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Trabajar sin tener el Nie físico

1 Comentarios
 
Trabajar sin tener el nie físico
12/06/2019 16:40
Hola! Estoy a la espera de recibir mi tarjeta de identidad de larga duración (con permiso de trabajo) después de unos años con un NIE que no me autorizaba a trabajar. Tengo hechos todos los trámites, me lo aceptaron y he pagado las tasas, ahora sólo me queda esperar los de 40 a 45 días que tardan en tener la tarjeta lista. Podría firmar un contrato presentando el resguardo simplemente? Espero que me puedan ayudar, gracias de antemano!
13/06/2019 17:59
Sof7
Hola :

Puede formalizarse su contrato de trabajo mientras está en trámite la expedición de su tarjeta de identidad de extranjero que documenta su autorización de residencia de larga duración. Puede aportarle al empleador, hasta tanto, copia de la resolución por la cual se le concede la autorización de residencia de larga duración, donde debe constar la fecha de inicio de efectos y copia del resguardo de haber estampado la huella para la expedición de la nueva tarjeta de identidad de extranjero. Cuando haya retirado la tarjeta físicamente, le puede entregar una copia al empleador. Si ya se le ha concedido la autorización de residencia de larga duración, que autoriza a trabajar, no hay ninguna infracción administrativa en contratarlo hasta tanto tenga en su poder la tarjeta de identidad de extranjero que documento dicha autorización.

Un cordial saludo.
Trabajar sin tener el Nie físico | PorticoLegal
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Trabajar sin tener el nie físico
12/06/2019 16:40
Hola! Estoy a la espera de recibir mi tarjeta de identidad de larga duración (con permiso de trabajo) después de unos años con un NIE que no me autorizaba a trabajar. Tengo hechos todos los trámites, me lo aceptaron y he pagado las tasas, ahora sólo me queda esperar los de 40 a 45 días que tardan en tener la tarjeta lista. Podría firmar un contrato presentando el resguardo simplemente? Espero que me puedan ayudar, gracias de antemano!
13/06/2019 17:59
Sof7
Hola :

Puede formalizarse su contrato de trabajo mientras está en trámite la expedición de su tarjeta de identidad de extranjero que documenta su autorización de residencia de larga duración. Puede aportarle al empleador, hasta tanto, copia de la resolución por la cual se le concede la autorización de residencia de larga duración, donde debe constar la fecha de inicio de efectos y copia del resguardo de haber estampado la huella para la expedición de la nueva tarjeta de identidad de extranjero. Cuando haya retirado la tarjeta físicamente, le puede entregar una copia al empleador. Si ya se le ha concedido la autorización de residencia de larga duración, que autoriza a trabajar, no hay ninguna infracción administrativa en contratarlo hasta tanto tenga en su poder la tarjeta de identidad de extranjero que documento dicha autorización.

Un cordial saludo.