régimen comunitario, simplemente estaba obligado a comunicarlo a la Oficina de Extranjería, pero seguía conservando el derecho de residencia a título personal.

En el caso de que usted ya fuera titular de una tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión, el divorcio no afecta al derecho de residencia permanente ya adquirido, sin perjuicio de la obligación de comunicarlo a la Oficina de Extranjería.

POSIBLES SOLUCIONES EN CASO DE QUE NO HUBIERA CONSERVADO EL DERECHO DE RESIDENCIA EN RÉGIMEN COMUNITARIO Y NO HUBIERA SOLICITADO OPORTUNAMENTE LA MODIFICACIÓN A RÉGIMEN GENERAL:

1.- Solicitar una autorización de residencia de larga duración en régimen general, para lo cual basta con haber residido en España de forma legal y continuada durante los 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud. Pero ha de presentarse la solicitud dentro del plazo de dos meses anteriores a la caducidad de su tarjeta y hasta dentro de los tres meses siguientes a la caducidad. Si ya está fuera de esos plazos, no lo podrá hacer y si la presenta, será inadmitida a trámite.

2.- Si definitivamente ya se ha quedado en situación irregular, deberá regularizar su situación a través de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo: si usted lleva en España al menos dos años y ha estado trabajando durante al menos seis meses durante esos dos años inmediatamente anteriores a la solicitud (si lo hizo provisto de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, puede aportar como medio de prueba el informe de vida laboral), podría solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral. Y si no hubiera estado trabajando y llevara al menos tres años en España, podría solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social.

Un cordial saludo.
05/04/2022 08:36
Hola buenos días. Tengo a un trabajador dado de alta desde febrero 2021 documentación están en regla. Al solicitar la renovación le denegaron. Puede seguir. Dado de alta. O si es cierto q aún puede trabajar. Mientras no le den de baja de oficio o tengo q comunicar. A la seguridad social.
Gracias. Saludos
06/04/2022 22:15
Ariel2609
Hola:

La resolución denegatoria es un acto administrativo definitivo y finalizador de procedimiento. Como tal, se beneficia de las presunciones de legalidad, legitimidad y ejecutividad. Pero hasta que no adquiera firmeza, puede ser recurrida en vía administrativa (recurso potestativo de reposición) o directamente en vía judicial (recurso contencioso-administrativo).

Si se interpone oportunamente el recurso potestativo de reposición contra la resolución denegatoria y se solicita la suspensión de la ejecución de la resolución denegatoria, la Administración tiene un mes de plazo para resolver y notificar sobre la suspensión de la ejecución, pero si no resuelve nada en ese plazo, se entiende suspendida la ejecución y el trabajador extranjero puede continuar con su actividad mientras esté en vía de recurso. Si el recurso potestativo de reposisición es desestimado y no presenta en el plazo de dos meses el recurso contencioso-administrativo, la resolución denegatoria adquirirá firmeza y entonces sí ya no podrá seguir trabajando por no contar con una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en vigor.

Un cordial saludo.
13/04/2022 12:31
Buenos días, mi nie caduca el 15 de este mes de abril y presente mi renovación en el ayuntamiento de madrid el día 12, me quieren hacer un contrato indefinido , dígame me pueden dar de alta ? Porque la empresa me dice que no les deja.
14/04/2022 10:32
Tengo una tarjeta de residencia de larga duración, he estado casada con un español que falleció hace 11 años. Tengo 2 hijos españoles y llevo 25 años en España.. Se me pasó renovar la tarjeta, que tenia el vencimiento el 3 de enero de 2022. Me di cuenta porque cambié de trabajo, pero al ver uq esta caducada no quieren contratarme hasta que lo arregle.. La primera cita en la policia es el 3 de junio.
En qué situación estoy? Puedo trabajar? En principio entiendo que la renovación es un trámite administrativo. Muchas gracias desde ya por su atención
06/07/2022 12:56
holaa,
Tengo el nie caducado, he solicitado la renovación por arraigo laboral con contrato indefinido, me han dado cita en la extranjería de valencia para validar la documentación original y eso, y el chico de la extranjería me ha dicho que estaba todo bien, que fue acepto y que me llegaría la resolución en mi casa, en la sede electrónica me sale el estado de la resolución en trámite, y ya hace 1 mes que sale así, una otra empresa me quiere contratar, digo si salgo de la empresa que estoy ahora mismo para incorporarme en otra ellos podrán hacerme el contrato sin problemas? Mismo con el papel de la resolución en trámite ? Aunque el nie esté caducado?
07/07/2022 03:47
hola vine con contrato de trabajo de socorrista me dieron mi NIE 3 meses de trabjo y 3 meses que me puedo quedar en españa legal
ya llevo 1 año en españa , creo que mi NIE esta vencido , aun lo utilizo para hacer pedido en internet
quisiera saver que posivilidad tengo para trabajar en una empresa , escuche que pueden falsificar y trabajar con eso ya que no se fijan en eso y lo dan por alto
soy de peru , que me reconmendarias hacer en ese caso
07/07/2022 12:00
Dharryell
Hola:

1.- Si se le caducó su autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena anterior y ahora ha solicitado una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral, no se trata de una renovación sino de una autorización inicial. Es importante tener presente esto porque el sentido del silencio administrativo en las solicitudes de autorizaciones iniciales es desestimatorio y no estimatorio, como sucede en las renovaciones.

2.- Si usted tiene el resguardo de que su solicitud está en trámite, eso le permite acreditar la legalidad de su permanencia en España. Pero al no tratarse de una renovación en sentido estricto ni de una modificación, sino de una autorización inicial, no se produce el efecto jurídico previsto para esos casos: la prórroga de la validez de la autorización caducada hasta la resolución del procedimiento. Por tanto, si bien su permanencia en el país es legal, al no haberse producido una prórroga de la validez de una autorización caducada, esa autorización no sigue produciendo efectos.

3.- Cuando se haya resuelto su solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral, en la resolución le vendrá indicada la fecha de inicio de efectos y con la resolución favorable ya podrá ser contratado, sin perjuicio de la obligación de obtener la tarjeta de identidad de extranjero.

Un cordial saludo.
07/07/2022 12:17
broken
Hola:

Por lo que usted indica, vino a España con un visado de residencia y trabajo de temporada, que por regla general tiene una vigencia máxima de 6 meses por año y está obligado a salir de España antes de la finalización de ese período. Dado que es una autorización de residencia y trabajo que tiene una vigencia no superior a los 6 meses, no se le expide tarjeta de identidad de extranjero, siendo suficiente con el visado estampados en el pasaporte, en el que viene indicado el NIE.

El NIE (Número de Identidad de Extranjero), es sólo un número identificativo, pero por sí solo no dice nada de la situación del extranjero en España. No se lo puede ni debe confundir con la autorización administrativa para residir o para residir y trabajar en España (autorización de residencia), que es el acto administrativo por el cual la Administración concede al extranjero el permiso o autorización para residir y realizar actividades lucrativas en España, sujeto a las condiciones legales y reglamentarias pertinentes (que es lo que determina realmente la situación del extranjero en España); ni tampoco con la tarjeta de identidad de extranjero, que es el carné con fotografía que lleva incorporado el NIE y sirve para identificar al extranjero en España y ante autoridades españolas, que es expedido por el Cuerpo Nacional de Policía con base en una autorización de residencia concedida al extranjero por tiempo superior a 6 meses.

Por lo tanto, tener NIE no significa, necesariamente, ser titular de una autorización de residencia en España, pues es perfectamente posible tener NIE y sin embargo, no tener la calidad de residente legal en España, bien porque realmente no se reside en España, bien porque se ha pasado a hallar en situación irregular o fue asignado a causa de la incoación de un procedimiento administrativo sancionador o bien por estar legalmente en España, pero en situación diferente de la de residencia (por ejemplo, los estudiantes extranjeros, pero también los diplomáticos extranjeros, que tienen sus credenciales expedidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores pero que igual tienen un NIE asignado por el Cuerpo Nacional de Policía).

Si usted se quedó en España después de la fecha de caducidad del visado que le fue concedido, ha pasado a hallarse en situación irregular y legalmente se halla en la obligación de salir de España. Para regularizar su situación podría, llegado el momento, solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social.

Un cordial saludo.
20/07/2022 17:23
Hola que tal

tengo dos preguntas.

tengo mi nie caducado despues de los 90 dias y voy a volver definitivamente a mi pais pronto, habria algun problema con eso?

segundo es que en el trabajo me piden la resolucion pero no me han dado nada. que pasaria en este caso? fui a hacer la renovacion varias veces pero me pedian un padron menor a tres meses y cuando lo quise renovar o me dejaban por tener nie caducado
20/04/2023 18:42
Hola tengo en NIE por caducar el 2 de mayo y no puedo tramitar por mi pasaporte está CADUCADO solo está para que me entreguen en mi consulado, desde diciembre que solicité hasta ahora me dicen que siga esperando que hago, en mi trabajo me piden el resguardo si quiero seguro trabajando al igual que en el banco, como yo REAGRUPE a mi marido de él también vence la misma fecha ah y hice la JURA de nacionalidad ante un NOTARIO desde marzo ¿ Que puedo a ser para seguro trabajando?